PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN CÁMARA DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 232 DE 2023 CÁMARA, 03 DE 2022 SENADO, ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2022 SENADO, por la cual se reforma la legislación en materia de deporte, recreación, educación física y actividad física y se dictan otras disposiciones - 22 de Marzo de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130361

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN CÁMARA DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 232 DE 2023 CÁMARA, 03 DE 2022 SENADO, ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2022 SENADO, por la cual se reforma la legislación en materia de deporte, recreación, educación física y actividad física y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación22 Marzo 2024
Número de Gaceta307
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXIII - Nº 307 Bogotá, D. C., viernes, 22 de marzo de 2024 EDICIÓN DE 52 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
EN CÁMARA DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 232 DE 2023 CÁMARA, 03 DE
2022 SENADO, ACUMULADO CON EL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2022
SENADO
por la cual se reforma la legislación en materia
de deporte, recreación, educación física y actividad
física y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 21 marzo de 2024
Honorable Representante:
MARÍA EUGENIA LOPERA MONSALVE
Presidenta
Comisión Séptima
Cámara de Representantes
Asunto: Informe de Ponencia para primer
Debate en Cámara del Proyecto de Ley número
232 de 2023 Cámara, 03 de 2022 Senado,
acumulado con el Proyecto de Ley número 182 de
2022 Senado, por la cual se reforma la legislación
en materia de deporte, recreación, educación física
y actividad física y se dictan otras disposiciones.
Respetada señora Presidenta:
En cumplimiento del honroso encargo que nos
hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima
Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes, y en desarrollo de lo dispuesto en la
PONENCIAS
Ley 5ª de 1992 artículos 150, 153 y 156, en nuestra
calidad de ponentes, nos permitimos radicar Informe
de Ponencia al proyecto descrito en el asunto.
Cordialmente,
Página 2 Viernes, 22 de marzo de 2024 G 307
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE EN CÁMARA DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 232 DE 2023 CÁMARA, 03
DE 2022 SENADO, ACUMULADO CON EL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2022
SENADO
por la cual se reforma la legislación en materia
de deporte, recreación, educación física y actividad
física y se dictan otras disposiciones.
Con el ánimo de rendir una ponencia comprensible
a los honorables miembros de la Comisión Séptima
de la Cámara de Representantes y buscando precisar
los objetivos, el alcance y la necesidad del proyecto,
procedemos a desarrollar el informe de ponencia en
el siguiente orden:
I. Trámite y Antecedentes.
II. Objeto y contenido del proyecto de ley.
III. Exposición de motivos.
IV. Fundamentos jurídicos.
V. Consideración de los ponentes.
 

 
IX. Proposición.
X. Texto propuesto.
I. TRÁMITE Y ANTECEDENTES
Trámite
El Proyecto de Ley número 03 de 2022 fue
radicado el 20 de julio de 2022 en la Secretaría
General del Senado de la República autoría de la
Senadora Norma Hurtado Sánchez. Esta iniciativa
fue publicada en la Gaceta del Congreso número
874 de 2022.
Por su parte, el Proyecto de Ley número 182
de 2022 fue radicado el 13 de septiembre de 2022
por los Senadores Angélica Lozano Correa, Miguel
Ángel Pinto Hernández, Ana Paola Agudelo García,
Sor Berenice Bedoya Pérez, Martha Isabel Peralta
Epieyú y los Representantes a la Cámara Elkin
Rodolfo Ospina Ospina, Olga Lucía Velásquez
Nieto, Jairo Humberto Cristo Correa, Alfredo
Mondragón Garzón, Germán José Gómez López,
Germán Rogelio Rozo Anís, Héctor David Chaparro
Chaparro, Hugo Alonso Archila Suárez, Agmeth José
Escaf Tijerino, Leider Alexandra Vásquez Ochoa,
Jorge Alexánder Quevedo Herrera, Gerardo Yepes
Caro, Juan Felipe Corzo Álvarez, Camilo Esteban
Ávila Morales, Juan Camilo Londoño Barrera,
Wilmer Yaír Castellanos Hernández, Jaime Raúl
Salamanca Torres, Juan Diego Muñoz Cabrera y
Martha Lisbeth Alfonso Jurado. Esta iniciativa fue
publicada en la Gaceta del Congreso número 1094
de 2022.
Posteriormente, el día 22 de marzo de 2023 fue
aprobado en primer debate en la Comisión Séptima
del Senado esta iniciativa y el 29 de agosto de 2023
en segundo debate en la Plenaria del Senado.
Finalmente, el día 3 de octubre de 2023 fueron
designados para primer debate en la Comisión
Séptima de la Cámara de Representantes
como coordinadores ponentes los honorables
Representantes Juan Camilo Londoño, Víctor
Manuel Salcedo, Leider Alexandra Vásquez Ochoa
y como ponentes a los honorables Representantes
Gerardo Yepes Caro, Juan Felipe Corzo, Juan
Carlos Vargas, Germán Rogelio Rozo, Germán
José Gómez, Jorge Alexander Quevedo, Alfredo
Mondragón Garzón y María Eugenia Lopera.
Antecedentes
Las distintas bancadas del Congreso de la
República han presentado a lo largo de los años
iniciativas que desde distintas ópticas han buscado
la actualización de la legislación deportiva:
1. (2008-2009 – Llegó a conciliación, pero se
archivó por tránsito de legislatura), por medio del
cual se modica la Ley 181 de 1995 y se dictan otras
disposiciones en relación con el deporte profesional.
Autores: Carlos Piedrahíta, Mauricio Parodi,
Partido Liberal Colombiano1.
2. (2008-2009 – Radicada ponencia primer
debate y archivada por tránsito de legislatura), por
medio del cual se modica el artículo 36 de la Ley
181 de 19952.
3. (2009-2010 – Llegó a cuarto debate, pero
se archivó por tránsito de legislatura), por medio
del cual se modica el artículo 21 del Decreto 1228
de 1995, el cual reglamenta la Ley 181 de 1995
(sistema nacional del deporte). Autor: Mauricio
Parodi3.
4. (2010-2011 Llegó a ser aprobado en
segundo debate y fue archivado por tránsito de
legislatura), por la cual se transforman los clubes
deportivos en sociedades anónimas, se modica la
Ley 181 de 1995 y se dictan otras disposiciones.
[Clubes deportivos]4. Autor: Simón Gaviria
Muñoz – Partido Liberal.
5. (2014) Nueva Ley del Deporte Jossimar
Calvo por iniciativa del Presidente de la República5.
Autor: Felipe Fabián Orozco Vivas – Partido de La
U.
6. (2015-2017 Llegó a ser aprobado en
primer debate, pero se archivó por tránsito de
legislatura), por medio del cual se modican la Ley
181 de 1995, la Ley 1445 de 2011 y se dictan otras
1 https://congresovisible.uniandes.edu.co/proyectos-
de-ley/por-medio-del-cual-se/1090/
2 https://congresovisible.uniandes.edu.co/proyectos-
de-ley/por-medio-del-cual-se/1245/
3 https://congresovisible.uniandes.edu.co/ele-
spectador/proyectos-de-ley/por-medio-del-cual-
se/1544/#tab=2
4 https://congresovisible.uniandes.edu.co/proyectos-
de-ley/por-la-cual-se-transforman-los-clubes-deporti-

1995-y-se-dictan-otras-disposiciones/5920/#tab=2
5 https://www.laopinion.com.co/deportes/ley-del-
deporte-al-congreso-96088#OP
G 307 Viernes, 22 de marzo de 2024 Página 3
disposiciones. [Deportistas de alto rendimiento]6.
Autor: Armando Benedetti Villaneda.
II. OBJETO Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
       
     


reglamentar y garantizar el derecho a la práctica
de la actividad física, la recreación, la educación
física y el deporte, a través de la integración y la
articulación intersectorial en favor del bienestar de
los habitantes del territorio nacional para lograr que
la ciudadanía sea más activa físicamente, generando
hábitos de vida saludables, bienestar físico y mental,
así como el desarrollo de atletas de alto rendimiento
que representen al país a nivel internacional.
III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Contexto general
Con la entrada en vigencia de la Constitución
Política de Colombia del año 1991 el deporte
tuvo un gran avance porque se le reconoció como
       
 
su práctica. Por lo anterior, el Congreso de la
República expidió la Ley 181 de 1995, la cual en
su momento se presentó como una gran novedad
para el fortalecimiento del deporte, la recreación y
el aprovechamiento del tiempo libre como derecho
para lo cual fue necesario reglamentar la ley a través
del Decreto Ley 1228 de 1995.
Dicha norma se destacó por la creación del
Sistema Nacional del Deporte el cual se encargó de
fortalecer el deporte asociado estableciendo unos
     
mismo, se encargó de dar las bases para la recreación
y el disfrute del tiempo libre, elementos que forman
parte integral de un desarrollo y bienestar del ser
humano incluyendo a los niñas y niños de Colombia.
Pese a ello, la Ley 181 de 1995 y su decreto
reglamentario quedaron cortos en desarrollar algunos
temas con relación a la recreación, la actividad física
y la gobernanza en el deporte asociado, falencia que
en la actualidad conlleva que el deporte asociado
     
por lo que se hace necesario legislar frente a estas
falencias.
Aunado a lo anterior, es evidente el retraso que
ha venido presentando el deporte paralímpico en
su desarrollo deportivo y administrativo, y es así
que hasta 2019 se expidió la Ley 1946 de 2019,
adecuándose a la normatividad internacional y hasta
el año 2021 se reglamentó.
De igual forma, el deporte colombiano
creció a nivel internacional, obteniendo grandes
triunfos en certámenes internacionales del ciclo
6 https://congresovisible.uniandes.edu.co/proyectos-

1995-la-ley-1445-de-2011-y-se-dictan-otras-disposicio-
nes-deportistas-de-alto-rendimiento/8117/
olímpico, paralímpico y campeonatos mundiales,
que posicionan a Colombia, como una de las
potencias de América en materia de deporte. Por
lo que el Estado debe propender por el fomento
de la actividad física entre la sociedad colombiana
que circunstancialmente genere más atletas de
rendimiento y alto rendimiento con todas sus
garantías como profesionales en su deporte.
Justicación de la iniciativa
La presente ley busca generar una normatividad
que permita un desarrollo equilibrado y sostenible
del deporte y la recreación, teniendo como principios
la inclusión social y participación democrática de
todos los ciudadanos, mejorando con ello la calidad
de vida de la población colombiana y desarrollando
el deporte, como factor de integración nacional,
contribuyendo a la generación de empleo y la
reducción de la desigualdad.
Asimismo, se pretende que el deporte se convierta
en el vehículo conductor del desarrollo de habilidades
sociales tendientes a estimular la convivencia,
brindar la oportunidad para la competencia, pero
promoviendo valores como la solidaridad, el trabajo
en equipo y la no discriminación en la población
colombiana, observando la necesidad de adecuarlo
a un contexto de paz en el cual debemos construir
una nueva forma de vernos como sociedad.
Además, es pertinente fortalecer el deporte
formativo en la primera infancia, infancia y
adolescencia los cuales, si tienen unas bases sólidas,
ayudarán a la consecución de grandes logros no solo
para el fortalecimiento del deporte profesional y de
alto rendimiento, sino también para la promoción
de hábitos de vida saludables que propendan por la
mejoría de la salud mental y física de las personas,
teniendo así, una población más activa.
El fomento y desarrollo de la recreación, la
actividad física, el deporte formativo y el deporte
social/comunitario cumplen una función esencial en
la consecución del libre desarrollo de la personalidad
dentro de un marco participativo-recreativo, en el
cual, el individuo revela su dignidad ante sí mismo
y ante la sociedad, constituyéndose un derecho
fundamental en conexidad con el libre desarrollo de
la personalidad.
Con una ley que tiene una vigencia de más de

sector deporte, la pandemia del Covid-19, nuevos
paradigmas internacionales, la creciente demanda
nacional y las crecientes necesidades locales es
necesaria una actualización de la normatividad
deportiva, la recreación y la actividad física.
Actividad física para la promoción de la salud
física y mental
        
paradigma de la Producción Social de Salud
(PSS), se propuso una nueva teoría basada en los
principios de la complejidad de Edgar Morín7
7 Édgar Morín. Introducción al pensamiento comple-
jo. Gedisa, 1998.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR