Resolución OTR número 265 de 2003, por medio de la cual se establece un Plan de Manejo Ambiental. - 13 de Abril de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50413933

Resolución OTR número 265 de 2003, por medio de la cual se establece un Plan de Manejo Ambiental.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín46598

El Jefe de la Oficina Territorial Rionegro de la Corporacion Autonoma Regional de Cundinamarca, CAR, en ejercicio de las facultades delegadas por la Direccion General, mediante Resolucion 1357 del 20 de noviembre de 2002, CONSIDERANDO:

Que el señor Ufredo Zapata Alzate, identificado con la cedula de ciudadania numero 2898821 y actuando como representante legal de la Compañia Minera Industrial y Agricola Limitada, Cimera Ltda., presento para su estudio y evaluacion, una documentacion tecnica, el dia 6 de noviembre de 1996 ante la Oficina Central de la CAR Bogota, con el fin de que se le expidiera la correspondiente Licencia Ambiental para el proyecto de explotacion de un yacimiento de mineral de hierro, utilizando mineria a cielo abierto y por el sistema de bancos, localizado en el municipio de Topaipi, Cundinamarca;

Que mediante Auto DRL -2478 del 30 de diciembre de 1996, se declaro formalmente abierto el expediente radicado bajo el No. 14713 e inicio a partir de la fecha el tramite administrativo ambiental de Licencia Ambiental, ordenandose entre otras cosas, la correspondiente publicacion y notificacion del proveido, la remision del expediente al area de Calidad Ambiental para la realizacion de la visita al lugar y evaluacion de la documentacion tecnica allegada -Plan de Manejo Ambiental y se fijaran los terminos de referencia correspondientes;

Que mediante Informe Tecnico DCA-GM-E-No. 128 del 11 de marzo de 1997 se dio cuenta de la visita realizada al predio de interes (area de la Licencia No. 12123 de Minminas) y mediante Informe Tecnico DCA-SAE-366 del 21 de agosto de 1997 se realizo visita a la planta de beneficio y transformacion pertenecientes a la Sociedad Cimera Ltda. dandose recomendaciones que fueron plasmadas en el Auto DRL 0913 de fecha 11 de septiembre de 1997, en donde se ordeno, a la mencionada sociedad, allegar una documentacion tecnica consistente en un Plan de Manejo Ambiental para el proyecto de explotacion de un yacimiento de hierro utilizando mineria a cielo abierto y por el sistema de bancos, localizado en las veredas Fogonales, Sabaneta y Chamabuco, jurisdiccion del municipio de Topaipi de acuerdo con los terminos de referencia que le fueron entregados al representante legal, señor Ufredo Zapata Alzate;

Que realizada la visita de seguimiento y control a la actividad de explotacion minera se genero el Informe Tecnico DSC -436 del 3 de septiembre de 1999, en donde se da cuenta de lo siguiente: * La explotacion de mineral de hierro se realiza manualmente a cielo abierto, generando afectacion al entorno, aunque en el momento de la visita hasta ahora se reiniciaban las labores de explotacion, se observo descapote y tala de algunos arboles para proceder con la labor.

* Requerir al señor Ufredo Zapata para que inicie el tramite de concesion de aguas para uso domestico y piscicola que hace de las fuentes hidricas que corren por sus predios.

* No se ha presentado plan de manejo para la explotacion y segun lo indicado por el señor Zapata se debe a las condiciones de orden publico de la zona que hasta ahora les permiten reiniciar labores.

Que segun lo expuesto anteriormente, se dan las razones juridicas para establecer el Plan de Manejo Ambiental que por este acto administrativo se establece;

Que la Ley 685 de 2001 (Codigo de Minas) establece que al celebrarse el contrato de concesion y constituirse la garantia de cumplimiento, con esta quedaran aseguradas, ademas de las obligaciones mineras, las de caracter ambiental;

Que en merito de lo expuesto, el jefe de Oficina Territorial Rionegro, en uso de sus facultades legales y estatutarias, RESUELVE:

Articulo 1°

Establecer el Plan de Manejo Ambiental a la Compañia Minera Industrial y Agricola Limitada, Cimera Ltda., identificada con el NIT 800092047-1, a traves de su representante legal, señor Ufredo Zapata Alzate, identificado con la cedula de ciudadania numero 2898821 expedida en Bogota, para la explotacion minera de hierro por el sistema a cielo abierto que se realizara en el municipio de Topaipi, Cundinamarca, en las veredas Rio Grande, Centro Oriente y El Ten cuya area de interes cubre una extension total de 297 hectareas 7.885 m2, distribuyendo los yacimientos de la siguiente forma: a) Licencia Minera numero 12124, se localiza en el sector Chamubuco -Casa Roja (Vereda Centro Oriente), con coordenadas geograficas X:

1.083.450 - 1.083.100;

Y:

975.536 - 975.968, cuya influencia son 47 hectareas, 5.000 m2, segun plano de localizacion de afloramiento, de los cuales posee en propiedad 12 hectareas 2.500 X:

1.083.450 - 1.083.100;

Y:

975.536 - 975.968, cuya influencia son 47 hectareas, 5.000 m2, segun certificado de libertad del predio rural Casa Roja, identificado con la Matricula Inmobiliaria numero 170-0022168.

  1. Licencia Minera numero 12123: se localiza en el sector Fogonales (vereda El Ten) con...

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