Acuerdo número 0296 de 2012, por el cual se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - adoptado mediante Acuerdo número 001 de 2004 - 6 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 410220166

Acuerdo número 0296 de 2012, por el cual se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - adoptado mediante Acuerdo número 001 de 2004

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional del Servicio Civil
Número de Boletín48636

La Comisión Nacional del Servicio Civil, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 130 de la Constitución Política y en especial el artículo 13 numeral l) de la Ley 909 de 2004 y las demás normas legales que rigen la materia, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política, corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil la administración y vigilancia de los sistemas de carrera, excepción hecha de las que tengan carácter especial.

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 909 de 2004, corresponde a la CNSC adoptar su reglamento de organización y funcionamiento, tal como en efecto se realizó mediante Acuerdo número 01 de febrero de 2004.

Que el artículo 23 del Acuerdo número 01 de 2004, establece que "La Comisión Nacional del Servicio Civil adoptará sus decisiones en pleno, aunque ninguna determinación exigirá de unanimidadpara su aprobación. No obstante, el reglamento señalará los asuntos que deberán ser llevados a un segundo debate en procura de decisiones unánimes. El comisionado que se aparte de la decisión mayoritaria deberá consignar por escrito dentro de los tres (3) días siguientes a la sesión, los motivos en que fundamentó su determinación. Las decisiones de la Comisión se adoptarán mediante acuerdos, resoluciones, circulares, directivas e instructivos".

Que se hace necesario adoptar medidas tendientes a facilitar la toma de decisiones en el seno de la Comisión, entre las que se encuentran la determinación del quórum necesario para sesionar, deliberar y adoptar decisiones, sobre todo en aquellos eventos en que por circunstancias endógenas o exógenas, no fuere posible que esta sesionara con la totalidad de sus miembros.

Que revisado el Acuerdo, por el cual se adoptó la organización y funcionamiento de la CNSC (Acuerdo número 001 de 2004), no se encontró suficientemente definido lo relativo al Quórum deliberatorio y decisorio, con lo que se restringe la posibilidad de esta Comisión de adoptar decisiones válidas en caso de vacancias...

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