Resolución número 002915 de 2012, por medio de la cual se ordena la inscripción de un representante legal - 12 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 406589594

Resolución número 002915 de 2012, por medio de la cual se ordena la inscripción de un representante legal

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48612

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional Santander, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas en la Resolución número 003899 del 8 de septiembre de 2010, y

CONSIDERANDO: Que el señor Elkin Armando Montañés Sanguino, identificado con la cédula de ciudadanía número 91540423 expedida en Bucaramanga (Santander), ha solicitado se inscriba como representante legal, de la Asociación de Padres de Familia del Hogar Infantil Piolín del municipio de Bucaramanga, departamento de Santander, entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante la Resolución número 271 de marzo 11 de 1980.

Que el señor Elkin Armando Montañés Sanguino fue elegido como representante legal de la citada Asociación, según consta en Acta de Reunión número 45 del 30 de agosto de 2012 de la Asamblea General.

Que realizado el estudio de los documentos presentados, se encuentra que se ajustan a la Constitución, a las leyes, y cumplen con los requisitos señalados en el artículo 9º de la Resolución número 003899 de 8 de septiembre de 2010.

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE:

Artículo 1º

Ordenar la inscripción en el libro radicador como representante legal de la Asociación de Padres de Familia del Hogar Infantil Piolín del municipio de Bucaramanga, departamento de Santander, al señor Elkin Armando Montañés Sanguino, identificado con la cédula de ciudadanía número 91540423 expedida en Bucaramanga (Santander).

Artículo 2º

La inscripción de representante legal que se otorga por esta resolución, es por un período de un (1) año, según lo reglado en los Estatutos de la referida Asociación.

Artículo 3º

Notificar el contenido de la presente resolución a la representante legal de la Asociación de Padres de Familia del Hogar Infantil Piolín del municipio de Bucaramanga, departamento de Santander, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 4º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la Directora de la Regional Santander del ICBF, el cual deberá interponerse por escrito en el acto de su notificación personal o dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a ella o a la...

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