Ponencia para primer debate al proyecto de ley 278 de 2009 cámara - 29 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451359462

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 278 de 2009 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 278 DE 2009 CÁMARA. por la cual se formaliza el sector del espectáculo público en las artes escénicas y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 26 de mayo de 2009

Doctor

FELIPE FABIAN OROZCO

Presidente

Comisión Tercera de Cámara

CAMARA DE REPRESENTANTES

Bogotá, D. C.

En atención a la designación que nos fuera hecha por la Mesa Directiva de la Comisión Tercera Permanente de Cámara y dando cumplimiento al término establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos presentar Ponencia para primer debate ante la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, al Proyecto de ley número 278 de 2009 Cámara, por la cual se formaliza el sector del espectáculo público en las artes escénicas y se dictan otras disposiciones,en los siguiente términos:

1. CONSIDERACIONES GENERALES

Los espectáculos públicos en artes escénicas contribuyen al desarrollo cultural, social y económico. Son expresiones simbólicas que favorecen el reconocimiento y el fortalecimiento de los múltiples procesos de identidad y la diversidad cultural nacional e internacional, propician la transmisión y generación de conocimiento, generan procesos de creación, producción, circulación y divulgación de contenidos simbólicos con base en el talento artístico y el patrimonio inmaterial de las comunidades. En torno a este tipo de espectáculos se producen fenómenos de participación social e intercambio cultural y en ellos se revitaliza el encuentro de la sociedad con el espacio público. Desde la perspectiva económica, los espectáculos públicos son fuente de valor agregado, atraen inversión, generan comercio nacional e internacional, aportan a la generación de empleo y a la productividad y competitividad del país.

Como contraste en Colombia, el sector del espectáculo público en artes escénicas (los que se circunscriben al teatro, la danza, la música y el circo y sus prácticas derivadas e interdisciplinarias) no ha sido reconocido realmente como industria, pese a la contribución que brinda al desarrollo cultural y económico del país; tampoco ha tenido reconocimiento como actividad de circulación y creación artística, ni como actividad recreativa y de convivencia ciudadana. Adicionalmente, el sector soporta una carga tributaria excesiva y anacrónica, se ve obstaculizado por trámites numerosos y onerosos, y es discriminado frente al tratamiento que el Estado otorga a otros sectores industriales.

En este contexto, el presente proyecto de ley propone medidas orientadas a impulsar el desarrollo de las artes vivas en Colombia, siguiendo lo establecido en el artículo 71 de la Constitución Política de 1991: ¿La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades¿

Este proyecto de ley se enmarca en la Política Nacional de Emprendimiento -PNE-, diseñada para apoyar a cerca de un millón de mipymes, con el fin de que estas puedan romper las barreras que les impiden crecer y combatir la informalidad. La política se sustenta sobre tres pilares: ¿la financiación, la simplificación de trámites y la articulación de todos los entes que trabajan por el emprendimiento en el país¿[1][1]. Del mismo modo y como se verá en la sección III, las medidas diseñadas para formalizar el sector del espectáculo público en artes escénicas se fundamentan en el objetivo y los pilares de la PNE.

1.1. Problemas del sector de las artes escénicas

1.1.1 Infraestructura del espectáculo público

En el tema de infraestructura, según el último censo desarrollado por el Ministerio de Cultura en 2006, existen 75 salas de teatro privadas en el país, 22 teatros públicos en 23 departamentos y 26 municipios, en los cuales la capacidad oscila entre 50 y 1.000 espectadores. A ello se suma la existencia de importantes escenarios en los centros educativos y un potencial de 200 teatros en recuperación en todo el país. El censo revela que la infraestructura escénica se encuentra altamente concentrada en las principales capitales del país y presenta significativos problemas de diseño, dotación, mantenimiento y seguridad.

Por otra parte, son reconocidas las dificultades de los empresarios y productores de espectáculos en artes escénicas masivas, al no contar con una infraestructura adecuada y acorde con la oferta y demanda nacional e internacional que pueda situar a Colombia como una plaza competitiva para espectáculos de esta índole.

1.1.2 Sobrecargas en los costos

Para determinar las sobrecargas en los costos y sus efectos en el sector del espectáculo público, se hace necesario, como muestra el estudio del CEDE (2008), clasificar los tipos de espectáculo público, dado que la incidencia no es homogénea en todos ellos. La clasificación se realiza según tres criterios:

¿ La elasticidad de la demanda: En líneas generales este concepto indica el porcentaje de cambio en la cantidad demandada ¿de cierto producto¿ según el porcentaje de cambio en el precio del producto. Si la demanda no se modifica por los cambios en el precio se habla de que es inelástica. Si, por el contrario, el porcentaje de cambio en la cantidad demanda es mayor ¿en términos de valor absoluto¿ que el porcentaje de cambio en el precio, se habla de demanda elástica.

En el estudio del CEDE la elasticidad de la demanda está determinada por el ingreso del consumidor promedio y según esto se definen dos grupos, a saber, los consumidores de ingresos altos y los consumidores de ingresos bajos.

¿ El volumen de la demanda: Es el tamaño de los eventos. Hay eventos masivos por naturaleza, como partidos de fútbol y otros de menor tamaño como un evento de ópera.

¿ Las restricciones en la oferta: Son relativas a la audiencia objetivo del evento y la capacidad de la infraestructura para albergar a los interesados en asistir.

De acuerdo con estos tres criterios, es posible clasificar en cuatro tipos los espectáculos públicos, dado que no todas las combinaciones posibles se dan en la práctica:

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De acuerdo con esta tipología, las sobrecargas en los costos, a través de tributos o costos de transacción, tienen efectos distintos en los diferentes tipos de espectáculos. En los eventos tipo 1 y 2 los impuestos no implican en general grandes dificultades, dado que la demanda es inelástica, asociada a un público de alto ingreso, que acaba pagando la mayor parte de los impuestos a través de la boleta. Sin embargo, las sobrecargas en los eventos de tipo 2 pueden obstruir las posibilidades de desarrollo industrial. Además, el principal obstáculo para un desarrollo industrial está dado por problemas en la escasa infraestructura.

En los eventos tipo 3 (como los conciertos de música popular nacional) y tipo 4 eventos (como los conciertos de pequeñas escala y las obras de teatro experimental), los sobrecostos excesivos pueden contraer la demanda. En el tercer tipo de espectáculo las cargas en los costos pueden generar un efecto negativo pues al compensar estas con aumentos en los precios, se reduce la demanda. Si los costos se incrementan mucho pueden comprometer su viabilidad económica. Estos espectáculos tiene el potencial también de desarrollo industrial si las cargas en los costos son reducidas o nulas.

En los espectáculos elásticos no masivos el efecto de los sobrecostos puede ser nefasto, pues dado el bajo aforo y la alta elasticidad que caracterizan su demanda, pequeños aumentos en estos pueden hacer que el espectáculo no se realice o que se sacrifiquen aspectos como el salario de quienes lo realizan. En estos espectáculos los costos externos hacen que los ingresos no alcancen a cubrir ni los costos marginales ni los costos fijos. En algunos casos incluso sin los costos externos los costos marginales y fijos son muy altos para la demanda existente (o capacidad de pago). Esto puede explicarse por lo que la teoría de la economía de la cultura ha denominado la enfermedad de costos, según la cual, debido a que la tecnología no puede intervenir en algunos aspectos de la producción de espectáculos (por requerir de actividades en vivo que no pueden ser reemplazadas), la productividad se retrasa con respecto a otros sectores. Esto genera que los salarios crezcan sin un aumento de productividad, o que los salarios se mantengan constantes o caigan frente a otros sectores. Esto, junto con demandas que se mantienen relativamente constantes, puede agravar la sostenibilidad e imposibilitar la posibilidad de contrarrestar esta enfermedad con la obtención de economías de escala propios de los eventos de mayor aforo.

En estos espectáculos es en donde muchas veces se dan procesos de innovación y experimentación, por lo que un abandono a las fuerzas propias de sus mercados y sobrecargas innecesarias en sus costos, pueden afectar negativamente la diversidad cultural y provocar la informalidad. El diagnóstico socioeconómico del CEDE 2006 señala varios problemas en este tipo de espectáculos. A través de encuestas corroboró que este tipo de espectáculos tienen escasa generación de ingresos por boletería, insuficiente demanda, altos niveles de riesgo y altos costos en el montaje de las obras. En varios de estos, especialmente en el caso de la danza y en un porcentaje considerable de grupos de teatro y conjuntos musicales se encontraron también fallas en la división del trabajo, poca profesionalización en algunas funciones, falta de administración eficiente, carencia de información confiable y altos grados de informalidad.

1.1.3. Situación tributaria

En materia tributaria existe una alta carga de impuestos que debe asumir el empresario (tres impuestos al espectáculo público en Bogotá), con un inadecuado...

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