Ponencia para primer debate al proyecto de ley 157 de 2009 cámara - 4 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451374318

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 157 de 2009 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 157 DE 2009 CÁMARA. por la cual se dictan disposiciones sobre el manejo de recursos públicos, se fomenta la transparencia en la gestión fiscal y se adopta el Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF, como mecanismo de control fiscal y de administración en las entidades del sector público

Doctor

JORGE ALBERTO GARCIAHERREROS CABRERA

Presidente

Comisión Cuarta Constitucional Permanente

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Honorables Representantes:

Por honrosa designación que nos hiciera la Presidencia de la Comisión, para rendir ponencia para primer debate al Proyecto de la ley número 157 de 2009 Cámara, por la cual se dictan disposiciones sobre el manejo de recursos públicos, se fomenta la transparencia en la gestión fiscal y se adopta el Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF, como mecanismo de control fiscal y de administración en las entidades del sector público, presentado a consideración del Congreso de la República por el honorable Representante Juan Córdoba Suárez, en los términos del artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos, así:

1. CONTENIDO Y ALCANCE DE LA INICIATIVA PARLAMENTARIA

La iniciativa legislativa en estudio busca implementar un Sistema Informático en todos los niveles de la administración del sector descentralizado, derivados de las transacciones y flujos ocasionados con las compras o contratos de bienes o servicios, de la gestión comercial de oferta, venta y facturación de bienes o servicios y de administrar su inventario, almacenamiento y registro de entradas y salidas de bienes operativos o de consumo y administrar su inventario, almacenamiento y registro de entradas y salidas de equipos o bienes de producción y administrar su inventario, almacenamiento, registro de entradas, traslados y daciones de baja de activos fijos; en todas las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, en todos los organismos de cualquier nivel que manejen recursos públicos. Así mismo, se pretende que se haga de conocimiento público la forma como se destinan o invierten y en qué se ejecutan los recursos de las entidades del sector descentralizado, con lo cual se establecen mecanismos para acceder a la información fiscal de los departamentos, municipios y demás entes territoriales.

Este Sistema de Información Financiera fue creado para las Entidades del Orden Nacional mediante la Ley 298 de 1996 ¿por la cual se desarrolla el artículo 354 de la Constitución...

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