Resolución número 03171 de 2009, por la cual se ajusta a la regulación tarifaria pactada en el Contrato de Concesión 0186-96 los servicios básicos por derechos de aeródromo y tasa aeroportuaria para el segundo semestre de 2009 en el Aeropuerto Rafael Núñez de la ciudad de Cartagena de Indias. - 24 de Junio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59528070

Resolución número 03171 de 2009, por la cual se ajusta a la regulación tarifaria pactada en el Contrato de Concesión 0186-96 los servicios básicos por derechos de aeródromo y tasa aeroportuaria para el segundo semestre de 2009 en el Aeropuerto Rafael Núñez de la ciudad de Cartagena de Indias.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47390

El Director General, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 8 del articulo del Decreto 0260 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:

  1. Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronautica civil, celebro el Contrato de Concesion 0186-96 y su Modificatorio 002/99, para la administracion y explotacion economica del Aeropuerto Rafael Nuñez de la ciudad de Cartagena, con la Sociedad Aeroportuaria de la Costa S.A. "SACSA S.A.".

  2. Que de conformidad con la clausula vigesima tercera del contrato, INGRESOS DEL CONCESIONARIO, se encuentra que: "...El CONCESIONARIO percibira como ingresos por la Administracion y explotacion economica del Aeropuerto los siguientes: a) Las tarifas por servicios basicos1, complementarios2 y directos ocasionales3, y b) los arrendamientos canones y demas emolumentos que se generen en los contratos de arrendamiento, concesion, y en general en todos aquellos permitidos por el Codigo de Comercio para la explotacion de las areas y terrenos del aeropuerto. Para el efecto, la Aerocivil cedera al CONCESIONARIO los ingresos correspondientes por servicios basicos..." ... "...A la Aerocivil le correspondera la regulacion de las tarifas de servicios basicos cedidos, como son los derechos de aerodromo y Tasa Aeroportuaria...".

  3. Que la clausula primera del Contrato Modificatorio numero 002-99, modifico el inciso 5° de la clausula vigesima del Contrato 0186-96, y la regulacion del contrato quedo asi: "...Los niveles tarifarios para operaciones tanto nacionales como internacionales para los servicios basicos (derechos de aerodromo y tasa aeroportuaria) seran reajustados semestralmente en los meses de enero y julio, durante todo el periodo de la concesion con base en el Indice de Precios al Consumidor (IPC) de los seis (6) meses anteriores. 1 SERVICIOS BASICOS. Los servicios de utilizacion de pista y rampa para las aeronaves, por los cuales se cobran los cargos a las aeronaves por derechos de aerodromo, y de utilizacion de las instalaciones aeroportuarias para los pasajeros, por el cual se cobra la Tasa Aeroportuaria...

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