Ponencia para Cuarto Debate 162 de 2016 Senado, 117 de 2015 Cámara - 30 de Marzo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 676164401

Ponencia para Cuarto Debate 162 de 2016 Senado, 117 de 2015 Cámara

INFORME DE PONENCIA PARA CUARTO DEBATE EN PLENARIA DE SENADO DE LA REPÚBLICA DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 117 DE 2015 CÁMARA, 162 DE 2016 SENADO por medio de la cual se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano. Bogotá, D. C., 22 de marzo de 2017

Honorable Senador

MAURICIO LIZCANO ARANGO

Presidente

Senado de la República de Colombia

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para cuarto debate en Plenaria de Senado de la República del Proyecto de ley número 117 de 2015 Cámara, 162 de 2016 Senado, por medio de la cual se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento de la designación que nos hizo la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional Permanente de Senado, presentamos a su consideración informe de ponencia para cuarto debate al Proyecto de ley número 117 de 2015 Cámara, 162 de 2016 Senado, por medio de la cual se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano. Autor Ministro de Agricultura, doctor Aurelio Iragorri Valencia.

Como resultado del estudio efectuado, proponemos se dé cuarto debate a la precitada iniciativa, anexando para el efecto original y tres (3) copias de la ponencia respectiva, así como también en medio magnético.

CONSULTAR NOMBRES Y FIRMAS EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

PONENCIA PARA CUARTO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 117 de 2015 CÁMARA, 162 de 2016 SENADO

En cumplimiento del encargo impartido por usted, nos permitimos poner a su consideración para discusión en la Plenaria del Honorable Senado de la República el informe de ponencia para cuarto debate al Proyecto de ley número 17 de 2015 Cámara, 162 de 2016 Senado, por medio de la cual se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano, en los siguientes términos:

1. Descripción general del proyecto de ley

Este proyecto de ley cuenta con dos (2) títulos y catorce (14) artículos. A continuación se menciona cada uno de los títulos y los artículos.

TÍTULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I De la Pesca Ilegal

Artículo 1°. Objeto .

Artículo 2°. Ámbito de aplicación.

Artículo 3°. Pesca ilegal e ilícita actividad de pesca.

Artículo 4°. Titularidad de la potestad sancionatoria administrativa en materia de pesca.

TÍTULO II PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

CAPÍTULO I Disposiciones Administrativas y Penales

Artículo 5°. Disposición de productos pesqueros, equipos, artes y aparejos de pesca.

Artículo 6º. Sanción administrativa.

Artículo 7º. Modifíquese el artículo 55 de la Ley 13 de 1990 ¿Estatuto General de Pesca¿.

Artículo 8°. Procedimiento administrativo sancionatorio.

Artículo 9°. Notificaciones a ciudadanos extranjeros.

Artículo 10. Gastos Procesales.

Artículo 11. Tiempo para la presentación ante autoridad competente.

Artículo 12. Disposición de las naves.

Artículo 13. Disponibilidades presupuestales.

Artículo 14. Vigencia.

1.1. Antecedentes del proyecto de ley

Este proyecto de ley es u na iniciativa de autoría del Ministro de Agricultura, doctor Aurelio Iragorri Valencia, proyecto que fue radicado en la Secretaría General de la Honorable Cámara de Representantes el 17 de septiembre de 2015, repartido por la Mesa Directiva a la Comisión Quinta Constitucional Permanente de Cámara de Representantes. Publicado en la Gaceta del Congreso número 722 del 18 de septiembre de 2015.

Primer Debate. Comisión Quinta Constitucional Permanente de Cámara. Fueron nombrados como ponentes para primer debate los honorables Representantes Ciro Fernández Núñez, Julio Eugenio Gallardo Archbold, Inti Raúl Asprilla Reyes, Franklin del Cristo Lozano de la Ossa, Fernando Sierra Ramos, Flora Perdomo Andrade, Eduardo José Tous. La publicación de ponencia para primer debate se realizó en la Gaceta del Congreso número 173 del 22 de abril de 2016. El proyecto fue aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Quinta de Cámara de Representantes, el día cuatro (4) de mayo de 2016, en el que no fueron presentadas proposiciones, se realizó votación nominal, aprobado por unanimidad con 15 votos a favor.

Segundo Debate. Plenaria Cámara de Representantes. Posteriormente, la Mesa Directiva de Plenaria de Cámara designó como ponentes para segundo debate a los honorables Representantes, Franklin del Cristo Lozano de la Ossa, Flora Perdomo Andrade, Fernando Sierra Ramos, Eduardo José Tous de la Ossa, Inti Raúl Asprilla Reyes, Ciro Fernández Núñez, Julio Eugenio Gallardo Archbold. La publicación de ponencia para segundo debate se realizó en la Gaceta del Congreso número 346 del 1° de junio de 2016. El proyecto fue aprobado por unanimidad en segundo debate en sesión ordinaria de la Plenaria de Cámara de Representantes, el día doce (12) de septiembre de 2016.

Al proyecto se le aprobó proposición firmada por los honorables Representantes Víctor Javier Correa, Guillermina Bravo, Alirio Uribe Muñoz, Carlos Guevara, que adicionó al artículo 10 el siguiente parágrafo:

¿Parágrafo. Los efectos del presente artículo no se aplicarán a la pesca de subsistencia y a la pesca comercial artesanal¿.

Una vez aprobado en la Plenaria de Cámara de Representantes, se remitió el proyecto al Senado de la República, allí fue repartido a la Comisión Quinta Constitucional Permanente.

Tercer Debate Comisión Quinta Constitucional Permanente del Senado de la República. Fue designada como ponente la honorable Senadora Daira de Jesús Galvis Méndez. La publicación de ponencia para tercer debate se realizó en la Gaceta del Congreso número 1037 del 22 de noviembre de 2016. El proyecto fue aprobado en tercer debate en la Comisión Quinta Constitucional Permanente del Senado de la República, el día quince (15) de diciembre de 2016.

En este debate se le aprobaron al proyecto dos proposiciones presentadas por el honorable Senador de la República Ernesto Macías Tovar:

La primera proposición que modificó el título del proyecto de ley adicionando el término ¿marítimo¿:

¿Por medio de la cual se establecen medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano¿.

La segunda proposición aprobada modificó el artículo 1°, adicionando el término ¿marítimo¿:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto contribuir a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano.

Una vez el proyecto fue aprobado en tercer debate en la Comisión Quinta Constitucional Permanente de Senado de la República, la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional Permanente de Senado designó como ponentes para cuarto debate a los honorables Senadores Daira de Jesús Galvis Méndez, Guillermo García Realpe, Teresita García Romero, Manuel Guillermo Mora Jaramillo, Luis Emilio Sierra Grajales, Ernesto Macías Tovar y Jorge Enrique Robledo Castillo.

1.2. Objeto del proyecto de ley

El proyecto de ley tiene por objetivo prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio colombiano.

2. Exposición de Motivos

La Constitución Política de Colombia, en desarrollo de los derechos de tercera generación, estableció una serie de derechos, entre los cuales se encuentran el ambiente sano y la protección de los recursos naturales como herramienta para proteger los bienes y riquezas ecológicas indispensables para obtener un desarrollo sostenible; por esta razón, corresponde al Estado en relación con el ambiente planificar su administración, prevenir y controlar los factores de deterioro, especialmente, conservar las áreas de especial importancia ecológica.

A continuación se relacionan las normas vigentes que regulan, definen o tipifican las prácticas relacionadas con pesca ilegal:

La Ley 13 de 1990 por la cual se dicta el Estatuto General de Pesca, en su artículo 54, numeral 5, prohíbe: ¿5. Pescar con métodos ilícitos, tales como el empleo de materiales tóxicos, explosivos y otros cuya naturaleza entrañe peligro para la vida humana o los recursos pesqueros, así como llevar a bordo tales materiales¿.

El Decreto 2256 de 1991 por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1990, en su artículo 160 señala:

¿Artículo 160. Para los efectos del numeral 5 del artículo 54 de la Ley 13 de 1990, se consideran métodos ilícitos de pesca, además de los allí previsto, los siguientes:

1. Con aparejos, redes, aparatos de arrastre, instrumentos no autorizados o de especificaciones que no correspondan a las permitidas, o que estando permitidas, se usen en lugares distintos de aquellos en donde estén autorizados.

2. Con armas de fuego.

3. Agitando las aguas y revolviendo los lechos.

4. Con equipos de buceo autónomo, en los casos que determine el INPA¿.

El Código Penal tipifica la conducta de la Ilícita actividad de pesca así,

¿Artículo 335. Ilícita actividad de pesca. El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente, realice actividad de pesca, comercialización, transporte, o almacenaje de ejemplares o productos de especies vedadas o en zonas o áreas de reserva, o en épocas vedadas, en zona prohibida, o con explosivos, sustancia venenosa, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En la misma pena incurrirá el que:

1. Utilice instrumentos no autorizados o de especificaciones técnicas que no correspondan a las permitidas por la autoridad competente.

2. Deseque, varíe o baje el nivel de los ríos, lagunas, ciénagas o cualquiera otra fuente con propósitos pesqueros o fines...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR