Ponencia para primer debate al proyecto de ley 025 de 2008 cámara
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 025 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se adiciona el Decreto 765 de marzo 17 de 2005
Bogotá, D. C., 11 de noviembre de 2008
Doctor
ELIAS RAAD HERNANDEZ
Presidente de la Comisión Séptima
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 025 de 2008 Cámara, por medio de la cual se adiciona el Decreto 765 de marzo 17 de 2005.
Respetado señor Presidente y honorables Representantes:
Por designación de esta Presidencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 174 y siguientes de la Ley 5ª de 1992, someto a su consideración el informe de ponencia para primer debate en la Comisión Séptima Constitucional de esta honorable Corporación, del proyecto de ley número 025 de 2008 Cámara.
Se ha dividido el contenido de este análisis del proyecto de ley en dos partes:
PARTE PRIMERA, lo que dice la exposición de motivos, que se subdivide, en tres (3) numerales, 1. Contenido del Proyecto,
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Antecedentes Normativos de la contratación en calidad de Supernumerario, y
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Fundamento Constitucional, Legal y Jurisprudencial, y
PARTE SEGUNDA, proposición.
PARTE PRIMERA
Análisis de la exposición de Motivos
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Contenido del Proyecto.
El proyecto tal como fue radicado por sus autores consta de cinco (5) artículos, con los cuales se pretende que el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, vinculé en calidad de funcionarios provisionales a los empleados que se encuentren nombrados en la entidad en calidad de supernumerarios a junio 30 del año 2008, proporcionando así, un trabajo decente y estable y una vida digna, a más de 2.800 trabajadores estatales, de diferentes profesiones, a saber, contadores, economistas, administradores de empresas, abogados, ingenieros, entre otras, que prestan el servicio en todo el país con las distintas seccionales de la Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ¿DIAN¿, igual, se confía al ejecutivo la implementación y reglamentación que requiera la ley, conforme al artículo 1º de este proyecto.
El nombramiento provisional que se realice mediante este proyecto, será de modo transitorio, para un empleo de carrera y su duración podrá exceder de seis (6) meses, prorrogables hasta que se cubra de manera definitiva el cargo vacante, como consta en el canon segundo de este proyecto.
El artículo 3° de este proyecto, dispone que los gastos que surjan de esta contratación se tomaran del presupuesto nacional, apropiación específica denominada ¿financiación plan anual antievasión¿ asignada a la DIAN como...
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