Las patentes y el derecho de la competencia: estudio de la negativa a licenciar como conducta anticompetitiva y sus efectos en el acceso
Autor | Luisa Fernanda Herrera Sierra |
Páginas | 899-934 |
captulo 23
Las patentes y el derecho de la competencia:
estudio de la negativa a licenciar como conducta
anticompetitiva y sus efectos en el acceso
luisa f ernanda herrera sierra
91
Sumario. Introducción. i. El derecho de la competencia como flexibilidad en el
contexto del Acuerdo sobre los adpic. A. Artículo 6.º del Acuerdo sobre los adpic.
B. Artículo .º del Acuerdo sobre los adpic. C. Artículo 8.º del Acuerdo sobre los
adpic. D. Artículo 4 del Acuerdo sobre los adpic. E. Regulación de las licencias
obligatorias concedidas a raíz de conductas anticompetitivas en el Acuerdo sobre los
adpic y en la Comunidad Andina de Naciones. ii. La relación entre el derecho de
la competencia y la propiedad intelectual en Estados Unidos y en Europa. Estudio
de la negativa a licenciar en el derecho de patentes como conducta anticompetitiva.
iii. Situación en Colombia. Conclusiones. Referencias.
introduccin
La exclusividad otorgada mediante los derechos de propiedad intelectual (en
adelante, pi) incentiva la innovación y promueve el desarrollo tecnológico y
científico. Dicha premisa fue compartida por el único presidente de Estados
Unidos en haber obtenido una patente –Abraham Lincoln–, quien sostenía que
el sistema de patentes generaba el combustible necesario para nutrir la fuerza
y el fuego de los genios, los descubrimientos y la creación de nuevas cosas1.
Ahora bien, la delimitación de dicha exclusividad se hace indispensable
cuando el ejercicio del derecho o la concesión del mismo impone barreras in-
justificadas a los demás competidores, afectando a su vez el acceso a invenciones
esenciales para la humanidad. En efecto, el ejercicio abusivo de los derechos
impide el acceso a tecnologías que en muchas ocasiones resultan necesarias
para la fabricación de otras innovaciones, generando de manera injustificada
monopolios exclusivos con extensiones exageradas respecto de la explotación
de determinadas tecnologías y, junto con el inevitable efecto inflacionario en
los precios generado por la concesión de derechos de exclusividad, dificulta el
acceso al cual tiene derecho la sociedad.
La doctrina ha manifestado que las excepciones y limitaciones consagradas
en el sistema de patentes no resultan suficientes, siendo –en muchas ocasiones–
legítima una determinada conducta a la luz del derecho de propiedad intelec-
1 gene Quinn. “Celebrating Presidents Who Advocated for the U.S. Patent System”, disponible
en: http://www.ipwatchdog.com/213/2/18/celebrating-presidents-who-advocated-for-the-
u-s-patent-system/id=34896/: “the patent system (…) secured to the inventor, for a limited time,
the exclusive use of this invention; and thereby added the fuel of interest to the fire of genius, in the
discovery and production of new and useful things”.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba