Ponencia para primer debate en la comisión séptima constitucional permanente de la Cámara de representantes al proyecto de ley número 260 de 2020 Cámara, por la cual se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras disposiciones - 17 de Noviembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900359115

Ponencia para primer debate en la comisión séptima constitucional permanente de la Cámara de representantes al proyecto de ley número 260 de 2020 Cámara, por la cual se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación17 Noviembre 2020
Número de Gaceta1320
Tipo de documentoColombian History Events
Página 8 Martes, 17 de noviembre de 2020 Gaceta del Congreso 1320
También, podrán permitir temporalmente que, la producción sea realizada por terceros
mediante la suscripción de contratos adjudicados mediante licitación pública, en los
términos del artículo 8 de la presente ley.
P
P
A
A
R
R
Á
Á
G
G
R
R
A
A
F
F
O
O
. Los cabildos indígenas y asociaciones de cabildos indígenas legalmente
constituidos y reconocidos por el Ministerio del Interior en virtud de su autonomía
constitucional, continuarán la producción de sus bebidas alcohólicas tradicionales y
ancestrales para su propio consumo, máxime cuando se empleen en el ejercicio de su
medicina tradicional. Estas prácticas formarán parte de sus usos, costumbres, cosmovisión y
derecho mayor.
Los miembros de las comunidades negras, raizales y palenqueras y sus Consejos
Comunitarios legalmente constituidos y reconocidos por el Ministerio del Interior,
continuarán con la producción de las bebidas alcohólicas tradicionales y ancestrales en el
marco de sus usos, costumbres y cosmovisión”.
A
A
R
R
T
T
Í
Í
C
C
U
U
L
L
O
O
1
1
0
0
.
.
P
P
A
A
R
R
T
T
I
I
C
C
I
I
P
P
A
A
C
C
I
I
Ó
Ó
N
N
D
D
E
E
L
L
A
A
S
S
C
C
O
O
M
M
U
U
N
N
I
I
D
D
A
A
D
D
E
E
S
S
.
.
Lo dispuesto en la presente ley deberá
implementarse conforme a los derechos que le son propios a las comunidades étnicas
conforme a lo dispuesto en la ley 70 de 1993.
En todas las etapas reglamentarias, administrativas y de aplicación de la ley, se garantizará
la participación de las comunidades étnicas involucradas.
A
A
R
R
T
T
Í
Í
C
C
U
U
L
L
O
O
1
1
1
1
.
.
V
V
I
I
G
G
E
E
N
N
C
C
I
I
A
A
.
.
La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción, promulgación
y publicación.
Atentamente,
C
C
A
A
R
R
L
L
O
O
S
S
J
J
U
U
L
L
I
I
O
O
B
B
O
O
N
N
I
I
L
L
L
L
A
A
S
S
O
O
T
T
O
O
K
K
E
E
L
L
Y
Y
N
N
J
J
O
O
H
H
A
A
N
N
A
A
G
G
O
O
N
N
Z
Z
Á
Á
L
L
E
E
Z
Z
Coordinador Ponente Coordinador Ponente
C
C
H
H
R
R
I
I
S
S
T
T
I
I
A
A
N
N
J
J
O
O
S
S
É
É
M
M
O
O
R
R
E
E
N
N
O
O
D
D
A
A
V
V
I
I
D
D
R
R
I
I
C
C
A
A
R
R
D
D
O
O
R
R
A
A
C
C
E
E
R
R
O
O
Coordinador Ponente Ponente
8
8
.
.
R
R
E
E
F
F
E
E
R
R
E
E
N
N
C
C
I
I
A
A
S
S
.
.
Meza, Gorkys & Palacios. La ruta del viche. Producción, circulación, venta y consumo del
destilado en el litoral Pacífico colombiano. Informe No. 11. ICANH- Universidad del pacífico.
Filipo Ernesto Burgos (2019). Intervención Universidad Externado de Colombia, Sentencia
C-480 de 2020. Bogotá. Obtenida de:
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/C-480-19.htm
Corte Constitucional (2019) Sentencia C-480 de 2020. M.P: Alberto Rojas Ríos. Bogotá.
Juan David Gómez (2016). Viche, arrechón, tumbacatre: una breve guía a las bebidas
tradicionales del Pacífico. Revista Arcadia. Obtenido de:
https://www.revistaarcadia.com/agenda/articulo/viche-arrechon-tumbacatre-una-breve-
guia-a-las-bebidas-tradicionales-del-pacifico/77143/#
Liliana Martínez (2019) El viche: un destilado que representa el triunfo de una tradición. El
Tiempo. Obtenido de: https://www.eltiempo.com/cultura/gastronomia/biche-es-un-
destilado-colombiano-por-descubrir-425496 consulta hecha el 22 de julio de 2020.
Euromonitor International (2017). Obtenido de: http://www.euromonitor.com/.
Consejo de Estado (2019). Sentencia 02830, Sala Plena Contenciosa Administrativa. M.P.:
Carlos Enrique Moreno rubio. Bogotá.
Andrés Ramírez Urbano (2019). Trabajo de grado: Evaluación de la denominación de origen
como alternativa para la protección y promoción del Viche/biche de las comunidades
negras del pacífico Colombiano. Universidad del Valle.
Colectivo Destila Patrimonio (2018) Manifiesto de protección y conservación de la
destilación del viche como práctica ancestral.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
EN LA COMISIÓN SÉPTIMA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE DE
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 260 DE 2020
CÁMARA
por la cual se regulan los procedimientos médicos
y quirúrgicos con nes estéticos y se dictan otras
disposiciones.
C
ÁMARA DE
R
EPRESENTANTES
1
D
OCTOR
F
ABER
M
UÑOZ
V
ICEPRESIDENTE
C
OMISIÓN
S
ÉPTIMA
C
ONSTITUCIONAL
P
ERMANENTE
C
ÁMARA DE
R
EPRESENTANTES
Asunto: Ponencia para primer debate en la Comisión Séptima Constitucional
Permanente de la Cámara de Representantes al proyecto de ley No 260
de 2020 Cámara “Por la cual se regulan los procedimientos médicos y
quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras disposiciones”
Respetado Sr. Vicepresidente,
En condición de ponentes del proyecto de la referencia, nos permitimos presentar ponencia
para primer debate en los siguientes términos:
Número proyecto de ley
260/2020 Cámara
Título
“por la cual se regulan los procedimientos médicos y
quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras
disposiciones”
Autores
Representantes: Margarita María Restrepo Arango, Jairo
Cristancho Tarache, Carlos Eduardo Acosta Lozano y José
Luis Correa.
Ponentes
Representantes: Juan Diego Echavarría Sánchez
(Coordinador) y Jairo Cristancho Tarache.
Ponencia
Positiva
Gacetas
Proyecto de ley
Gaceta del Congreso 698 de 2020
C
ÁMARA DE
R
EPRESENTANTES
2
1. O
B J E T O D E L P R O Y E C T O
El presente proyecto de ley tiene por objeto regular la práctica de los procedimientos médicos
y quirúrgicos que tengan fines estéticos y establecer disposiciones sobre registros, insumos
y medicamentos con el fin de proteger la salud y la vida de los pacientes.
2. A
N T E C E D E N T E S D E L P R O Y E C T O
Radicación
El Congreso de la República ha intendado regular el objeto de la presente iniciativa. En 2012,
conforme lo señalan los autores1, el Senador Juan Francisco Lozano y el Representante
Didier Burgos Ramírez radican el proyecto “Por medio de la cual se reglamenta el ejercicio
de la cirugía plástica, estética y reconstructiva en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Le sigue a este proyecto otra iniciativa con el mismo propósito presentada por Jorge Iván
Ospina y Oscar Mauricio Lizcano. En 2016 se presenta el Proyecto de ley 186/2016 Cámara
“Por medio del cual se reglamenta el ejercicio de la cirugía plástica estética y las
especialidades médico quirúrgicas con competencias formales en procedimientos médicos y
quirúrgicos estéticos en Colombia y se dictan otras dispociones” a iniciativa de la
Representante Margarita Restrepo. En 2016 intenta nuevamente adelantar el trámite
legislativo como iniciativa parlamentaria y del del Ministro de Salud y Protección Social, Dr.
Alejandro Gaviria Uribe y Ministro de Educación de Nacional (E) Francisco Cardona Acosta.
En 2019 se radica ante la Cámara de Representante el Proyecto de ley 142/2019 “Por la cual
se regulan los procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras
disposiciones” de autoría de los Representantes Margarita Restrepo Arango y Jairo Giovanny
Cristancho, el cual fue archivado por no surtirse el primer debate en su primer año.
3. C
O N S I D E R A C I O N E S
La cirugía plástica es conocida como una especialidad que pretende corregir defectos
funcionales y reconstruir partes del cuerpo; conforme lo señalan los autores en la exposición
1 Exposición de motivos del PL
260 de 2020 Cámara “Por la cual se regulan los procedimientos
médicos y quirúrgicos con fines estéticos y se dictan otras disposiciones”. Gaceta 698 del 12 de agosto
de 2020.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR