Ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en Comisión Primera al Proyecto de Ley estatutaria número 096 de 2021 Cámara, por medio de la cual se promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas en condiciones de discapacidad - 21 de Octubre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879267102

Ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en Comisión Primera al Proyecto de Ley estatutaria número 096 de 2021 Cámara, por medio de la cual se promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas en condiciones de discapacidad

Fecha de publicación21 Octubre 2021
Fecha21 Octubre 2021
Número de Gaceta1512
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1512 Bogotá, D. C., jueves, 21 de octubre de 2021 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY
ESTATUTARIA NÚMERO 096 DE 2021 CÁMARA
por medio de la cual se promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas
en condiciones de discapacidad.
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE
Proyecto de Ley estatutaria No. 096 de 2021 Cámara “Por medio de la cual se
promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas en
condiciones de discapacidad”
El Proyecto de Ley estatutaria No. 096 de 2021 Cámara “Por medio de la cual se
promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas en
condiciones de discapacidad”, tiene como principal objetivo regular la posibilidad
que la educación superior pública, sea gratuita para las personas con
discapacidad en los cupos o porcentajes previstos en el articulado. De esta manera
y con la finalidad que se de segundo debate al mismo, presento ponencia positiva,
la cual se encuentra estructurada de la siguiente manera.
I. Antecedentes.
II. Objeto del proyecto.
III. Tramite del proyecto de ley.
IV. Justificación legal y de conveniencia del proyecto.
V. Contenido de la iniciativa.
VI. Conflicto de intereses.
VII. Pliego de modificaciones.
VIII. Proposición.
Con fundamento en lo anterior, me permito presentar a consideración para
segundo debate los siguientes argumentos.
I. ANTECEDENTES
Se debe precisar que la presente iniciativa legislativa ya había sido radicada en el
último periodo de la legislatura pasada con el número 337 de 2020 Cámara, el día
29 de abril de 2020, por los representantes Buenaventura León León, Juan Carlos
Wills Ospina y quien rinde la presente ponencia. El Proyecto de Ley 337 de 2020, fue
publicado en la Gaceta del Congreso número 173 del 29 de abril de 2020, recibido
en la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara el 18 de mayo de
2020. La ponencia para primer debate fue publicada el día 5 de junio de 2020 en
la Gaceta del Congreso número 282.
Conforme consta en la Gaceta del Congreso número 514 del 14 de junio de 2020,
el proyecto fue retirado de conformidad con lo establecido en el artículo 155 de la
Ley 5 de 1992, en razón a que, siendo un proyecto de ley estatutaria debía ser
aprobado en una sola legislatura.
El presente proyecto de ley fue nuevamente radicado el día 21 de julio de 2021 y
suscrito por los Honorables Representantes a la Cámara, Buenaventura León León,
Alfredo Ape Cuello Baute, Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, Juan Carlos Wills Ospina,
Armando Antonio Zabarain de Arce, Juan Carlos Rivera Peña, José Gustavo Padilla
Orozco, Wadith Alberto Manzur Imbett, Nidia Marcela Osorio Salgado, Félix
Alejandro Chica Correa, Emeterio José Montes De Castro, José Elv er Hernández
Casas, Germán Alcides Blanco Álvarez, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, Diela
Liliana Benavides Solarte, Jaime Felipe Lozada Polanco, María Cristina Soto De
Gómez, Yamil Hernando Arana Padaui , Felipe Andrés Muñoz Delgado y quien
presenta esta ponencia.
Al proyecto de ley le fue asignado el número 096 de 2021 y fue debidamente
publicado en la Gaceta del Congreso de la República número 951 del 5 de agosto
de 2021.
Por medio de comunicación C.P.C.P.3.1-0107-2021 del 17 de agosto de 2021, de
conformidad con lo señalado en el acta número 04 de la Mesa Directiva de la
Comisión, fui designada como ponente del proyecto de ley número 096 de 2021.
Con fundamento en tal designación, se presentó ponencia positiva para primer
debate, la cual fue publicada en la Gaceta del Congreso número 1098 del 27 de
agosto de 2021.
Por medio de acta número 16 de septiembre 21 de 2021, el referido proyecto de
ley fue anunciado. El 22 de septiembre de 2021, conforme consta en acta número
17 de la misma fecha, fue debatido y aprobado en la Comisión Primera
Constitucional Permanente y aprobado. Así mismo me fue asignada por la Mesa
Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes,
la ponencia para segundo debate, la cual presento a consideración.
El Viceministro General del Ministerio de Hacienda a través de la comunicación
número 2-2021-054009 del 11 de octubre de 2021, presenta comentario al texto del
debate al presente proyecto, sobre el cual se hará referencia en el acápite
correspondiente de la ponencia.
II. OBJETO DEL PROYECTO
El presente Proyecto de Ley tiene por objeto garantizar el acceso a la educación
superior pública para personas con discapacidad, otorgando gratuidad para
lograr el ingreso a la educación técnica y superior pública, evitando las barreras
económicas que se presentan a esta población y fomentan la educación inclusiva.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR