Ponencia para primer debate al proyecto de ley 194 de 2007 cámara 235 de 2008 senado - 14 de Mayo de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451338858

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 194 de 2007 cámara 235 de 2008 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 194 DE 2007 CÁMARA, 235 DE 2008 SENADOpor la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar

Doctor

CARLOS ALBERTO ZULUAGA DIAZ

Presidente Comisión Tercera honorable Cámara de Representantes

Doctor

OMAR YEPES ALZATE

Presidente Comisión Tercera honorable Senado de la República

Bogotá, D. C.

Respetados señores Presidentes:

En atención a la designación que nos fuera hecha por la Mesa Directiva de las Comisiones Terceras de la Cámara y dando cumplimiento al término establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos presentar ponencia para primer debate ante esta Comisión, alProyecto de ley número 194 de 2007 Cámara, por la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, en los siguiente términos:

  1. Antecedentes del proyecto

Dado que el proyecto de ley pretende fundamentalmente proveer recursos para la financiación del servicio público de salud garantizando la viabilidad futura de los operadores públicos (tal como lo establece el artículo 336 de la Constitución Política), se hacen las siguientes observaciones:

Debe hacerse un análisis a fondo del seguimiento y control que se efectúa de las prácticas ilegales y juegos no autorizados en razón a que según lo demuestra la cotidianidad y realidad de espacios públicos como las plazas de mercado (por citar un ejemplo) no existen medidas que contrarresten el accionar delictivo de particulares que se benefician lucrativamente de la explotación de esta actividad en detrimento de los recursos de la salud de los colombianos.

Existen indicios de que el endurecimiento de los controles en el sector financiero ha impulsado a los autores del blanqueo de capitales a buscar métodos alternativos para ocultar el origen del producto de actividades delictivas, aunque no se cuenta con cifras al respecto, en la actualidad, los autores del blanqueo de capitales tienden a recurrir, cada vez más, a empresas no financieras. Esta tendencia se ve corroborada por los trabajos de los estudios realizados sobre técnicas y tipología de blanqueo de capitales. En nuestros días el blanqueo de capitales presenta aspectos que el legislador comunitario y también estatal no ha podido tener en cuenta.

Se entiende por blanqueo de capitales la adquisición, utilización, conversión o transmisión de bienes que proceden de algunas de las actividades delictivas o de participación en las mismas, para ocultar o encubrir su origen o ayudar a la persona que haya participado en la actividad delictiva a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos.

Es imperativo señalar que al 2006 existían más de ocho millones (fuente DNP) de colombianos sin afiliación al sistema de salud, y teniendo en cuenta la financiación de la cobertura, es necesario no solo este tipo de reformas para aumentar los recursos provenientes de uno de los aportantes como es el sector de juegos y apuestas, sino que además debe hacerse un llamamiento al Estado, a las organizaciones sociales, sindicatos y asociaciones sanitarias a que defiendan el Sistema de Salud Público, puesto que como resultado de la reforma de salud de 1993, se privatizó la mayor parte de los hospitales públicos, que brindaban servicios gratis a la población indigente. Esos centros no prestan sus servicios a menos que el paciente no pague por ellos, se han dado casos en Colombia, donde personas han muerto en las puertas de los hospitales privados por falta de atención, y de otro lado en los centros que todavía están en manos del Gobierno, no existen las condiciones para atender las necesidades de la población y cada día reciben menos fondos. La asignación presupuestal del Gobierno colombiano solo asigna entre un 3 y un 5% de su presupuesto para la salud, educación y cultura; mientras tanto un 45% del presupuesto se destina al pago de la deuda externa, un 25% para el gasto militar y un 20% para el funcionamiento del Estado.

Cabe anotar que en Colombia, a diferencia para el 2006, según el DNP, estudios señalan que para la actualidad hay unos 20 millones de colombianos que no pueden tener acceso a ningún tipo de servicio en salud.

La participación del gasto total en salud como porcentaje del PIB equivale a un 7.7% en los países de altos ingresos, al 5.8% en los de ingresos medios y 4.7% en países de ingresos bajos. De igual forma el porcentaje del gasto público en salud como porcentaje del gasto total representa el 70% en los países de ingresos elevados, el 61.7% en los países de ingresos medios y el 51.7% en los de bajos ingresos.

Para el caso colombiano el gasto sectorial consolidado de los gobiernos territoriales (en miles de millones de pesos ¿al 2005, fuente: Banco de la República¿DNP. Conpes), está distribuido así:

Educación 9692, Sanidad 4568, vivienda 883, administración general 5215, seguridad, asistencia y bienestar social 586, servicio a la deuda 1424.

Si bien es cierto el proyecto de ley aplica solo al régimen del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, no se pude dejar de lado, la importancia que tiene el Gobierno y la necesidad de que se asuman medidas que contribuyan a defender un derecho constitucional en el garantizar recursos para la financiación del servicio público de salud.

De otro lado y tendiente a mejorar la estabilidad del sector...

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