Ponencia para primer debate al proyecto de ley 179 de 2003 cámara - 23 de Abril de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451272446

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 179 de 2003 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 179 DE 2003 CÁMARA. para la protección de la cobertura vegetal, la producción de aguay la producción de oxígeno.

Doctor

LUIS ENRIQUE DUSSAN LOPEZ

Presidente

Comisión Quinta Constitucional

Cámara de Representantes.

Respetado señor Presidente:

Estamos presentando ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 179 de 2003 Cámara, para la protección de la cobertura vegetal, la producción de agua y la producción de oxígeno.

Lo anterior en conformidad con el reglamento del Congreso de la República, establecido en la Ley 5ª de 1992.

Agradecemos la importante misión que nos concede la honorable Mesa Directiva de la Comisión para rendir ponencia a este importante proyecto de ley para el país.

Cordialmente,

Eleonora María Pineda, José María Imbett B., honorables Representantes. PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 179 DE 2003 CAMARA

para la protección de la cobertura vegetal, la producción de agua y la producción de oxígeno.

Después de estudiar este proyecto de ley donde las autoras pretenden en su articulado dar un espíritu y objetivo central, en procura de mejorar y aumentar la cobertura boscosa de Colombia, involucrando a todo el país, concientizando y comprometiendo a cuidar la maza vegetal, con el lógico propósito que esto desencadena en la conservación de las fuentes de agua y la producción de oxígeno. Consideramos este proyecto novedoso para el país y en el desarrollo de su articulado expresan la preocupación existente por la tala indiscriminada de los bosques nativos y de la selva húmeda tropical, donde organismos internacionales y la misma Contraloría General de la Nación en sus informes anuales advierten los avances de la frontera agrícola sin ninguna acción concreta por parte del Estado colombiano. Hasta el momento las políticas gubernamentales no han sido satisfactorias para detener o incentivar en este caso, el nefasto futuro por la contaminación, la desertización, la pérdida de producción de la capa vegetal, la deforestación, la desecación de las fuentes naturales de agua, la contaminación atmosférica, que han ayudado al calentamiento global de nuestro planeta. Creemos que con la protección de la cobertura vegetal, sí, sería una formula eficaz para evitar una catástrofe a la que nos veremos abocados si no tomamos medidas severas para evitar que se siga a ritmos acelerados en la destrucción de la vida natural.

Proteger las fuentes de agua, tener responsables sobre los proyectos forestales, reforestar dando prioridad a las especies nativas, crear mecanismos para proteger los bosques nativos, comprometer a todos los colombianos en un proceso de revegetalización de sus predios, son medidas que resultan necesarias si los legisladores tenemos en cuenta que Colombia es uno de los países más ricos del mundo en biodiversidad de fauna y flora y que infortunadamente también ocupábamos los primeros lugares en producción natural de agua, lamentablemente cada día, aproximadamente se secan dos arroyos diarios en nuestro país. Debemos a toda costa evitar que siga el deterioro ambiental de Colombia.

Los autores exponen la necesidad de adelantar un Plan forestal para cumplir los objetivos del titulado del proyecto, ligado a producción forestal, organizado por medio de un Conpes y comprometiendo a varias entidades como el Ministerio de Agricultura, del Ambiente y entidades encargadas de diseñar las políticas de este gran proyecto, para poder adelantar un programa serio por parte del Gobierno y sus ciudadanos en materia ambiental.

Para terminar, nos permitimos presentar a la honorable Comisión Quinta apartes de la presentación de la Contraloría General de la Nación, Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente 2002 de 2003, demostrado por el doctor Antonio Hernández Gamarra Contralor Nacional, al Congreso de la República en su informe por mandato constitucional el año anterior.

\"Según la normatividad vigente, compete a los órganos de control llamar la atención a las autoridades ambientales y a las propias agencias contaminadoras, sobre el incumplimiento de sus deberes ambientales y, eventualmente, dar traslado a las autoridades disciplinarias para que adelanten las investigaciones que puedan conducir a sanciones por incumplimiento de las normas. Pero, desde el punto de vista fiscal, no existe posibilidad efectiva, en el caso del medio ambiente, de adelantar un juicio de responsabilidad fiscal contra quienes, por acción u omisión, le han causado detrimento al patrimonio público. Aquí está el gran reto para el desarrollo normativo del control fiscal ambiental hacia el futuro. Se trata no solo de verificar el cumplimiento por las entidades estatales de sus obligaciones ambientales, sino de tener la capacidad de exigirles el resarcimiento del perjuicio que le causan a la sociedad a causa de acciones que conducen al deterioro ambiental o al mal uso de los recursos naturales.

Con este informe le formulamos una respetuosa invitación al honorable Congreso, para reflexionar sobre temas como este, a fin de que más allá de la necesaria labor educativa y de promoción de mejores prácticas ambientales, los órganos de control puedan contar con herramientas eficaces para defender el patrimonio público ambiental. Una normativa seria, clara y rigurosa haría más pertinente el compromiso de los órganos de control con la preservación de los recursos naturales en beneficio del futuro de nuestra sociedad\" (sic).

Por todo lo expuesto anteriormente solicitamos a los honorables compañeros de la Comisión Quinta dar el primer debate al Proyecto de ley número 179 de 2003 Cámara, para la protección de la cobertura vegetal, la producción de agua y la producción de oxígeno.

Cordialmente,

Eleonora María Pineda, José María Imbett, honorables Representantes a la Cámara. PONENCIA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY

para la protección de la cobertura vegetal, la producción de agua y la producción de oxígeno.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

CAPITULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 4
Artículo 1º

El programa forestal. Con el fin de revertir el deterioro de la cobertura forestal del país, promover la generación de agua, coadyuvar en el proceso productivo agrícola, colaborar con la preservación de especies nativas vivas, proteger y mejorar los suelos, reducir la erosión de los terrenos, incrementar el intercambio de dióxido de carbono y la fijación del nitrógeno, se adelantará, a nivel nacional, un programa de repoblación forestal que se someterá a las disposiciones generales de la presente ley.

Artículo 2º Diseño y aprobación del programa. El Ministerio de Agricultura conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación tendrá la misión de diseñar el Programa Forestal con base en los lineamientos de la presente ley y lo presentarán al Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, para su aprobación.

En las sesiones del Conpes en las que se someta a discusión el Programa Forestal, participarán como invitados dos...

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