Ponencia para primer debate al proyecto de ley 178 de 2009 cámara - 6 de Noviembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451372574

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 178 de 2009 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 178 DE 2009 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 100 de 1993, y se regula el Régimen de Salud para los colombianos residentes en el exterior

Bogotá, D. C., 4 de noviembre de 2009

Doctor

RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR

Secretario General

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciado doctor Rosero:

En cumplimiento con lo dispuesto por la Mesa Directiva de la honorable Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, nos permitimos rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 178 de 2009 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 100 de 1993, y se regula el Régimen de Salud para los colombianos residentes en el exterior, previa las siguientes consideraciones

Cordialmente,

Ponentes,

Pedro Jiménez Salazar, Rodrigo Romero Hernández.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 178 DE 2009 CAMARA

por medio de la cual se modifica la Ley 100 de 1993, y se regula el Régimen de Salud para los colombianos residentes en el exterior.

En cumplimiento del encargo impartido por la Mesa Directiva de la honorable Comisión Séptima Constitucional de la Cámara de Representantes, nos permitimos poner a consideración para discusión de esta Comisión, el informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 178 de 2009 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 100 de 1993, y se regula el Régimen de Salud para los colombianos residentes en el exterior.

El Proyecto de ley número 178 de 2009 Cámara, resulta de gran importancia para nuestro país, y el cual nos pone de cara ante una realidad mundial, que para Colombia comienza en los años sesenta del siglo XX y hoy en aumento, como lo es el fenómeno humano de la emigración, del cual se discutirá por muchas generaciones, si la emigración es una alternativa o una solución, pero del cual no se escapó nuestra comunidad, y hoy Colombia con el 10% de su población viviendo en el exterior, es reconocido como un país de alta emigración, en síntesis es la primera vez en la historia jurídica del país que se debate un proyecto de ley en beneficio y protección de los derechos de los emigrantes colombianos.

Para una mejor comprensión de la presente ponencia, expondremos a ustedes algunas consideraciones jurídicas y sociales, nacionales e internacionales, así:

  1. El mundo jurídico y académico internacional, seguirá debatiendo por muchas generaciones, cuáles son en realidad las causas y principios sociológicos, jurídicos, culturales o naturales de la emigración y su control, adaptados a cada momento histórico y siempre nos preguntaremos, si la emigración es un derecho natural, un fenómeno sociológico, una opción de vida, una necesidad forzada en algunas comunidades, una oportunidad, o una combinación de las mismas.

    Independiente de cualquier tendencia, es un hecho, que la emigración del ser humano se ha dado desde principios de la creación humana en su proceso de colonización del planeta tierra y con el paso del tiempo se ha convertido en una necesidad del ser humano, en el ejercicio de su derecho a la libertad y libre movilidad, en un sentido filosófico amplio.

    Para el caso específico de los colombianos, el proceso de la emigración comienza, como ya se ha dicho, en los años 60 del siglo XX, y se ha incrementado por razones plenamente identificadas por los mismos emigrantes, por el actual y anteriores gobiernos de Colombia y por el país en general y las cuales se resumen en:

    1. La búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida.

    b) Sentir la falta de oportunidades en Colombia.

    c) El huir de nuestro conflicto de violencia interna.

    d) La voluntad y oportunidad de ser parte de una cultura diferente a la nuestra.

    e) El querer ser parte de una comunidad científica e investigativa, en el contexto internacional.

    f) Poner al servicio de otros países o de grandes multinacionales los talentos, que en Colombia no fueron valorados.

    Sin embargo encontramos un elemento muy valioso en nuestra comunidad colombiana residente en el exterior y es que la gran mayoría de nuestros inmigrantes, siempre están añorando retornar a Colombia.

    El siglo XXI, ha traído para la humanidad el concepto de la globalización de mercados y con ellos la necesaria internacionalización de ciudadanías y a dichos conceptos no han sido ajenos los colombianos, quienes según datos oficiales de Colombia (censo del DANE ¿ 2005) hoy suman más de 3.000.000 de inmigrantes colombianos residentes en el exterior y otras entidades extranjeras afirman que el número supera ya los 5.000.000 (como veremos más adelante y en forma detallada), pero sea cual sea el número de emigrantes, estos, independiente de ser un renglón de gran importancia para la economía nacional por el envío de sus remesas, mantienen viva la esperanza de retornar a Colombia algún día y se niegan a desprenderse de sus costumbres y cultura.

  2. La Comisión Séptima de la honorable Cámara de Representantes y el Congreso de la República, no puede desaprovechar esta gran oportunidad para demostrarle a esos 5.000.000 de compatriotas residentes en el exterior, que ellos y sus hijos nacidos en el exterior, son parte de Colombia.

    El presente proyecto de ley, es un mensaje claro y una demostración fehaciente a nuestros emigrantes y a sus futuras generaciones, que en el país de sus raíces tienen derechos ganados por las generaciones anteriores y así sentirán deseos, tendrá la convicción de que emigrar a Colombia o retornar con sus padres, es una verdadera opción de emigración, así como lo fue para su padres un día abandonar el país, por las razones ya expuestas u otras de particular consideración.

  3. Aprobar el presente proyecto de ley es ser consecuente con los postulados de nuestra Constitución Nacional, los convenios internacionales y las normas que rigen esta materia, la cual beneficia no solo a esos 5.000.000 de colombianos residentes en el exterior, si no también (en un simple factor multiplicador), beneficiará mínimo a un colombiano más residente en Colombia, que es dependiente económico del colombiano emigrante, sea a título de padre, madre, esposa, hijo, hermano o cualquiera que sea su beneficiario en cumplimiento de la Ley 100 de 1993. Es decir, que estamos ante la cobertura de 10.000.000 de colombianos que serán cobijados por el presente proyecto de ley, convirtiéndose Colombia, en el primer país del mundo cuyos emigrantes no serán más carga pública en materia de salud en el país donde se encuentren, siendo residentes o visitantes temporales y esto será un ejemplo a seguir por los demás países del mundo cuya población también es emigrante.

    En este mismo orden de ideas, nuestros inmigrantes al retornar a Colombia con o sin sus familiares, dejarán de ser carga pública potencial para Colombia, con su contribución al régimen de salud obligatoria, el cual es sostenido con el aporte de los colombianos residentes en Colombia hoy llamado Fosyga y hoy con la aprobación de la presente ley, con los aportes de nuestros compatriotas que viene en el exterior.

  4. Con base en las fuentes de información oficial de Colombia y del proyecto de ley, los resultados del censo nacional de población en Colombia en 2005, elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), expuso que según los resultados, en el extranjero viven 3.331.107 colombianos, esta cifra ha crecido en los últimos años a raíz del desplazamiento forzado y la crisis laboral nacional. El estudio no contiene información del estatus migratorio de regularidad o irregularidad inmigratoria.

    Según el censo citado y sus cifras, el 35.3% está en Estados Unidos; 23.4%, en España; 18.5%, en Venezuela; 2.4%, en Ecuador; 2.2%, en Canadá; 1.3%, en Panamá; 1.1%, en México; 1.5%, en Australia; 0.3%, en Perú; 0.1% en Bolivia, y el 13.9% está en otros países.

    Estas son las cifras del citado estudio y censo, DANE ¿ Colombia y sus equivalencias al 2005:

    1.175.880.7

    equivalentes al

    35.3%

    Residentes en

    Estados Unidos

    779.479.0

    td> 23.4%

    España

    616.254.7

    18.5%

    Venezuela

    79.946.5

    2.4%

    Ecuador

    73.284.3

    2.2%

    Canadá

    43.304.3

    1.3%

    Panamá

    36.642.1

    1.1%

    México

    49.966.6

    1.5%

    Australia

    9.993.3

    0.3%

    Perú

    3.331.1

    0.1%

    Bolivia

    463.023.8

    13.9%

    Otros países

    3.331.106.4

    100.0%

    Y con base en la información que contiene el proyecto de ley 178 - Cámara,obtenida en los Estados Unidos de América (USCIS) y del Dominio de Canadá, de 2006, cerca de 3.5 millones de colombianos residen en estos países y solo 500 mil de ellos (en EE.UU. de América) y 200.000 (en Canadá) son residentes legales o ciudadanos con doble nacionalidad y según información de las Asociaciones de Colombianos Residentes en Europa y Australia, asociaciones de comerciantes y asociaciones de ayuda al inmigrante (no oficiales): 1.5 Millones de nuestros compatriotas son residentes en Europa y Australia, para un total de:

    5.000.000 Total Promedio Colombianos Residentes en el Exterior.

    Podemos concluir que el factor de crecimiento de la emigración de colombianos, legal e ilegal, es en general del 2.8 % anual y en forma preferencial a los destinos ya referidos, por tener amigos o familiares que les ayudan económicamente en su proceso de emigración y en su proceso de adaptación.

    Es decir que al aprobar el presente proyecto de ley, estaríamos anticipándonos y dando solución a un problema de constante crecimiento en Colombia y en el exterior.

    Sin embargo y en calidad de ponentes, expresamos gran preocupación por la precaria información que sobre nuestros emigrantes existe en las embajadas y consulados de Colombia en el exterior, toda vez que en mi investigación, en dichos despachos diplomáticos no hay información, informe o estudio oficial al respecto realizado en cualquier tiempo o bajo cualquier parámetro, que nos ilustre sobre la magnitud de esta o cualquier otra problemática de los emigrantes colombianos.

    Sin dejar de anotar que varios compatriotas que viven en el exterior nos indican, que muchas...

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