Paz y refrendación jurídica - 6 de Septiembre de 2015 - El Tiempo - Noticias - VLEX 581972386

Paz y refrendación jurídica

¿La carreta delante de los bueyes?

Jaime Castro

El acuerdo que se firme en La Habana debe ponerle término al conflicto y asegurar la reinserción de las Farc. Comienza luego la construcción de la paz: ejecución de las reformas y proyectos pactados, para lo cual es necesario que los temas convenidos sean refrendados jurídicamente: convertidos en normas de obligatorio cumplimiento. Las que con tal fin se dicten serán de carácter constitucional, legal o meramente administrativo. El reajuste de los avalúos catastrales de los predios rurales, que ya fue acordado, solo requiere gestión del Agustín Codazzi y del Ministerio de Hacienda, si el instituto pide más recursos que los que hoy tiene. Otra parte de la negociación deberá cumplirse mediante la expedición de una o varias leyes: las formas de justicia transicional y la repatriación de capitales y el régimen tributario que la favorezca, si así se acordare. También habrá capítulo importante que exigirá reforma constitucional: definiciones marco sobre investigación y sanción penal, creación de circunscripciones electorales para determinados territorios o grupos de ciudadanos y elegibilidad de quienes hayan cometido delitos propios del conflicto. ¿Quién debe expedir esa ley o leyes y reformar la Constitución? Las primeras las expide el Congreso, un congresito o una comisión legislativa. También, el Presidente de la República si se le otorgan facultades extraordinarias. Y la Constitución la reforma el Congreso, una asamblea constituyente o la ciudadanía en votación popular (referendo). Pedir que esto último lo haga un congresito, una asamblea legislativa o el Jefe de Estado es herejía propia de banana republic. Quién debe dictar las normas citadas es decisión que solo puede tomarse válidamente cuando se conozca el texto definitivo del acuerdo. En ese momento se podrán determinar con propiedad la instancia y el procedimiento que más convengan al país y al...

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