Ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de ley número 013 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 1990 de 2019, referente a la pérdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones - 9 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 914658909

Ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de ley número 013 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 1990 de 2019, referente a la pérdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación09 Noviembre 2022
Número de Gaceta1388
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1388 Bogotá, D. C., miércoles, 9 de noviembre de 2022 EDICIÓN DE 34 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 013 DE 2022
CÁMARA
por medio del cual se modica la Ley 1990 de 2019,
referente a la pérdida y el desperdicio de alimentos
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 26 octubre de 2022
Honorable Representante
AGMETH ESCAF TIJERINO
Presidente Comisión Séptima
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Ponencia para Primer Debate del
Proyecto de ley número 013 de 2022 Cámara, por
medio del cual se modica la Ley 1990 de 2019,
referente a la pérdida y el desperdicio de alimentos
y se dictan otras disposiciones.
Respetado Presidente:
En cumplimiento de la designación realizada
por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de la
Cámara de Representantes, por medio del presente
escrito nos permitimos rendir Informe de Ponencia
positiva para Primer Debate al proyecto de ley de la
referencia.
TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El pasado 21 de julio de 2022 fue radicado en la
Secretaría General de la Cámara de Representantes,
el Proyecto de ley número 013 de 2022, y publicado
en la Gaceta del Congreso número 858 de 2022.
La iniciativa tiene como único autor al honorable
Representante Juan Carlos Lozada Vargas.
Por designación de la Mesa Directiva de la
Comisión Séptima Constitucional de la Cámara, se
nombraron ponentes para el estudio de esta iniciativa
legislativa a los honorables Representantes Martha
Lisbeth Alfonso Jurado (Coordinadora ponente),
honorable Representante Juan Camilo Londoño
Barrera y a la honorable Representante Leider
Alexandra Vásquez Ochoa. Lo anterior mediante
nota interna número CSCP 3.7 – 669-22.
1. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
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medio de la cual se crea la política para prevenir
la pérdida y el desperdicio de alimentos, y, según
el autor, fortalece las medidas que allí se adoptan
aclarando conceptos que contribuyan a una mejor
apropiación y aplicación de la ley, fortaleciendo sus
mecanismos vinculantes tanto a nivel nacional como
   
protección del medio ambiente, la reducción del
hambre y la protección estatal frente a la producción
de alimentos.
2. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE
LEY
2.1. FUNDAMENTOS CONSTITUCIO-
NALES
El presente proyecto de ley garantiza derechos
que están en la Constitución Política de Colombia
y en el bloque de constitucionalidad como lo es el
derecho a la alimentación, el derecho a un medio
ambiente sano y la especial protección del Estado a
la producción de alimentos.
En primer lugar, vemos en el artículo 65 de la
Constitución a la producción de alimentos como una
actividad de especial protección estatal.
Artículo 65. La producción de alimentos gozará
de la especial protección del Estado. Para tal
efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral
de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras,
forestales y agroindustriales, así como también a
la construcción de obras de infraestructura física y
Página 2 Miércoles, 9 de noviembre de 2022 G 1388
adecuación de tierras. De igual manera, el Estado
promoverá la investigación y la transferencia
de tecnología para la producción de alimentos y
materias primas de origen agropecuario, con el
propósito de incrementar la productividad.
Este artículo señala la especial protección que el
Estado debe otorgar a la producción de alimentos
como un asunto fundamental para la seguridad
humana, siendo la alimentación un elemento básico
para la sostenibilidad de la vida y del equilibrio
social de las naciones. El artículo por tanto protege
el sector agropecuario, los productores agrícolas
y la producción de alimentos como una tarea
fundamental de Estado que tiene directa relación
con las garantías para el acceso a los alimentos, la
reducción del hambre, la seguridad y la soberanía
alimentarias, y por tanto, su acción para reducir la
pérdida y el desperdicio de alimentos en el país.
En el mismo sentido, la Constitución Política
de Colombia a través de su artículo 79 establece el
derecho más colectivo de los humanos, el derecho
a gozar de un ambiente sano, determinando que es
deber del Estado proteger la diversidad e integridad
del ambiente, lo cual tiene conexidad con el artículo
65 porque las actividades agrícolas y particularmente
el desperdicio de alimentos que terminan en la basura,
tienen un especial efecto sobre el ambiente porque
producen gases que contribuyen al calentamiento
global como lo explicaremos más adelante.
Artículo 79. Todas las personas tienen derecho
a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará
la participación de la comunidad en las decisiones
que puedan afectar. Es deber del Estado proteger la
diversidad e integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar
la educación para el logro de estos nes.
Como puede verse, el Estado tiene una
responsabilidad en la protección del ambiente
que cobra relevancia en el contexto ambiental
actual. Según la FAO, el desperdicio de alimentos
es responsable del 10% de las emisiones globales
de gases de efecto invernadero1. Por un lado,
se desperdician los recursos utilizados para su
producción: energía, agua, tierra, empaques, trabajo
y combustible para el transporte. Por otro, los
alimentos que se desechan y llegan a los basureros
producen metano, un gas de efecto invernadero
más potente que el dióxido de carbono. Además, el
     
pues aumentan los fenómenos climáticos extremos
y se reduce la capacidad de resiliencia de los
distintos ecosistemas, afectando el ambiente sano,
la salud y la capacidad de los suelos para producir
alimentos, lo que ha ido haciendo cada vez más
difícil su producción y disponibilidad. En resumen,
el desperdicio de alimentos afecta negativamente el
cambio climático y el cambio climático perjudica
la producción alimentaria, situaciones que obligan
1 FAO. 2011. Global food losses and food waste – extent,
causes and prevention.
al Estado a intervenir para mitigar las causas y
consecuencias de dicho fenómeno global.
Así las cosas, se hace necesario establecer una
política que reduzca la pérdida y el desperdicio de
alimentos, promoviendo el desarrollo de modelos de
consumo y producción responsables y sostenibles
y vinculando la corresponsabilidad de todos los
actores involucrados en ello.
2.2. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
DERECHOS HUMANOS Y CON-
TEXTO MUNDIAL DEL ACCESO
Y APROVECHAMIENTO DE LOS
ALIMENTOS
“La seguridad alimentaria existe cuando todas
las personas tienen, en todo momento, acceso
físico, social y económico a alimentos sucientes,
inocuos y nutritivos que satisfacen sus necesidades
energéticas diarias y preferencias alimentarias para
llevar una vida activa y sana”.
(FAO, Cumbre Mundial sobre Alimentación en
1996.)
Según las normas internacionales de derechos
humanos, todo ser humano tiene derecho a una
alimentación adecuada y tiene el derecho fundamental
a no padecer hambre. En este sentido, el artículo 25
de la Declaración Universal de Derechos Humanos
establece que los Estados tienen la obligación de
respetar, proteger, promover, facilitar y materializar
el derecho a la alimentación.
Artículo 25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de
vida adecuado que le asegure, así como a su
familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la
asistencia médica y los servicios sociales
necesarios; tiene asimismo derecho a los
seguros en caso de desempleo, enfermedad,
invalidez, viudez, vejez u otros casos de
pérdida de sus medios de subsistencia
por circunstancias independientes de su
voluntad.
Así las cosas, la reducción del desperdicio y la
pérdida de alimentos es una apuesta para cumplir
con el derecho a la alimentación de todos los seres
humanos y en este sentido, combatir el hambre
         
Objetivos de Desarrollo Sostenible que enmarcan
las prioridades de los países en materia de política
social, ambiental y económica en todo el mundo y
con especial compromiso para los países miembro
del Sistema de Naciones Unidas.
El Objetivo de Desarrollo Sostenible número 12
“Garantizar modalidades de consumo y producción
sostenibles”, establece como su meta número 12.3
“De aquí a 2030, reducir a la mitad el desperdicio
de alimentos per cápita mundial en la venta al por
menor y a nivel de los consumidores y reducir las
pérdidas de alimentos en las cadenas de producción
y suministro, incluidas las pérdidas posteriores
a la cosecha”, estableciendo la obligación de los

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