Ponencia para primer debate en la Cámara de Representantes, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 197 de 2023 Cámara, por el cual se promueve la generación de Empleos Verdes en el sector público y privado y se dictan otras disposiciones - 7 de Noviembre de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 972412926

Ponencia para primer debate en la Cámara de Representantes, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 197 de 2023 Cámara, por el cual se promueve la generación de Empleos Verdes en el sector público y privado y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación07 Noviembre 2023
Número de Gaceta1538
G 1538 Martes, 7 de noviembre de 2023 Página 11
centros, a través de los cuales se garantiza el soporte
nutricional, actividades educativas, recreativas,
culturales y ocupacionales y los demás servicios
mínimos establecidos en la presente ley.
Los Centros de Vida estarán bajo la inspección,
vigilancia y control de la Superintendencia de
Salud y las Secretarías de Salud de las entidades
territoriales a su cargo u organismo que haga sus
veces. La Superintendencia de Salud tendrá la
facultad de sancionar a aquellas instituciones que
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Artículo 7º. Adiciónese un parágrafo al artículo
9° de la Ley 1276 del 2009 el cual quedará así:
Artículo 9°. Adopción. En el acuerdo del Concejo
Municipal, o distrital, en donde se establezca la
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de los Centros de Vida, anteriormente contempladas,
estableciendo aquellos servicios que como mínimo se
garantizarán a la población objetivo, de acuerdo con
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Parágrafo 1°. A través de una amplia convocatoria,
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de acuerdo con los parámetros anteriormente
establecidos conformando la base de datos inicial
para la planeación de los Centros de Vida.
Parágrafo 2°. De acuerdo con los recursos
disponibles y las necesidades propias de la entidad
territorial, podrán establecerse varios Centros de
Vida, estratégicamente ubicados en el perímetro
municipal, que, operando a nivel red, podrán
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objetivo con un mínimo de desplazamientos.
Parágrafo 3°. El Gobierno nacional a través de
la Superintendencia de Salud, coordinará con las
entidades territoriales los planes de mejoramiento
continuo, inspección, vigilancia y control de los
Centros de Vida que permitan garantizar un servicio
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Artículo . Adiciónese el artículo 11 a la Ley
1276 del 2009 el cual quedará así:
Artículo 11. El Gobierno nacional contará con un
periodo de un año, en el cual deberá implementar
estrategias oportunas de vigilancia y supervisión de
las entidades aquí asignadas, deberá también, asignar
las sanciones correspondientes a aquellos que
incumplan o incurran en faltas en el incumplimiento
de los servicios que la ley establece para la población
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Artículo 9º. Adiciónese el artículo 13 a la Ley
1276 del 2009 el cual quedará así:
Artículo 13. La presente ley rige a partir de
su promulgación y deroga las disposiciones en
contrario.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 197 DE 2023
CÁMARA
por el cual se promueve la generación de Empleos
Verdes en el sector público y privado y se dictan
otras disposiciones.
Bogotá, noviembre de 2023
Honorable Representante
MARÍA EUGENIA LOPERA MONSALVE
Presidente
Comisión Séptima Constitucional
Cámara de Representantes.
Asunto. Ponencia para primer debate en la
Cámara de Representantes al Proyecto de Ley
número 197 de 2023, por el cual se promueve la
generación de Empleos Verdes en el sector público
y privado y se dictan otras disposiciones.
Respetada Presidente,
En mi condición de ponente del mencionado
proyecto, me permito presentar ponencia para
primer debate en los siguientes términos:
Número del pro-
yecto de ley Proyecto de Ley número 197 de 2023
Título
Por el cual se promueve la generación
de trabajos verdes en el sector públi-
co, privado y popular, y se dictan otras
disposiciones.
Autores
Honorables Representantes: Pedro
José Suárez Vacca, Mary Anne Andrea
Perdomo, Eduard Giovanny Sarmiento
Hidalgo, Agmeth José Escaf Tijerino,
Jorge Hernán Bastidas Rosero, Alirio
Uribe Muñoz, Jorge Alejandro Ocam-
po Giraldo, Gabriel Becerra Yáñez,
Heráclito Landínez Suárez, Gabriel
Ernesto Parrado Durán, Etna Támara
Argote Calderón.
Ponentes Honorable Representante, Juan Carlos
Vargas Soler.
Ponencia 
TABLA DE CONTENIDO
1. Consideraciones generales.
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 
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6. Proposición.
7. Texto propuesto.
1. Consideraciones generales
1.1. Antecedentes del proyecto
El Proyecto de Ley número 197 de 2023, por
el cual se promueve la generación de Empleos
Verdes en el sector público y privado y se dictan
otras disposiciones, fue radicado el 5 de septiembre
de 2023 y publicado en la Gaceta del Congreso
número 1259 de 2023, bajo autoría de los honorables
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Representantes, Pedro José Suárez Vacca,
Mary Anne Andrea Perdomo, Eduard Giovanny
Sarmiento Hidalgo, Agmeth José Escaf Tijerino,
Jorge Hernán Bastidas Rosero, Alirio Uribe Muñoz,
Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, Gabriel Becerra
Yáñez Heráclito Landínez Suárez, Gabriel Ernesto
Parrado Durán, Etna Támara Argote Calderón.
El día 27 de septiembre del 2023, la Mesa
Directiva de la Comisión Séptima Constitucional

único al honorable Representante Juan Carlos
Vargas Soler.
1.2. Objetivo del proyecto
La presente ley busca promover la generación
de trabajos y Empleos Verdes en los sectores
público, privado y de la economía popular, con
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responsabilidad social y ambiental para promover
la protección del ambiente, la inclusión laboral, los
ingresos dignos, la seguridad en el lugar de trabajo,
la reproducción de la vida, y el mejoramiento de las
condiciones de vida para las familias.
2. Justicación del proyecto de ley
En esta ponencia se parte del reconocimiento
de la existencia de un sistema de economía mixta
(privada-capitalista, pública-estatal y popular-
solidaria) que hace parte de un sistema social y
ambiental más amplio.
Tal como lo expresa Vargas Soler, el subsistema
de la economía privada-capitalista:
Aparece como hegemónica en el sistema
capitalista y se caracteriza porque sus organizaciones
(las empresas, conglomerados y redes capitalistas)
son gestionadas por el capital privado siguiendo una
lógica de reproducción ampliada del capital o de
acumulación. No obstante, también produce valores
de usos (productos sociales) que son potenciales
para la satisfacción de necesidades. Para ello
utiliza trabajo, del cual extrae excedentes que son
apropiados por sus organizaciones y reinvertidos en

continuar con su proceso de reproducción, utilizando
la institución mercantil como integradora social. En
este proceso participa tanto el capital concurrencial
(tomador de precios) como el monopólico u
  
carácter, tiene la capacidad de extraer plusvalores no
solo de la esfera de la producción (del trabajo) sino
también de la esfera de la circulación a través del
mecanismo de precios y de las relaciones asimétricas
de poder que establece tanto con las organizaciones
capitalistas tomadoras de precios como con los otros
subsistemas. Adicionalmente, en dicho subsistema
si bien se remunera y utiliza a la fuerza de trabajo
para producir valores (de cambio y de uso) no la
produce, ni la reproduce, pues estos procesos de
producción y reproducción de la fuerza de trabajo
se dan fundamentalmente al interior de las células
del subsistema de economía popular: las unidades
domésticas y sus extensiones (emprendimientos
familiares, asociaciones, cooperativas, mutuales,
redes, etc.). (Vargas, J. C. (2010). Reestructuración
económica (…). (Trabajo de grado). Universidad
Nacional de General Sarmiento UNGS. Buenos
Aires, Argentina).
Por otra parte, según Vargas Soler (2010) la
economía pública-estatal opera bajo las lógicas de
la reproducción del poder político y la legitimación
   
2007b). Ella se organiza con base a unidades jurídico-

transferencias y acciones – a través de mecanismos
como el gasto social– atendiendo a principios como
el de la redistribución y el plan, y contribuye tanto a
la reproducción ampliada del capital (directamente
a través de la inversión estatal e indirectamente a
través del consumo estatal) como a la reproducción
de la fuerza de trabajo. También contribuye al
producto social y al proceso de satisfacción de
necesidades a través de organizaciones público-
estatales productoras de bienes y/o servicios. En
ese sentido, es funcional tanto a la reproducción
ampliada del capital como de la reproducción
ampliada de la vida. (Vargas, J. C. (2010). Re-
estructuración económica (…). (Trabajo de grado).
Universidad Nacional de General Sarmiento UNGS.
Buenos Aires, Argentina).
La economía popular, según Vargas Soler (2010),
por su parte, constituye un conjunto de relaciones,
recursos, actividades, instituciones y organizaciones
populares que operan en torno a la satisfacción de
necesidades de sus integrantes, bajo la lógica de la
reproducción de la vida (Coraggio: 1998, 2007a)1.
Según Coraggio (2007c: 34-35) citado por Vargas
Soler (2010), esa reproducción se realiza utilizando
tanto los medios de producción y vida (tierra,
hábitat, etc.) como el Fondo de Trabajo (conjunto
de energías, disposiciones y capacidades manuales
e intelectuales para trabajar) de las Unidades
     
estas como las organizaciones económicas de la
economía popular –fundadas sobre relaciones
de parentesco y principios de reciprocidad- que
1 Una conceptualización similar a la de Coraggio realizan
Sarria & Tiribia (2003, p. 173) para quienes “la econo-
mía popular es el conjunto de actividades económicas y
prácticas sociales desarrolladas por los sectores popula-
res con miras a garantizar a través de la utilización de su
propia fuerza de trabajo y de los recursos disponibles, la
satisfacción de las necesidades básicas tanto materiales
como inmateriales.

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