Ponencia negativa para segundo debate y texto aprobado al Proyecto de Ley número 304 de 2022 Cámara, por medio de la cual se adiciona un artículo nuevo transitorio al capitulo II (formas de extinguir la obligación tributaria) del titulo VII (extinción de la obligación tributaria) del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones - Obras por Impuestos - 3 de Agosto de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 942504676

Ponencia negativa para segundo debate y texto aprobado al Proyecto de Ley número 304 de 2022 Cámara, por medio de la cual se adiciona un artículo nuevo transitorio al capitulo II (formas de extinguir la obligación tributaria) del titulo VII (extinción de la obligación tributaria) del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones - Obras por Impuestos

Fecha de publicación03 Agosto 2023
Número de Gaceta992
Página 18 Jueves, 3 de agosto de 2023 G 992
Artículo 16. Créense las Unidades de Atención
Familiar (UAF) para el acompañamiento de la labor que
realizan las Defensorías de Familia, en lo establecido en
el Artículo 52 de la Ley 1098 de 2006.
Artículo 17. Unidades de Atención Familiar
(UAF). Son organizaciones de la sociedad civil que
cuentan, como mínimo, con los profesionales del
equipo multidisciplinario que integran a las Defensorías
de Familia.
El Gobierno nacional, a través de la entidad
competente, reglamentará en un plazo de 6 meses a partir
de la promulgación de la presente ley el funcionamiento
de las UAF considerando como mínimo:
1. Requisitos habilitantes de la organización y
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2. Mecanismo para el acceso a las UAF por parte
de la población.
3. Mecanismos de seguimiento y permanencia
como organización habilitada.
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articulación con las Defensorías de Familia.
Parágrafo 1. De acuerdo con su disponibilidad
presupuestal el ICBF podrá contratar los servicios
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Defensorías de Familia, previa solicitud del defensor.
Parágrafo 2. Las organizaciones habilitadas para
conformar UAF podrán prestar sus servicios de manera
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competente y tendrán prelación aquellas registradas
ante el Sistema Nacional de Voluntariado.
Parágrafo 3. Podrán postularse para conformar
UAF Instituciones de Educación Superior, Entidades
Sin Ánimo de Lucro y aquellas con Personerías
Jurídicas Especiales reconocidas por el Ministerio del
Interior.
Artículo 18. Para el desarrollo del artículo anterior,
añádase un parágrafo 4 al artículo 52 de la Ley 1098, el
cual quedará así:
Parágrafo 4. Los equipos multidisciplinares de las
Unidades de Atención Familiar (UAF) podrán apoyar
la labor de las Defensorías de Familia en la valoración
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administrativa, para lo cual deberán cumplir con
los requisitos de los equipos multidisciplinarios que
integran a las Defensorías de Familia.
Artículo 19. Vigencia y derogatoria. La presente
ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga
todas las disposiciones que le sean contrarias.
En los anteriores términos fue aprobado con
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consta en Acta número 60 de Sesión de junio 13 de
2023. Anunciado entre otras fechas, el 7 de junio de
2023 según consta en Acta número 59.
PONENCIA NEGATIVA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚ MERO 304 DE 2022 CÁMARA:
por medio de la cual se adiciona un artículo
nuevo transitorio al CAPITULO II (FORMAS DE
EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA) del
TITULO VII (EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
TRIBUTARIA) del Estatuto Tributario y se dictan otras
disposiciones – Obras por Impuestos.
Bogotá, julio de 2023
Honorable Representante
Carlos Alberto Cuenca Chaux
Presidente Comisión Tercera Constitucional de la
Cámara de Representantes
Honorable Representante
Etna Támara Argote Calderón
Vicepresidente Comisión Tercera Constitucional de
la Cámara de Representantes
Doctora
Elizabeth Martínez Barrera
Secretaria Comisión Tercera Constitucional de la
Cámara de Representantes
Asunto: Ponencia negativa para segundo debate
al Proyecto de ley número 304 de 2022 Cámara,
“por medio de la cual se adiciona un artículo nuevo
transitorio al CAPÍTULO II (FORMAS DE EXTINGUIR
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA) del TÍTULO VII
(EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA)
del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones –
Obras por Impuestos”.
Respetuoso saludo,
En cumplimiento de los deberes legales que implica
la designación que nos hiciera la Mesa Directiva de
la Comisión, de conformidad con los artículos 150,
153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir
informe de ponencia negativo para segundo debate
al Proyecto de ley número 304 de 2022 Cámara,
por medio de la cual se adiciona un artículo nuevo
transitorio al CAPÍTULO II (FORMAS DE EXTINGUIR
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA) del TITULO VII
(EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA)
del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones –
Obras por Impuestos”.
De los honorables Congresistas,

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