Ponencia Positiva Para Segundo Debate al Proyecto de Ley 158 de 2016 Cámara - 27 de Junio de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 685550005

Ponencia Positiva Para Segundo Debate al Proyecto de Ley 158 de 2016 Cámara

por la cual se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos. ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY Número 186 DE 2016 CÁMARA por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica estética, medicina estética y las especialidades medico quirúrgicas con competencias formales en procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos en Colombia, y se dictan otras disposiciones. Nos ha correspondido el honroso encargo de rendir ponencia positiva para segundo debate Cámara al Proyecto de ley número 158 de 2016 Cámara, por la cual se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos, acumulado con el Proyecto de ley número 186 de 2016 Cámara ¿Por medio del cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica estética, medicina estética y las especialidades medico quirúrgicas con competencias formales en procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos en Colombia, y se dictan otras disposiciones¿.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Antecedentes de los proyectos de ley

A. Proyecto de ley número 230 de 2012 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica, estética y reconstructiva en Colombia, y se dictan otras disposiciones.

Esta iniciativa fue radicada ante la Cámara de Representantes, el 4 de mayo de 2012, por el Representante Dídier Burgos Ramírez y el Senador de ese entonces Juan Lozano Ramírez.

La iniciativa pretendía reglamentar el ejercicio de la cirugía plástica, estética y reconstructiva en Colombia con el fin de proteger a los pacientes y ofrecer garantías a los cirujanos plásticos, modificando la normatividad vigente hasta la fecha.

Lamentablemente, el proyecto no culminó el trámite en el Congreso de la República.

B. Proyecto de ley número 92 de 2014 Senado, por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica, estética y reconstructiva en Colombia, y se dictan otras disposiciones.

Esta iniciativa se presentó inicialmente en la Legislatura 2014 por los honorables Senadores Jorge Iván Ospina y Óscar Mauricio Lizcano, fue tramitada ante la Comisión Séptima Constitucional Permanente del Senado, aprobada en primer y segundo debate en dicha corporación; no obstante, el proyecto de ley fue archivado de acuerdo al artículo 183 de la Ley 5ª de 1992, y no alcanzó hacer el trámite respectivo ante la Cámara de Representantes.

C. El Proyecto de ley número 158 de 2016 Cámara, por la cual se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos.

Este proyecto fue radicado ante la Cámara de Representantes el día 5 de octubre de 2016 por el Representante Óscar Ospina Quintero y el Senador Jorge Iván Ospina, y publicado en la Gaceta del Congreso número 893 de 2016.

D. El Proyecto de ley número 186 de 2016 Cámara, por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica, estética, medicina estética y las especialidades medico quirúrgicas con competencias formales en procedimientos médicos y quirúrgico estéticos en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Este proyecto fue radicado ante la Cámara de Representantes el día 26 de octubre de 2016, por la Representante Margarita María Restrepo Arango, y publicado en la Gaceta del Congreso número 941 de 2016.

La Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional de la Cámara de Representantes, presidida por el honorable Representante Álvaro López Gil acumuló los Proyectos de ley números 158 de 2016 y 186 de 2016.

Mediante oficio de 12 de diciembre de 2016 fueron designados como ponentes los honorables Representantes Rafael Romero Piñeros (Coordinador), Óscar Ospina Quintero (Ponente) y Margarita Mará Restrepo Arango (Ponente).

El día 2 de mayo fue aprobado por la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. Dentro de la discusión del proyecto se presentaron varias proposiciones por parte de los integrantes de la misma las cuales fueron dejadas como constancias y se asumió el compromiso de ser estudiadas para enriquecer el texto del articulado dentro de la ponencia para segundo debate.

Mediante oficio de fecha 3 de mayo del año en curso, remitido por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de Cámara, fueron designados como ponentes para segundo debate los honorables Representantes Rafael Romero Piñeros (Coordinador), Óscar Ospina Quintero (Ponente) y Margarita María Restrepo Arango (Ponente), Ana Cristina Paz (Ponente), Rafael Eduardo Paláu Salazar (Ponente) y Germán Bernardo Carlosama (Ponente).

El día 25 de mayo, de acuerdo al compromiso asumido en la discusión del proyecto en primer debate, se realiza una reunión en el Ministerio de Salud y Protección Social, en la que participaron algunos de asesores de los representantes ponentes; en dicha reunión se analizaron cada una de las proposiciones alguna de las cuales fueron acogidas en texto del articulado de la presente ponencia.

2. Explicación y justificación de la iniciativa acumulada

Según la Sociedad Española de Cirugía Plástica, define esta especialidad como ¿La Cirugía Plástica es una especialidad quirúrgica que se ocupa de la corrección de todo proceso congénito, adquirido, tumoral o simplemente involutivo, que requiera reparación o reposición, o que afecte a la forma y/o función corporal. Sus técnicas están basadas en el trasplante y la movilización de tejidos mediante injertos y colgajos o incluso implantes de material inerte¿[1][1].

Dicha especialidad médica tiene dos áreas de trabajo, las cuales son[2][2]:

¿ La Cirugía Plástica Reparadora: la cual procura restaurar o mejorar la función y el aspecto físico en las lesiones causadas por accidentes y quemaduras, en enfermedades y tumores de la piel y tejidos de sostén y en anomalías congénitas, principalmente de cara, manos y genitales.

¿ La Cirugía Plástica Estética: la cual, trata con pacientes en general sanos y su objeto es la corrección de alteraciones de la norma estética con la finalidad de obtener una mayor armonía facial y corporal o de las secuelas producidas por el envejecimiento.

Según las estadísticas de la Sociedad Internacional de Cirugía Plástica Estética (ISAPS por sus siglas en inglés) 27 millones de cirugías plásticas se practicaron en todo el mundo a partir del 2014 al 2016. El crecimiento de este tipo de medicina es enorme siendo los principales países donde más se llevan a cabo las cirugías plásticas los siguientes:

¿ Estados Unidos con 4 millones 64 mil 571 cirugías, lo cual representa el 20.1% de la estadística.

¿ Brasil, país en el que se llevaron a cabo 2 millones 58 mil 505 procedimientos quirúrgicos y representando así el 10.2% del estudio.

¿ Japón, en donde se realizaron un millón 260 mil 351 operaciones estéticas y representa el 6.2%.

¿ Corea del Sur, con 980 mil 313 cirugías y el 4.8% de la estadística.

¿ México, por sus 706 mil 72 cirugías y el 3.5% de porc entaje global.

¿ Alemania, donde se realizaron 533 mil 622 procedimientos estéticos. Este país tiene el 2.6% de las cirugías mundiales.

¿ Francia, con 416 mil 148 y el 2.1% de la estadística

¿ Colombia, país con 357 mil 115 y 1.8% del porcentaje.

Según los mismos datos, nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial donde más se realizan procedimientos estéticos.

Según los últimos estudios del Isaps 2016, publicados por el periódico El País de Cali en entrevista a la Secretaria del Isaps para Colombia, en nuestro país se realizan 548.655 procedimientos quirúrgicos estéticos al año[3][3] y demuestra como nuestro país se ha logrado posicionar como un lugar seguro para los extranjeros a la hora de realizarse algún procedimiento estético y con precios competiti vos a nivel mundial.

La Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica (SCCP) afirma que cada año aumentan las intervenciones estéticas, en la última década ha aumentado hasta un 70%.

Este aumento significativo del mercado de las Cirugías Plásticas en Colombia, obedece no solo a factores culturales y al deseo voluntario de los pacientes de querer modificar, cambiar o mejorar alguna parte de su cuerpo, sino que responde a un interés económico pues dicha especialidad médica tiene un amplio mercado que no solo genera ingresos económicos en el sector salud sino en el sector turístico, pues muchos ciudadanos de diferentes nacionalidades escogen a Colombia como destino turístico para realizarse Cirugías Estéticas. Según un informe publicado por la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco Valle, (2010), a la ciudad de Cali llegaron 14.400 pacientes extranjeros a realizarse procedimientos quirúrgicos estéticos.

Otro factor importante es el aumento de prestadoras de Salud que ofrecen la modalidad de Cirugías Estética, consultando la base de datos del ministerio de salud en ella se constata que al 28 de febrero de 2017 hay 615[4][4] Prestadoras de Salud registradas en todo el país que tienen el servicio de Cirugía Estética, de las cuales 512 prestadoras del servicio ofrece servicio de cirugía estética ambulatorio, es decir que el paciente no requiere hospitalización.

De las 615 Prestadoras de Salud, que ofrecen el servicio 64 hospitales públicos, 545 son Clínicas Privadas y 6 son público-privada.

Este nuevo mercado del sector salud, se ve vulnerable ante las malas prácticas que realizan algunos profesionales de la salud sin el cuidado necesario para no poner en riesgo la salud y vida de los pacientes. Son muchas las noticias que se escuchan sobre la mala praxis de los galenos que traen como consecuencias el deterioro de la salud física y mental de las personas que confiaron en ellos para mejorar una parte de su cuerpo.

Según datos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, de 2012 a mayo de 2015 se habían reportado 245 quejas por malas prácticas de las instituciones registradas en la ciudad de Bogotá.[5][5] Y solo 9 prestadoras de servicios se encuentran registradas en la página del ministerio[6][6].

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Según el artículo ¿la pesadilla de las Cirugías Plásticas en Colombia¿...

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