Ponencia para primer debate al proyecto de ley 074 de 2009 cámara - 6 de Mayo de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451379238

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 074 de 2009 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 074 DE 2009 CÁMARA. por medio de la cual se establece el Plan Maestro de Alimentos y Seguridad Alimentaria Nacional

Bogotá, D. C., 26 de abril de 2010.

Doctor

FUAD EMILIO RAPAG MATTAR

Presidente

Comisión Quinta Cámara de Representantes

En cumplimiento de la designación hecha por la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes, de conformidad con la Ley 5ª de 1992, me permito rendir el correspondiente informe de ponencia para que se dé primer debate al proyecto de ley número 074 de 2009 Cámara, por medio de la cual se establece el Plan Maestro de Alimentos y Seguridad Alimentaria Nacional.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Fin del proyecto de ley

La finalidad de esta iniciativa es la de establecer el Plan Maestro de Alimentos y Seguridad Alimentaria Nacional. Conceptualizar sobre el papel de la seguridad alimentaria en el desarrollo nacional de una población, fomentando los circuitos regionales de producción, distribución, y consumo de alimentos.

Consideraciones

En primer lugar, es pertinente revisar el marco constitucional del proyecto de ley, teniendo en cuenta los Acuerdos y Tratados Internacionales que sustentan la necesidad del establecimiento de un Plan de Seguridad Alimentaria; en segundo lugar, considero fundamental hacer un comparativo conceptual entre seguridad alimentaria y soberanía alimentaria, herramienta que nos permitirá analizar qué es lo más conveniente para los intereses de la Nación.

  1. Análisis Constitucional

    La Constitución de 1991 en su artículo 11 establece: ¿El derecho a la vida es inviolable¿.

    La Corte Constitucional en sus decisiones ha venido aceptando que el derecho a la vida no es absoluto y por tal motivo, se extiende por conexidad al mínimo vital inherente a la persona. El mínimo vital contempla otros derechos como la vivienda digna, la salud, la alimentación, entre otros.

    La Corte en la Sentencia T-426 de 1992 con ponencia del honorable Magistrado, doctor Eduardo Cifuentes Muñoz, ha expresado:

    ¿Toda persona tiene derecho a un mínimo de condiciones para su seguridad material. El derecho a un mínimo vital ¿derecho a la subsistencia como lo denomina el peticionario¿, es consecuencia directa de los principios de dignidad humana y de Estado Social de Derecho que definen la organización política, social y económica justa acogida como meta por el pueblo de Colombia en su Constitución.

    (...).

    ¿El derecho al mínimo vital no sólo incluye la facultad de neutralizar las situaciones violatorias de la dignidad humana, o la de exigir asistencia y protección por parte de personas o grupos discriminados, marginados o en circunstancias de debilidad manifiesta (C. P. artículo 13), sino que, sobre todo, busca garantizar la igualdad de oportunidades y la nivelación social en una sociedad históricamente injusta y desigual, con factores culturales y económicos de grave incidencia en el ¿déficit social¿.

    ¿Pero qué más derechos incluye el mínimo vital?

    La Corte ha dejado claro este concepto. Veamos lo que ha dicho en la Sentencia T-819 de 2001:

    (¿)

    En tal sentido se refirió al derecho a la vivienda digna de que trata el artículo 51 de la Carta Política, transcribiendo algunos apartes de lo expuesto por la Corte Constitucional sobre el particular. Que en tal sentido, según la Corte, el derecho a un mínimo vital ¿incluye la alimentación, la vivienda, la seguridad social y los escasos medios dinerarios para desenvolverse en la sociedad¿; y que sólo cuando se vulnere el derecho a la vivienda, quebrantando por conexidad el derecho al mínimo vital, procede la acción de tutela.

    De otro lado, el artículo 65 de la Constitución Nacional afirma:

    La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras.

    De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad. (Nota: Desarrollado por la Ley 101 de 1993.).

    Así las cosas, es válida la intención del presente proyecto de ley como herramienta institucional para ofrecer alimentación a los colombianos.

  2. La seguridad alimentaria en los Acuerdos o Pactos Internacionales

    El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su Resolución 2200 A (XXI), del 16 de diciembre de 1966, y que entró en vigor el 3 de enero de 1976, en su artículo 11 expresa:

    Artículo 11.

    1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.

    2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para:

    a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales;

    b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas que se plantean tanto a los países que importan productos alimenticios como a los que los exportan.

    La Cumbre Mundial sobre la Alimentación, también conocida como la Declaración de Roma, del 13 al 17 de noviembre de 1996, afirma:

    Nosotros, Jefes de Estado y de Gobierno1, o nuestros representantes, reunidos en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación por invitación de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, reafirmamos el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre.

    Prometemos consagrar nuestra voluntad política y nuestra dedicación común y nacional a conseguir la seguridad alimentaria para todos y a realizar un esfuerzo constante para erradicar el hambre de todos los países, con el objetivo inmediato de reducir el número de personas desnutridas a la mitad de su nivel actual no más tarde del año 2015.

    (¿)

    La pobreza es una causa importante de la inseguridad alimentaria, y el progreso sostenible en su erradicación es fundamental para mejorar el acceso a los alimentos. Los conflictos, el terrorismo, la corrupción y la degradación del medio ambiente contribuyen también considerablemente a la inseguridad alimentaria. Hay que esforzarse por conseguir una mayor producción de alimentos, incluidos los alimentos básicos. Esto debe realizarse dentro del marco de la ordenación sostenible de los recursos naturales, la eliminación de modelos de consumo y producción no sostenibles, particularmente en los países industrializados, y la pronta estabilización de la población mundial. Reconocemos la aportación fundamental de las mujeres a la seguridad alimentaria, sobre todo en las zonas rurales de los países en desarrollo, y la necesidad de garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer. Para reforzar la estabilidad social y contribuir a corregir la excesiva tasa de migración del campo a las ciudades con que se enfrentan muchos países, habrá que considerar también prioritaria la revitalización de las zonas rurales.

    Hacemos hincapié en la urgencia de adoptar medidas ahora para cumplir con nuestro cometido de alcanzar la seguridad alimentaria para las generaciones presentes y futuras. Lograr la seguridad alimentaria es una tarea compleja que incumbe en primer lugar a los gobiernos. Estos han de crear un entorno favorable y aplicar políticas que garanticen la paz, así como la estabilidad social, política y económica, y la equidad y la igualdad entre los sexos. Expresamos nuestra profunda preocupación por la persistencia del hambre que, en tal escala, constituye una amenaza para las sociedades nacionales y, por distintas vías para la estabilidad de la propia comunidad internacional. En el ámbito mundial, los gobiernos deberían asimismo cooperar activamente entre sí y con las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones financieras, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y los sectores público y privado en programas encaminados a alcanzar la seguridad alimentaria para todos.

    En la misma Declaración de Roma, se estableció un Plan de Acción. Veamos el primer punto:

    1. La Declaración de Roma sobre la seguridad alimentaria mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación establecen las bases de diversas trayectorias hacia un objetivo común: la seguridad alimentaria a nivel individual, familiar, nacional, regional y mundial. Existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos a fin de llevar una vida activa y sana. A este respecto, es necesaria una acción concertada a todos los niveles. Cada país deberá adoptar una estrategia en consonancia con sus recursos y capacidades para alcanzar sus...

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