Ordenanza Nº 003 de Asamblea Departamental De Casanare, 16-01-2023 - Normativa - VLEX 935563438

Ordenanza Nº 003 de Asamblea Departamental De Casanare, 16-01-2023

Número de proyecto003
Año2023
Fecha de publicación06 Enero 2023
Fecha de registro16 Enero 2023
EmisorAsamblea Departamental De Casanare
CALLE 23 No. 20-18 Barrio Provivienda - Teléfono 6328507
f t l y Asamblea Departamental de Casanare
www.asamblea-casanare.gov.co
E-MAIL: contactenos@asamblea-casanare.gov.co
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE CASANARE
Nit. 800.228.493 - 1
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ORDENANZA N°. 003 DE 2023
POR MEDIO DE LA CUAL SE CONCEDE UNA AUTORIZACIÓN AL GOBERNADOR DEL
DEPARTAMENTO DE CASANARE PARA ENAJENAR BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD
DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE DURANTE LA VIGENCIA 2023
Honorables Diputados:
Conforme lo determina el reglamento interno de la Corporación, en su artículo 112, me permito
rendir el correspondiente informe de ponencia para el trámite en primer debate ante la Comisión
Segunda de Presupuesto y Hacienda Pública del Proyecto de Ordenanza N°. 003 de 2023, en
los siguientes términos:
1. AUTORÍA, CONTENIDO Y TRÁMITE DEL PROYECTO.
El Gobernador de Casanare, mediante el Decreto 0004 del 2023, convocó a la Asamblea
Departamental a sesiones extraordinarias con la finalidad de tramitar unas iniciativas de interés
para el Gobierno Seccional.
Dentro de los proyectos allí incluidos, se radicó ante la Secretaría General, el Proyecto de
Ordenanza POR MEDIO DE LA CUAL SE CONCEDE UNA AUTORIZACIÓN AL
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE PARA ENAJENAR BIENES
MUEBLES DE PROPIEDAD DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE DURANTE LA
VIGENCIA 2023” para su correspondiente trámite reglamentario.
En cuanto a su trámite, la Secretaría General de la Corporación, en atención a lo previsto en el
artículo 94° del reglamento interno (Ordenanza N°. 016 de 2022), certificó el día 13 de enero
que este proyecto de ordenanza cumple con los requisitos formales previstos en el reglamento
interno, en especial los señalados en los artículos 91º, 92° y 93°.
La parte dispositiva del proyecto de ordenanza esta presentada en tres (3) artículos y quedó
radicado por Secretaría General con el número 003 de 2023.
Una vez revisado los requisitos formales y constitucionales, la Secretaria General, procedió a
remitir este proyecto de ordenanza al Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda
Pública, para la respectiva asignación de ponente el día 15 de enero de 2022.
En la misma fecha, el Presidente de la Comisión Segunda de Presupuesto y Hacienda Pública
de la Corporación Honorable Diputado CARLOS FREDY MEJÍA RIVERA, me designó como
ponente de este Proyecto de Ordenanza, tal como lo establece el artículo 99 del reglamento
interno.
2. DEL ESTUDIO JURÍDICO Y TECNICO AL PROYECTO DE ORDENANZA N°003 DE 2023.
En virtud a los alcances y soportes allegados de esta iniciativa de autorización al Gobernador
del departamento de Casanare para que, durante la vigencia 2023, efectúe las enajenaciones
de Once (11) Tractores Agrícolas de propiedad del Departamento de Casanare, adquiridos en
el marco de la ejecución del Convenio Interadministrativo No. 20210660, cuyo objeto es:
“AUNAR ESFUERZOS ECONÓMICOS, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS,
PARA MEJORAR LA PRODUCCIÓN EN SISTEMAS GANADEROS DE PEQUEÑOS Y
MEDIANOS PRODUCTORES DEL DEPARTAMENTO DEL CASANARE”
A. COMPETENCIA DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.
El numeral 9º del artículo del artículo 300 de la Constitución Política, determina como atribución
de la Asamblea Departamental:

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