Ponencia positiva para Primer Debate y texto propuesto al Proyecto de ley número 086 de 2023 cámara, por la cual se regulan los servicios de intermediación en relaciones de consumo especiales, se modifica el Código General del Proceso, y se dictan otras disposiciones - 24 de Agosto de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 942932285

Ponencia positiva para Primer Debate y texto propuesto al Proyecto de ley número 086 de 2023 cámara, por la cual se regulan los servicios de intermediación en relaciones de consumo especiales, se modifica el Código General del Proceso, y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación24 Agosto 2023
Número de Gaceta1136
Página 16 Jueves, 24 de agosto de 2023 G 1136
PONENCIA POSITIVA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 086 DE 2023 CÁMARA
por la cual se regulan los servicios de
intermediación en relaciones de consumo
especiales, se modifica el Código General del
Proceso, y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 23 de agosto de 2023.
Honorable Representante
ÓSCAR HERNÁN SÁNCHEZ LEÓN
Presidente
Comisión Primera Constitucional
Honorable Cámara de Representantes
Asunto: Ponencia positiva para primer
debate al Proyecto de Ley número 086 de 2023
Cámara, por la cual se regulan los servicios
de intermediación en relaciones de consumo
especiales, se modifica el Código General del
Proceso, y se dictan otras disposiciones.
En cumplimiento del encargo recibido
por parte de la honorable Mesa Directiva
de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes y de conformidad con lo
establecido en el artículo 150 de la Ley 5ª de
1992, me permito rendir Informe de Ponencia
Positiva para primer debate del Proyecto de
Ley número 086 de 2023 Cámara, por la cual
se regulan los servicios de intermediación en
relaciones de consumo especiales, se modifica
otras disposiciones.
Atentamente,
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA
PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 086 DE 2023 CÁMARA
por la cual se regulan los servicios de
intermediación en relaciones de consumo
especiales, se modica el Código General del
Proceso, y se dictan otras disposiciones.
La presente ponencia está compuesta por nueve
(9) apartes:
1. Antecedentes legislativos
2. Objeto del proyecto de ley
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7. Proposiciones
8. Texto propuesto
9. Referencias.
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
El 2 de agosto del año en curso, se radicó el
Proyecto de Ley número 086 de 2023 Cámara,
presentado por la suscrita y los honorables
Representantes Carlos Felipe Quintero Ovalle,
Jhoany Carlos Alberto Palacios Mosquera,
.Álvaro Leonel Rueda Caballero, Hugo Alfonso
Archila Suárez, Julián Peinado Ramírez, Luis
Carlos Ochoa Tobón, Alirio Uribe Muñoz, Carlos
Alberto Cuenca Chaux, Andrés Felipe Jiménez
Vargas, Adriana Carolina Arbeláez Giraldo,
Christian Munir Garcés Aljure, Juan Manuel
Cortés Dueñas, Luis Eduardo Díaz Mateus, Juan
Daniel Peñuela Calvache, Juan Carlos Wills
Ospina, Carlos Felipe Quintero Ovalle, Mónica
Karina Bocanegra Pantoja, Andrés David Calle
Aguas, Elizabeth Jay-Pang Díaz.
Esta iniciativa fue enviada a la Comisión
Primera Constitucional Permanente y mediante
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Mesa Directiva de la mencionada Comisión me
designa como ponente única para primer debate.
2. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
La presente tiene por objeto establecer
reglas especiales en el marco de las funciones
administrativas y jurisdiccionales, en cabeza
de las autoridades encargadas de la protección
al consumidor, derivadas de las relaciones
de consumo que surgen de la intermediación
comercial de las que hacen parte las agencias de
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la cadena de consumo, logrando equilibrio entre
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3. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE
LEY
El Pro yecto d e Ley nú mero 086 de 2023 Cámara,
expone la importancia de reglamentar la relación
jurídica de las agencias de viaje, en referencia a
los servicios de transporte aéreo cuando estas no
prestan el servicio directamente al usuario, toda vez
que, ellas no tienen el control sobre las condiciones,
ejecución o incumplimiento que puedan tener las
aerolíneas o prestadoras del servicio.
Por lo anterior, el Proyecto de ley pretende
reforzar la responsabilidad de las aerolíneas en el

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