Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 169 de 2014 Senado, 211 de 2012 Cámara - 6 de Mayo de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 509901618

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 169 de 2014 Senado, 211 de 2012 Cámara

por medio de la cual se modifica el Código de Comercio en relación con la responsabilidad del agente marítimo. por medio de la cual se modifica el Código de Comercio en relación con la responsabilidad del agente marítimo.

Honorable Senador

JUAN MANUEL GALÁN PACHÓN

Presidente de la Comisión Primera

Senado de la República

Ciudad.

Referencia: Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 211 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica el Código de Comercio en relación con la responsabilidad del agente marítimo.

En cumplimiento de la Ley 5a de 1992, y en especial del honroso encargo hecho por la mesa directiva de la Comisión Primera de la honorable Cámara de Representantes, atentamente me permito rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 169 de 2014 Senado, 211 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica el Código de Comercio en relación con la responsabilidad del agente marítimo, en los siguientes términos:

I. ANTECEDENTES

El día 20 de noviembre del año en curso se radicó en la honorable Cámara de Representantes el Proyecto de ley número 211 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica el Código de Comercio en relación con la responsabilidad del agente marítimo, por parte de los honorables Representantes a la Cámara Gustavo Hernán Puentes Díaz, Alfredo Rafael Deluque Zuleta y Victoria Vargas Vives, proyecto que fue publicado debidamente en la Gaceta del Congreso número 830 del 22 del mismo mes y año; fue aprobado en la Cámara de Representantes, el 24 de abril de 2013 en la Comisión Primera, y el 16 de diciembre en la Plenaria de la misma corporación.

El proyecto tiene por objeto adecuar la normativa nacional a la coyuntura actual de las relaciones comerciales entre el agente naviero, el armador y el capitán de la nave, en lo que respecta a la solidaridad, de cara al proceso de internacionalización de la economía colombiana en el marco de sus Tratados de Libre Comercio.

II. CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150 de la Constitución Política, ¿le corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: [...] 2. Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones [...]¿.

Igualmente, el artículo 226 señala, como principios reguladores de las relaciones internacionales, que ¿El Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.¿.

Con base en este mandato constitucional, desde hace varios años, el Gobierno colombiano ha iniciado un proceso de internacionalización de la economía, la cual ha dado lugar a la suscripción de varios acuerdos de profundización arancelaria, a nivel comunitario...

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