Ponencia positiva para segundo debate al proyecto de ley número 317 de 2020 cámara, por medio de la cual se prohíbe la utilización de elementos que laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte en espectáculos públicos a animales y se dictan otras disposiciones - 19 de Marzo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264991

Ponencia positiva para segundo debate al proyecto de ley número 317 de 2020 cámara, por medio de la cual se prohíbe la utilización de elementos que laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte en espectáculos públicos a animales y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación19 Marzo 2021
Número de Gaceta157
Gaceta del Congreso 157 Viernes, 19 de marzo de 2021 Página 5
14 15 16 17
CARTAS DE RETIRO
CARTA DE RETIRO DE LA PRIMERA
PONENCIA AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 10 DE 2020 SENADO - 425 DE
2020 CÁMARA
por medio de la cual se dictan disposiciones
orientadas a garantizar el Derecho Fundamental a
la Salud dentro del Sistema General de Seguridad
Social, de conformidad con la Ley 1751 de 2015, y la
sostenibilidad del Sistema de Salud.
D
OCTOR
J
OSÉ
R
ITTER
L
ÓPEZ
P
EÑA
P
RESIDENTE
C
OMISIONES
S
ÉPTIMAS
C
ONJUNTAS
S
ENADO
Asunto: Retiro de la primera ponencia al Proyecto de Ley 10 de 2020 Senado-425 de 2020
CámaraPor medi o dela cu al sedictan disposi ciones orienta das agarantizarel Derech o
Fundamental ala Salud de ntro del SistemaGener al deSeguridad Social, de conformida d
con la ley1751 de 2015, yl a sostenibilidad del Sistema de Salu d”.
Respetado Sr. Presidente:
Enat ención alas observaciones dadas por el Min isterio de Salud al P royecto de la referencia,
y en aras de incluir aspectos esenciales sobre la seguridad sanitaria y emergencia sanitaria,
las cuales se hacen necesarias por las actuales circunstancias que ha generado la pandemia
del Covid-19, y sumadas las propuestas de la Comisión Séptima de Senado para estas
comisiones conjuntas, solicitamos se autorice el retiro de la primera ponencia, con el fin de
debatir la nueva ponencia conjunta de Cámara y Senado con la cual se soluciona las
necesidades antes mencionadas.
Atentamente,
J
UAN
D
IEGO
E
CHAVARRÍA
S
ÁNCHEZ
J
AIRO
H
UMBERTO
C
RISTO
C
ORREA
R
EPRESENTANTE ALA
C
ÁMARA
R
EPRESENTANTE A LA
C
ÁMARA
F
ABER
A
LBERTO
M
UÑOZ
C
ERON
J
AIRO
G
IOVANNI
C
RISTANCHO
T.
R
EPRESENTANTE A LA
C
ÁMARA
R
EPRESENTANTE ALA
C
ÁMARA
1
PONENCIAS
DOCTOR
JOSÉ RITTER LÓPEZ PEÑA
PRESIDENTE
COMISIONES SÉPTIMAS CONJUNTAS
SENADO
Asunto: Retiro de la primera ponencia al Proyecto de Ley 10 de 2020 Senado-425 de 2020
Cámara Por medio de la cual se dictan disposiciones orientadas agarantizar el Derecho
Fundamental ala Salud de ntro del Sistema General de Seguridad Social, de conformida d
con la ley 1751 de 2015, y la sostenibilidad del Sistema de Sal ud”.
Respetado Sr. Presidente:
En atención alas observaciones dadas por el Ministerio de Salud al Proyecto de la referencia,
y en aras de incluir aspectos esenciales sobre la seguridad sanitaria y emergencia sanitaria,
las cuales se hacen necesarias por las actuales circunstancias que ha generado la pandemia
del Covid-19, y sumadas las propuestas de la Comisión Séptima de Senado para estas
comisiones conjuntas, solicitamos se autorice el retiro de la primera ponencia, con el fin de
debatir la nueva ponencia conjunta de Cámara y Senado con la cual se soluciona las
necesidades antes mencionadas.
Atentamente,
JUAN DIEGO ECHAVARRÍA SÁNCHEZ JAIRO HUM BERTO CRISTO CORREA
REPRESENTANTE ALA CÁMARA REPRESENTANTE A LA CÁMARA
FABER ALBERTO MUÑOZ CERON JAIRO GIOVANNI CRISTANCHO T.
REPRESENTANTE A LA CÁMARA REPRESENTANTE ALA CÁMARA
1
PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 317 DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual se prohíbe la utilización de
elementos que laceren, mutilen, hieran, quemen o
den muerte en espectáculos públicos a animales y se
dictan otras disposiciones.
Ponencia positiva para segundo debate al Proyecto de Ley No. 317 de 2020
Cámara “Por medio de la cual se prohíbe la utilización de elementos que
laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte en espectáculos públicos a
animales y se dictan otras disposiciones”
Antecedentes Legislativos:
Radicado en la secretaria general el pasado 04 de Agosto de 2020, por el Honorable
Senador Juan Diego Gómez y el Representante Nicolás Albeiro Echeverry Alvaran
Publicado en la Gaceta No 741 de 2020
Ponencia primer debate publicada en Gaceta No 1426 de 2020
El anuncio de la votación del Proyecto de ley se hizo el día 14 de diciembre de 2020,
según consta en el Acta No. 026 del 2020.
Fue discutido y aprobado en la sesión ordinaria del pasado miércoles 16 de diciembre
de 2020, según consta en el Acta 027 del 2020.
OBJETO DEL PROYECTO DE LEY.
1. Esta iniciativa busca proteger a los animales de cualquier dolor o sufrimiento
que le pudiere causar el ser humano antes, durante o después de la realización
de un espectáculo público, toda vez que la reglamentación vigente no logra
cumplir el objetivo de proteger la integridad física y emocional de los animales
ante las múltiples manifestaciones de violencia contra estos seres.
2. Busca que de parte de los seres humanos se origine la materialización del
principio de dignidad animal y respeto al medio ambiente, que se presenta
como eje central del ordenamiento jurídico, valor supremo de la Carta
Constitucional.
3. Se presenta la invocación a la prelación de un relacionamiento de bienestar
entre el ser humano y el animal, expresado en la Sentencia T-095 de 2016.
Es un Proyecto de Ley que invita a revisar el maltrato y la crueldad sobre los
animales utilizados como elementos de entretenimiento en espectáculos públicos y
donde se lleven a cabo acciones de maltrato prohibiendo la utilización de elementos
que laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte, estableciendo unos protocolos
en el que el animal no sufra y se garantice que estos certámenes esté desprovistos
de violencia, de dolor, expuesto al público y que reconozcamos que hay unos seres
sintientes que tienen un mismo sistema nervioso que los seres humanos.
Así como el de reconocer los pronunciamientos de la Corte Constitucional, que ha
dado prioridad a la aplicabilidad del principio de diversidad cultural respecto al del
maltrato animal, suscitando grandes avances relacionados con la necesidad de
legislar y establecer normativas claras y concisas que promuevan la regulación de
este tipo de actividades, sobre los animales utilizados como elementos de
entretenimiento en los espectáculos de rejoneo, coleo, las corridas de toros,
novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como las riñas de gallos, ya que,
desde la evolución jurídica, los animales pasaron de ser una propiedad u objeto a
seres sintientes.
Se constituye una excepción a lo dispuesto sobre protección al maltrato animal,
según lo establecido en la Ley 84 de 1989 y en la ley1774 de 2016.
ESTRUCTURA DEL PROYECTO
El articulado es muy sencillo, es muy preciso, la mejor decisión que ha tomado la
Comisión Quinta, es haberle dado un espaldarazo a este proyecto de ley, es un
homenaje a la vida, es un homenaje contra la violencia, es un homenaje a todo esas
Organizaciones Animalistas que han hecho un ejercicio, es un homenaje a la gran
mayoría de los jóvenes, de las personas que tenemos una sensibilidad y que hemos
reconocido los animales como seres sintientes y es una gran oportunidad que le
está brindando esta Comisión a la Plenaria de la Cámara a las comisiones de
Senado y a la Plenaria de Senado, para que ese debate que nunca ha podido
trascender, vaya más allá y podamos encontrar unos argumentos y unos elementos
mínimos que nos permitan con respeto avanzar en la protección de los animales

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR