Ponencia para primer debate al proyecto de ley 355 de 2009 cámara - 10 de Junio de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451360818

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 355 de 2009 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 355 DE 2009 CÁMARA. por medio de la cual se reglamentan las condiciones para la prestación del servicio de atención médica de ambulancia prehospitalaria y extrahospitalaria mediante la modalidad de prepago y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., junio 6 de 2009.

Doctor

ELIAS RAAD HERNANDEZ

Presidente

Comisión Séptima Constitucional

Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 355 de 2009 Cámara, por medio de la cual se reglamentan las condiciones para la prestación del servicio de atención médica de ambulancia prehospitalaria y extrahospitalaria mediante la modalidad de prepago y se dictan otras disposiciones.

Respetado doctor Raad:

En cumplimiento a la Honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, me permito presentar ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 355 de 2009 Cámara, por medio de la cual se reglamentan las condiciones para la prestación del servicio de atención médica de ambulancia prehospitalaria y extrahospitalaria mediante la modalidad de prepago y se dictan otras disposiciones,previas las siguientes consideraciones:

OBJETO DEL PROYECTO

El proyecto de ley objeto de análisis, pretende reglamentar la prestación de los servicios de atención médica de ambulancias prehospitalaria y extrahospitalaria prepagada y establecer las entidades autorizadas para la prestación de dichos servicios.

ORIGEN DEL PROYECTO

El Proyecto de ley número 355 de 2009, fue presentado por el honorable Representante a la Cámara Jorge Ignacio Morales Gil, ante la Secretaría Generalde la Cámara de Representantes, publicado en la Gaceta del Congreso número 337 de 2009.

DEL CONTENIDO DEL PROYECTO

El Proyecto de ley cuenta con trece artículos en los cuales se define el alcance del proyecto de ley, la definición de los servicios médicos de ambulancia dentro del ámbito prehospitalario y extrahospitalario, emergencia médica, transporte de pacientes, urgencia, atención domiciliaria, el objeto social de las empresas de ambulancias, así como los requisitos para la prestación de los servicios de acuerdo al número de afiliados, usuarios y habitantes.

CONSIDERACIONES GENERALES

Los servicios de atención de medicina prepagada cada día cobran mayor importancia en nuestro sistema de salud y especialmente los relacionados con la atención prehospitalaria y extrahospitalaria del servicio de ambulancias.

Los afiliados pagan una tarifa establecida dentro de los contratos y tienen derecho a servicios como: orientación médica telefónica, atención médica domiciliaria, atención médica de urgencias y emergencias y pediatría en casa y traslado a las instituciones prestadoras de salud.

Dentro de este servicio se encuentran las ambulancias de servicio prepagado, una modalidad que les permite a sus clientes recibir atención en el lugar donde se encuentren, especialmente en caso de urgencias o emergencias. Las primeras son situaciones en las cuales el paciente no corre inicialmente algún riesgo de morir y la atención de la urgencia puede esperar máximo 35 minutos (dolores inespecíficos, por ejemplo). Las emergencias, en cambio, son circunstancias en las cuales ese riesgo sí es inminente. En este caso, el personal que va a atenderlas debe llegar en un tiempo aproximado de 15 minutos.

Este tipo de ambulancias prepagadas debe cumplir requisitos como prestador de servicios de salud y como empresa de traslado de pacientes.

En sus vehículos va personal calificado y entrenado para la atención requerida con dotación de equipos médicos necesarios para la atención requerida, que valora al paciente y lo formula. Si el caso lo amerita, lo trasladan a una institución de salud. También les dan la opción a los usuarios de programar citas médicas domiciliarias con antelación. ¿Cuentan con vehículos particulares para casos sencillos y ambulancias para los complejos. Clasifican la sintomatología del paciente en tres códigos y, según la situación, priorizan el tiempo de arribo al lugar y el vehículo para prestar la asistencia¿,

Estas empresas sectorizan la ubicación de sus ambulancias para atender los casos de forma rápida en los diferentes puntos de la ciudad y así reducir el tiempo de desplazamiento de los vehículos.

ELEMENTOS INDISPENSABLES

Como cualquier otro servicio las ambulancias de las empresas de medicina prepagada deben cumplir con los requisitos de habilitación establecidos en la ley entre ellos:

¿ Sistema eléctrico. Este debe contar con autonomía suficiente para que los equipos de la ambulancia funcionen sin luz y no causen perjuicios. Es clave un inversor (aparato que convierte la energía de 110 voltios a 12 voltios) y baterías recargables.

¿ Dotación. La ambulancia debe tener oxígeno, camillas, medicamentos, dispositivos médicos (líquidos, gasa, guantes...

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