Ordenanza N° 1000 de la Gobernación del Meta, 2018 - Normativa - VLEX 875714413

Ordenanza N° 1000 de la Gobernación del Meta, 2018

Fecha de publicación31 Mayo 2020
Año2018
Número de auto administrativo1000
Tipo de documentoOrdenanza
Gaceta del Meta
LXV
ORDENANZA Nº 1000 DE 2018
VILLAVICENCIO, 07 DE DICIEMBRE DE 2018 NUMERO 1588
“Por la cual se autoriza la enajenación de una propiedad accionaria del Departamento del Meta”
LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL META
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le conere el artículo
300 numeral 9 y en concordancia con los artículos 60 y 299 de la Constitución Política de Colombia;
los artículos 60 y 62 del Decreto Ley 1222 de 1986, el artículo 17 de la Ley 226 de 1995 y demás
normas relacionadas,
O R D E N A
ARTICULO PRIMERO: Autorizar a la señora Gobernadora del Departamento del Meta, para
que, mediante proceso público, enajene el cien por ciento (100%) de la participación accionaria
que posee el Departamento en la sociedad Terminal de Transportes de Villavicencio S.A, con
acatamiento del principio de democratización de la propiedad accionaria estatal contenido en el
Artículo 60 de la Constitución Política de Colombia y con pleno cumplimiento de los principios, reglas
y procedimiento jado por la Ley 226 de 1995 y demás normas reglamentarias o complementarias.
ARTICULO SEGUNDO: La autorización a la que hace referencia la presente Ordenanza se otorga
hasta el 30 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su sanción, publicación
y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias
SANCIONASE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Villavicencio, 27 de noviembre de 2018
JOSÉ MANUEL SANDOVAL GARZON JORGE ELIECER PARRADO GUERRERO
Presidente Secretario General

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR