Ponencia para primer debate al proyecto de ley 114 de 2008 cámara - 23 de Septiembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451346082

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 114 de 2008 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 114 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se crean unas condiciones especiales para obtener el título de técnico

Bogotá, D. C., septiembre 22 de 2008

Doctor

ALONSO ACOSTA OSIO

Presidente Comisión Sexta

Cámara de Representantes

Por disposición de la Mesa Directiva de la Comisión Sexta de la honorable Cámara de Representantes y en cumplimiento de mi deber constitucional, me ha correspondido rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 114 de 2008 Cámara, por medio de la cual se crean unas condiciones especiales para obtener el título de técnico¿ .

Cordialmente,

Pedro Vicente Obando Ordóñez,

Ponente.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE

AL PROYECTO DE LEY NUMERO 114 DE 2008 CAMARA

por medio de la cual se crean unas condiciones especiales para obtener el título de técnico.

Trámite del proyecto

El proyecto de ley tiene origen en la Cámara de Representantes, presentado a consideración del Congreso de la República por el honorable Representante Jorge Julián Silva Meche.

Objeto del proyecto

Esta iniciativa tiene como finalidad fundamental crear unas condiciones especiales para que un grupo de trabajadores de la vida pública y privada en nuestro país, logren acceder a la educación superior a través de un examen de competencias conjugadas con su experiencia laboral para mejorar la calidad de vida. Pretende en general otorgar título de técnico en el área de desempeño, previa aprobación de un examen de competencias a los trabajadores que hayan laborado de forma continua en un mismo cargo por un período de diez años o más, homologándolo a lo que ya se tiene establecido como Técnico Profesional Intermedio obedeciendo al proceso de formación académica con currículos definidos por la autoridad competente en educación superior vigente.

De lo constitucional y legal

Inicialmente se debe considerar como elemento de partida para el estudio general del articulado, lo dispuesto en el artículo 69 de nuestra Constitución Política que garantiza la autonomía universitaria y que a mi criterio viola esta garantía al someter el proceso de enseñanza-aprendizaje de la postsecundaria a una variación total de lo establecido hasta hoy en el acceso y obtención del título de técnico que obedece a lo reglamentado por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido desde la aparición de la Ley 749 de 2002 la cual ¿Define las instituciones técnicas profesionales y las instituciones tecnológicas, pero permitiéndoles llegar hasta el ciclo...

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