Ponencia para primer debate al proyecto de ley 064 de 2003 cámara - 4 de Junio de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451273794

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 064 de 2003 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 064 DE 2003 CÁMARA. por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la profesión de Psicólogo y se dictan otras disposiciones.

Honorables Representantes:

Nos ha correspondido rendir ponencia de primer debate al Proyecto de ley número 064 de 2003 Cámara, por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la profesión de Psicólogo y se dictan otras disposiciones, iniciativa de origen Parlamentario, presentada al Congreso de Colombia por el honorable Senador Mauricio Jaramillo Martínez y Luis Carlos Delgado Peñón.

Antecedentes y objetivos del proyecto de ley

Desde la creación de la facultad de Psicología en Colombia para el año de 1947, en la Universidad Nacional de Colombia, esta importante carrera se ha extendido por todo el territorio Colombiano, como ciencia que estudia las facultades del alma humana. Su reconocimiento legislativo se produjo con la expedición de la Ley 58 de 1983.

Es menester actualizar en lo que a su reglamentación se refiere el ejercicio profesional de acuerdo a los parámetros constitucionales y legales, teniendo en cuenta la incorporación del Código Deontológico y Bioético con el fin de que las conductas de estos profesionales se adecue a lo establecido en él y por otra parte darle cumplimiento al artículo 26 en lo que se refiere a otorgarle funciones públicas al Colegio Nacional de Psicólogos.

La psicología como área del conocimiento de las ciencias sociales, estudia el comportamiento humano con connotación e impacto en la salud de las personas producido muy especialmente por la situación de violencia y desplazamiento de ciertas comunidades colombianas. Hay que tener en cuenta que en cualquier modelo de intervención de violencia en cualquiera de sus manifestaciones es necesario contemplar las variables psicológicas asociadas a ella.

La psicología como disciplina científica que estudia los procesos de desarrollo cognoscitivo, emocional, social y de la personalidad en el niño, el adolescente, el adulto, y el anciano, para orientar el campo de acción del sector educativo y también muchos campos de acción del sector salud donde la mente y la conducta tienen ingerencia, bien sea para prevenir, diagnosticar o intervenir en los afectados, para propender por el logro de un óptimo desarrollo del potencial humano del país.

La psicología al apropiarse del nuevo paradigma de la complejidad, está empezando a estudiar a la persona como un sistema complejo adaptativo que recibe, procesa, manipula y registra la información tanto interna como externa, de manera explícitas e implícitas, para emitirla en transformación de su contexto y en conductas adaptadas a su reproducción y sobrevivencia, impulsando la evolución cultural como mecanismo de su autorrealización plena. Dentro del contexto globalizado del siglo XXI, este nuevo modelo de ser humano, sus competencias y sus complejidades, trae también responsabilidades éticas ineludibles en las complejas interacciones de las redes de relaciones para la protección de la vida humana, de la vida en la biosfera, de la calidad de vida de las instituciones y sociedades creadas por el hombre, de la calidad de la vida mental y la salud mental.

Las neurociencias, las ciencias cognitivas y las ciencias humanas y sociales se están integrando para construir una cosmovisión unificada basada en el paradigma de la complejidad donde el hombre y su conciencia de las cosas puede tomar decisiones en las bifurcaciones del camino, consultando las interrelaciones entre los eventos de los diferentes niveles de análisis, proyectándose en la fantasía y la creatividad hacia escenarios futuros y construyendo una cultura a escala humana para aprovechar mejor nuestra herencia genética y nuestras potencialidades emergentes.

La psicología es el punto central del nudo, la persona humana que funciona y produce cultura, el punto donde se interrelacionan todos los otros niveles de análisis, donde se integran todas las redes de relaciones en la consciencia que se auto observa y se auto regula.

En síntesis, el presente proyecto es viable desde el punto de vista constitucional y legal y es importante resaltar que se está tramitando un proyecto de ley, el cual será debatido próximamente en el Senado de la República, referente al recurso humano en salud, cobijando a todos los profesionales de la salud, que va en armonía con el objeto de estudio del presente proyecto de ley.

Por otro lado, la Constitución Política de 1991 consagró la salud como un derecho fundamental para las personas y la colectividad y se define como un servicio público que garantice el acceso de todos los habitantes de Colombia a la promoción, protección y recuperación. Igualmente consagra como principios que fundamentan este servicio la eficiencia, la universalidad y la solidaridad.

En el mundo moderno el ejercicio de las profesiones y, de manera especial, el de las relacionadas con la salud y dentro de estas no obstante de su carácter social, su connotación es de coadyuvar a la salud de los seres humanos, se impone su dimensión ética como un aporte para la garantía de la equidad y de una tranquila convivencia social. Nada hay que impacte más sobre el ser humano que su estado de salud. El mantenimiento de la salud tiene efectos positivos y el deterioro de la salud tiene efectos negativos.

En la búsqueda del mantenimiento y recuperación de la salud, participan varias disciplinas y profesiones que deben ofrecer su concurso dentro de un marco claro de normas y procedimientos que produzcan como resultado una tarea asistencial, integral, idónea, humana, armónica, coherente y práctica. El aporte de la psicología dentro de este contexto constituye uno de los más valiosos servicios que una persona puede desarrollar en beneficio de otro.

El artículo 26 de la Carta Política, consagra la libertad de escogencia de profesión u oficio, pero esta libertad está sujeta a la exigencia de títulos de idoneidad. Es también un mandato constitucional que las autoridades competentes inspeccionen y vigilen el ejercicio de las profesiones.

Nos parece oportuno, para el proyecto objeto de estudio, traer a colación apartes de la sentencia C-606 de 1992, donde se expresa que la expedición de códigos de ética profesional, deben tener rango de ley¿

\"¿la norma que limita un derecho fundamental, como lo hace por ejemplo un Código de ética profesional, tiene que tener rango de ley, pues estamos en este caso frente a una de las más importantes garantías normativas del sistema de protección a los derechos fundamentales en nuestro país (...) lo anterior no significa que toda cuestión que se relacione de una u otra manera con la libertad de escoger profesión u oficio deba ser regulada por ley: ello dependerá de si la norma afecta o no el ejercicio de un derecho fundamental¿\"

El Código de ética que debe garantizar el debido proceso y \"¿ha de ser público, positivo y explícito, en el que se consagren claramente las acciones que son consideradas como causa de una sanción, el procedimiento que ha de aplicarse frente a una determinada conducta y la autoridad competente para juzgar y aplicar la sanción.\"

Finalmente, de acuerdo a nuestro estudio colegimos que hay que ajustar el ejercicio profesional de los psicólogos al ordenamiento jurídico vigente como lo es la Constitución Política de 1991 con fundamentos bioéticos en su quehacer profesional.

Con las anteriores consideraciones solicitamos a los honorable Representantes dese primer debate al Proyecto de ley número 064 de 2003 Cámara, por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la profesión de psicólogo y se dictan otras disposiciones junto con el pliegode modificaciones que nos permitimos anexar.

Vuestra Comisión,

Alonso Acosta Osio, Representante a la Cámara, departamento del Atlántico.

Eiber Navarro Piedrahíta, Representante a la Cámara, departamento del Valle.

PLIEGO DE MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LEY 064 DE 2003 CAMARA

por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la profesión de Psicólogo y se dictan otras disposiciones.

El Título del Proyecto de ley 064 de 2003 Cámara, quedará así:

PROYECTO DE LEY NUMERO 064 DE 2003 CAMARA

por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Psicología, y se dicta el Código de Bioética y otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Se adiciona un título que pasará a ser el primero al Proyecto de ley 064 de 2003 Cámara y quedará así:

TITULO I Artículo 1

DE LA PROFESION DE PSICOLOGIA

Se adiciona un artículo que pasará a ser el 1° del Proyecto de ley número 064 de 2003 Cámara y quedará así:

Artículo 1º Definición

La psicología es una ciencia sustentada en la investigación y una profesión que estudia los procesos de desarrollo cognoscitivo, emocional y social del ser humano, desde la perspectiva del paradigma de la complejidad, con la finalidad de propiciar el desarrollo del talento y las competencias humanas en los diferentes dominios y contextos sociales tales como: la educación, la salud, el trabajo, la justicia, la protección ambiental, el bienestar y la calidad de la vida. Con base en la investigación científica fundamenta sus conocimientos y los aplica en forma válida, ética y responsable en favor de los individuos, los grupos y las organizaciones, en los distintos ámbitos de la vida individual y social, al...

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