ACUERDO NUMERO 393 DE 2008 , (junio 16) , por el cual se modifica parcialmente el numeral 3 del literal a) del artículo 1 o del Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud . - 16 de Junio de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000233

ACUERDO NUMERO 393 DE 2008 , (junio 16) , por el cual se modifica parcialmente el numeral 3 del literal a) del artículo 1 o del Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud .

EmisorVarios - Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
Número de Boletín47071

El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en ejercicio de las facultades lega les conferidas en los artículos 172 numeral 6, 212 y 221 de la Ley 100 de 1993, el inciso 2° del artículo y el artículo 14 de la Ley 1122 de 2007, el artículo 50 de la Ley 715 de 2001, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud se fijaron los criterios de distribución de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga , para ampliación de cobertura del Régimen Subsidiado en la vigencia 2008;

Que en el literal a) del artículo 1° del Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud se fijaron los criterios de distribución de los recursos de la Sub-cuenta de Solidaridad del Fosyga para ampliación de cobertura del Régimen Subsidiado en la vigencia 2008, que no requieren cofinanciación;

Que para la aplicación del criterio señalado en el numeral 3 del literal a) del artículo 1° del Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud se dispu so en el mismo la asignación de recursos necesarios de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga que permitan afiliar hasta 300.000 personas en condición de desplazamiento por la violencia, que se suman a las 770.719 personas desplazadas que se encuentran afiliadas al régimen subsidiado;

Que los departamentos, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 3 del literal a) del artículo 1° del citado Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, a la fecha han certificado la necesidad de asignar recursos para afiliar 759.896 personas en condición de desplazamiento que no se encuentran afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en los municipios de su jurisdicción.

Respecto de 587.935 de estas personas, los municipios están cumpliendo los requisitos exigidos en el Acuerdo número 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en cuanto a la certifica ción del departamento y la justificación de los municipios en los casos en que no hubieran contratado los cupos asignados en el año 2007 para la afiliación de esta población;

Que considerando las necesidades de cupos para la afiliación de la población desplazada por la violencia presentada por los departamentos es pertinente ampliar el número de cupos que se pueden financiar con recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga establecidos en el numeral 3 del literal...

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