Política criminal y fórmulas legales en materia de aborto - Núm. 26, Julio 2021 - Cuadernos de Derecho Penal - Libros y Revistas - VLEX 940623109

Política criminal y fórmulas legales en materia de aborto

AutorFernando Velásquez Velásquez
CargoProfesor de la Universidad Sergio Arboleda. Bogotá, Colombia
Páginas15-39
Política criminal y fórmulas legales
en materia de aborto*
Fernando Velásquez Velásquez**
“Desde el momento en que cualqu ier parte de la conducta de un a persona
afecta a los intereses de otros, la sociedad tiene jurisdicción sobre ella y
puede discuti rse si su intervención es o no favorable al bienestar general.
Sin embargo, no hay lugar a considerar tal cuestión cuando la conducta
de una persona no afecta a los intereses de ninguna otra persona, o no
tiene por qué afectarlos a menos que ellas lo deseen (siendo todas las
personas afectadas mayores de edad y con un grado de comprensión
normal). En ta les casos, debe haber una perfecta liber tad, legal y social,
para realizar la acción y soportar las consecuencias” (Stuart M ill, 1864,
p. 135).
Resumen: Esta ponencia, tras mostrar los principios político- criminales propios
de un derecho penal de garantías en el marco de un Estado social y democr ático
de Derecho, se ocupa del fenómeno del aborto y –al sentar las bases en esta
precisa materia en cuya virtud se define cuál debe ser en sentir del autor la
política criminal correcta al respecto – señala cuáles son las fórmulas legales
que se utilizan al respecto en el derecho comparado. Al final, se toma partido
en la discusión y se propone la regulación que se estima más adecuada en el
marco de un diseño que abarque no solo tópicos penales sino sanitar ios.
Palabras claves: Estado social y democrático de Derecho, aborto, derecho
penal, política criminal, fórmula s legales.
* Texto de la ponencia presentad a en el conversatorio “Aborto y Estado La ico”, organizado
por el Departa mento de Derecho Penal de la Escuela Mayor de Dere cho el 29 de abril de
2021; este trabajo forma parte de las actividades del Grupo de Investigación en Ciencias
Penales y Criminológicas “Emiro Sandoval Huert as”, dentro del cluster “Criminalidad,
Justicia y Paz”.
** Profesor de la Univer sidad Sergio Arboleda. Bogotá, Colombia. E -Mail: fernando.velas-
quez@u sa.edu.co.
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Fernando Velásquez Velásquez
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x (en línea) julio-diciembre de 2021
Abstract: This paper, after showing the political-criminal principles of the
criminal law of guarantees in the framework of a Social and democratic rule of
law, deals with the phenomenon of abortion and – after laying the foundations in
this precise matter, by which, in the author’ s opinion, the right criminal policy
in this matter should be defined– points out which legal formulas are used in
this respect in comparative law. In the end, he takes side s in the discussion and
proposes the regulation he considers m ost appropriate within the framework of
a design that covers not only criminal but also health topics.
Keywords: Social and democratic rule of law, abortion, criminal law, criminal
policy, legal formulas.
Introducción
El debate sobre el aborto es un tema recurrente en los foros académicos,
legales, religiosos, éticos, judiciales, políticos, profesionales, familiares, etc.;
se trata de una problemática que suscita muchas reexiones y en torno a la
cual se asumen posturas encontradas y extremas, sobre todo en las sociedades
contemporáneas siempre abiertas y más reexivas, aunque a ratos intolerantes,
anárquicas e irrespetuosas, cuando se adoptan posturas divergentes. En ese
contexto general se debe señalar como el asunto se ha tomado –de manera
especial– las agendas de los movimientos y partidos políticos que, al impulso
de corrientes liberalizadoras o de género, abogan por posturas radicales; de
ahí que las a gendas de los parlamentos, congresos y t ribunales constituciona les
de algunas naciones a lo largo de las últimas décadas se hayan tenido que
ocupar de estas materias.
Eso sucede en especial en países de nuestro entorno cultural; el ejemplo
argentino es bien diciente porque, tras grandes movilizaciones de personas, el
órgano legislativo optó por las vías legalizadoras (Ley 27610/2020, en vigor
desde el 24 de enero de 2021). Colombia tampoco ha sido ajena al asunto y
la discusión ha sido enfrentada por la Corte Constitucional que se ha tenido
que pronunciar sobre múltiples demand as que, desde diversos puntos de vista,
pretenden bien la prohibición absoluta o bien la liberalización total; un buen
ejemplo de ello, es la Sent. C-055 de 21 de febrero de 2022. Como es obvio,

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