Ponencia positiva para primer debate y para primer debate texto propuesto en la Comisión Primera Constitucional Permanente en la Cámara de Representantes del Proyecto de ley número 097 de 2022 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 4ª de 1992 con el objeto de establecer los criterios a los cuales se debe sujetar el Gobierno nacional para fijar los gastos de representación y las primas de los miembros del Congreso; Acumulado con el Proyecto de ley número Orgánica número 149 de 2022 Cámara, por medio del cual se fija un tope para la remuneración de los miembros de las tres Ramas del Poder Público, de los altos cargos del Estado para una justicia social y se dictan otras disposiciones - 26 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932672714

Ponencia positiva para primer debate y para primer debate texto propuesto en la Comisión Primera Constitucional Permanente en la Cámara de Representantes del Proyecto de ley número 097 de 2022 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 4ª de 1992 con el objeto de establecer los criterios a los cuales se debe sujetar el Gobierno nacional para fijar los gastos de representación y las primas de los miembros del Congreso; Acumulado con el Proyecto de ley número Orgánica número 149 de 2022 Cámara, por medio del cual se fija un tope para la remuneración de los miembros de las tres Ramas del Poder Público, de los altos cargos del Estado para una justicia social y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación26 Mayo 2023
Número de Gaceta545
G 545 Viernes, 26 de mayo de 2023 Página 11
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componentes del producto, las posibles complicaciones,
efectos adversos y posibles riesgos.
Artículo 9º. Protocolos en salud. El Ministerio
de Salud y Protección Social formulará, aprobará,
revisará y actualizará periódicamente, conforme a la
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de atención en salud física y mental para el tratamiento
de los pacientes con alogenosis iatrogénica, Síndrome
de ASIA y otras enfermedades causadas por sustancias
modelantes no permitidas, convocando a las sociedades
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la elaboración de dicho protocolo.
Artículo 10. La Superintendencia Nacional de
Salud, en compañía de los entes territoriales, el Invima
y la Superintendencia de Industria y Comercio, velarán
por recibir las denuncias y realizarán las labores de
inspección, vigilancia y control de todo lo concerniente a
esta materia, y a lo referente a la publicidad engañosa en
contravía de la salud de los colombianos.
Artículo 11. Vigencia y derogatorias. La presente
ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
* * *
PONENCIAS
PONENCIA POSITIVA PARA PRIMER DEBATE
EN LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 097 DE 2022
CÁMARA
por medio de la cual se modica la Ley 4ª de 1992
con el objeto de establecer los criterios a los cuales se
debe sujetar el Gobierno nacional para jar los gastos
de representación y las primas de los miembros del
Congreso
ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY
ORGÁNICA NÚMERO 149 DE 2022 CÁMARA
por medio del cual se ja un tope para la remuneración
de los miembros de las tres Ramas del Poder Público, de
los altos cargos del Estado para una justicia social y se
dictan otras disposiciones.
Bogotá, 24 de mayo de 2023
Presidente
JUAN CARLOS WILLS OSPINA
Comisión Primera Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Referencia: Ponencia para Primer Debate en
la Cámara de Representantes del Proyecto de ley
número 097 de 2022 Cámara, por medio de la cual se
modica la Ley 4 a de 1992 con el objeto de establecer
los criterios a los cuales se debe sujetar el Gobierno
nacional para jar los gastos de representación y las
primas de los miembros del Congreso acumulado con el
Proyecto de Ley Orgánica número 149 de 2022 Cámara,
por medio del cual se ja un tope para la remuneración
de los miembros de las tres Ramas del Poder Público, de
los altos cargos del Estado para una justicia social y se
dictan otras disposiciones.
Respetado señor Presidente:
Atendiendo a la designación realizada por la Mesa
Directiva de la Comisión Primera Constitucional
Permanente de la Cámara de Representantes mediante
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lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 5ª de 1992
procedemos a someter a consideración el Informe de
Ponencia Positiva para Primer Debate en la Comisión
Primera Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes del Proyecto de ley número 097 de 2022
Cámara, por medio de la cual se modica la Ley 4ª de
1992 con el objeto de establecer los criterios a los cuales
se debe sujetar el Gobierno nacional para jar los gastos
de representación y las primas de los miembros del
Congreso, acumulado con el Proyecto de ley número
149 de 2022 Cámara, por medio del cual se ja un tope
para la remuneración de los miembros de las tres Ramas
del Poder Público, de los altos cargos del Estado para
una justicia social y se dictan otras disposiciones.
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el Proyecto de ley número 097 de 2022 Cámara tiene
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de representación y las primas de los miembros del
Congreso de la República; por su parte, el Proyecto de
ley número 149 de 2022 Cámara, establece medidas
para el reajuste del tope de la remuneración que perciben
los miembros de las ramas del poder público y los altos
cargos del Estado.
Agradecemos la atención prestada a la presente.
Cordialmente,
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE EN LA COMISIÓN PRIMERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE DE LA
CÁMARA DE REPRESENTANTES PROYECTO
DE LEY NÚMERO 097 DE 2022 CÁMARA
por medio de la cual se modica la Ley 4ª de 1992
con el objeto de establecer los criterios a los cuales se
debe sujetar el Gobierno nacional para jar los gastos
de representación y las primas de los miembros del
Congreso.

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