Ponencia para primer debate al proyecto de ley 196 de 2005 cámara - 8 de Junio de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451300130

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 196 de 2005 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 196 DE 2005 CÁMARA. Pliego de Modificaciones y Texto Propuesto por la cual se modifica el numeral 1 y se adiciona un parágrafo al artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo.

Bogotá, D. C., 6 de junio de 2006

Doctor MIGUEL ANGEL DURAN GELVIS

Presidente

Honorable Comisión Séptima

Cámara de Representantes

E. S. M.

Asunto: Ponencia para Primer Debate al Proyecto de ley número 196 de 2005 Cámara.

Me permito presentar ponencia positiva para primer debate al Proyecto de ley número 196 de 2005 Cámara, por la cual se modifica el numeral 1 y se adiciona un parágrafo al artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo. Proyecto de ley de autoría del honorable Senador Rafael Pardo Rueda.

Cordialmente, Carlos Ignacio Cuervo Valencia, Representante a la Cámara,

Departamento de Antioquia.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 196 DE 2005 CAMARA

por la cual se modifica el numeral 1 y se adiciona un parágrafo al artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo.

El proyecto de ley objeto de la presente ponencia pretende modificar la legislación laboral Colombiana, básicamente el artículo 236 del actual Código Sustantivo del Trabajo para efectos de prolongar la licencia de maternidad en los casos de los nacimientos de neonatos prematuros y/o los niños con bajo peso al nacer (BPN).

La modificación planteada persigue entre otros objetivos compensar los problemas originados por los nacimientos antes de tiempo o llamados prematuros y de esta manera dar un trato más justo a los padres de familia de estos niños acorde con las normas constitucionales, legales e internacionales vigentes que exigen una especial protección al binomio madre e hijo menor.

La iniciativa se concreta básicamente en prolongar la licencia de maternidad de manera proporcional al número de semanas equivalentes a la diferencia entre el nacimiento a término, que es de 37 semanas, y la edad gestacional del recién nacido prematuro. Así por ejemplo, si un menor nace a las 29 semanas, es decir 8 semanas antes del término, la madre tendría 8 semanas adicionales a las vigentes, es decir 12 + 8 = 20 semanas.

El cuadro que presenta el autor en la exposición de motivos del proyecto ilustra claramente el efecto práctico de la medida, por esta razón me permito anexarlo a la presente ponencia:

Nacido a término según la OMS

Semanas de nacimiento prematuro (edad gestacional)

Diferencia de semanas

Semanas vigentes de lic. por maternidad

Total (semanas vigentes + semanas de la propuesta)

37

25

12

12

24

37

26

11

12

23

37

27

10

12

22

37

28

9

12

21

37

29

8

12

20

37

30

7

12

19

37

31

6

12

18

37

32

5

12

17

37

33

4

12

16

37

34

3

12

15

37

35

2

12

14

37

36

1

12

13

37

37

0

12

12

Sin duda los beneficios para el menor son evidentes por cuanto la norma le permitiría a la madre permanecer el tiempo faltante de la gestación al lado de su hijo, promovería la lactancia materna y además, a juicio del doctor Pantoja, según datos suministrados por el autor en la exposición de motivos, con el proyecto también se reducirán las patologías ocasionadas por el cuidado inapropiado de la persona a la que se le delega el cuidado del niño y la incidencia de enfermedades respiratorias y gastrointestinales en tales menores.

El autor del proyecto Senador Rafael Pardo, quien entre otros aspectos, a raíz del nacimiento de una de sus hijas quien fue una niña prematura con bajo peso al nacer, tuvo la oportunidad de experimentar las dificultades por las que atraviesan las madres bajo estas circunstancias, al verse privadas de la posibilidad de acompañar a sus hijos durante el periodo necesario para completar su desarrollo adecuado, lo llevaron a impulsar esta iniciativa y en la exposición de motivos del proyecto hace una serie de consideraciones importantes fundamentadas científicamente que por su importancia me permito adjuntar a la presente ponencia.

Dice el Senador que:

¿La idea de presentar este proyecto se origina de la experiencia vivida por el suscrito Senador, con motivo del nacimiento de una de sus hijas quien fue una niña prematura con bajo peso al nacer. Además, tuvo el privilegio de ser un ¿papá canguro¿ ya que su niña y toda la familia pudieron aprovechar una técnica de cuidado del niño prematuro llamada ¿Método Madre Canguro¿ (MMC).

El MMC complementa el cuidado de los recién nacidos en las unidades neonatales. Así mismo, permite limitar y ¿tratar¿ este tiempo de separación inicial, muchas veces necesario pero siempre muy doloroso para el niño prematuro y su familia. Por último, promociona la lactancia materna, la cual es particularmente importante en estos niños tan frágiles.

El MMC es considerado por la OMS como un ¿método eficaz y fácil de aplicar que fomenta la salud y el bienestar tanto de los recién nacidos prematuros como de los nacidos a término¿1. Esta técnica fue creada y desarrollada por un grupo de pediatras en el Instituto Materno Infantil en Bogotá2. Su eficacia y seguridad han sido científicamente evaluadas en estudios experimentales y de observación en Colombia por la Fundación Canguro3.

Fue lo positivo de esta experiencia canguro con su hija lo que condujo al suscrito a buscar un mecanismo para rendir justicia a la madre de un niño prematuro, en donde no solamente se le dé el tiempo de ser una mamá canguro y de llevar su bebé sano y salvo hasta la semana 37 sino...

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