UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Unidad Administrativa Especiales del Sistema de Parques Nacionales Naturales Resolución número 0206 de 2010, por medio de la cual se ordena el cierre temporal del Área Natural Única Los Estoraques y se adoptan otras medidas. - 27 de Noviembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 230848739

UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Unidad Administrativa Especiales del Sistema de Parques Nacionales Naturales Resolución número 0206 de 2010, por medio de la cual se ordena el cierre temporal del Área Natural Única Los Estoraques y se adoptan otras medidas.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47906

del Sistema de Parques Nacionales Naturales RESOLUCION NUMERO 0206 DE 2010 El Subdirector Tecnico Encargado de las funciones de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en el articulo 19, numerales 11, 12 y 16, del Decreto 216 de 2003 y, CONSIDERANDO:

Que a traves de la Ley 99 de 1993 se creo el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial de conformidad con la Ley 790 de 2002, como el Organismo Rector de las politicas en materia ambiental, recursos naturales renovables, uso del suelo, ordenamiento territorial, agua potable y saneamiento basico y ambiental, desarrollo territorial y urbano y en materia habitacional integral, Que de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 19 del Decreto-ley 216 del 2003, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, es la dependencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial que tiene a su cargo el manejo y administracion de las areas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, a traves del cumplimiento de las funciones alli establecidas o que por su naturaleza le corresponden o le sean asignadas o delegadas. Dentro de dichas funciones, la Directora General de la Unidad ejerce funciones policivas. Que en relacion con las funciones policivas de que trata el articulo 19, numeral 12, del Decrete-ley 216 de 2003, se entiende que estan orientadas a restringir las actividades de los administrados al interior de las areas del Sistema, en orden a garantizar su seguridad y facilitar la adopcion de programas y estrategias encaminadas a reducir la vulnerabilidad por la ocurrencia de fenomenos de origen natural. Que el articulo 13 del Decreto 622 de 1977, acerca de las funciones de manejo y administracion del Sistema de Parques Nacionales Naturales, señala en el numeral 15 la funcion de fijar los cupos maximos de visitantes, numero maximo de personas que puedan admitirse para los distintos sitios a un mismo tiempo, periodos en los cuales se...

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