PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2020 CÁMARA, por la cual se reconoce como patrimonio cultura de la Nación el Cartagena Festival de Música - 10 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263394

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2020 CÁMARA, por la cual se reconoce como patrimonio cultura de la Nación el Cartagena Festival de Música

Fecha de publicación10 Agosto 2021
Número de Gaceta979
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 979 Bogotá, D. C., martes, 10 de agosto de 2021 EDICIÓN DE 7 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORMES
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 182 DE 2020 CÁMARA
por la cual se reconoce como patrimonio cultura de la Nación
el Cartagena Festival de Música.
INFORME PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY No.
182 DE 2020 -CÁMARA-POR LA CUAL SE RECONOCE COMO PATRIMONIO
CULTURAL DE LA NACIÓN EL CARTAGENA FESTIVAL DE MÚSICA
I. CONSIDERACIONES GENERALES
En desarrollo de la actividad pública de producción legislativa, que la Constitución
Política le asigna al Congreso de la República dentro del carácter democrático,
participativo y pluralista que identifica nuestro Estado Social de Derecho; el
representante EMETERIO MONTES DE CASTRO,junto con los Congresistas
FERNANDO NICOLÁS ARÁUJO RUMIE, ANDRÉS FELIPE GARCÍA ZUCCARDI,
RUBY HELENA CHAGÜÍ SPATH, YAMIL HERNANDO ARANA PADAUÍ
ENRIQUE CABRALES BAQUERO, HONORIO MIGUEL HENRÍQUEZ PINEDO,
AMANDA R. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, OSCAR DARÍO PÉREZ PINEDA, JUAN
MANUEL DAZA IGUARÁN, JUAN PABLO CELIS VERGEL y EDWIN G.
BALLESTEROS ARCHILA radicaron el 20 de julio de 20201, el presente proyecto
de ley que busca reconocer como Patrimonio Cultural de la Nación, El Cartagena
Festival de Música.
Por medio, de la presente iniciativa, se pretende el reconocimiento al Cartagena
Festival de Música, el cual se celebra todos los años desde 2007 en el Distrito de
Cartagena de Indias, como actividad de formación musical, circulación de música,
acceso ciudadano a este género artístico y espacio de encuentro cultural
constitutivo de un Patrimonio Cultural de la Nación.
Es preciso resaltar, que el contenido del presente proyecto de ley fue puesto a
consideración en la Cámara de Representantes en la legislatura 2019-2020 con el
número 123 de 2019, radicado el cinco (5) de agosto de 2019 y publicado en la
Gaceta No. 740 de 2019. Sin embargo, el proyecto fue retirado el dieciséis (16) de
julio de 2020 por los autores en virtud del artículo 155 de la Ley 5 de 1992.
De conformidad con lo anterior, por instrucción de la Mesa Directiva de la Comisión
Sexta designó como Coordinador Ponente al HR. Emeterio Montes de Castro y
como Ponente al HR. Luis Fernando Gómez.
I.I. OBJETO DEL PROYECTO
La iniciativa pretende reconocer como Patrimonio Cultural de la Nación el Cartagena
Festival de Música y dictar otras disposiciones.
1 Publicado en la Gaceta 685 de 2020.
I.II. CONTENIDO DEL PROYECTO
La presente iniciativa cuenta con seis (6) artículos incluyendo el de su vigencia, por
medio de los cuales se busca reconocer como Patrimonio Cultural de la Nación el
Cartagena Festival de Música y dictar otras disposiciones.
El presente proyecto de ley en su artículo 1º reconoce al Cartagena Festival de
Música, como actividad de formación musical, circulación de música, acceso
ciudadano a este género artístico y espacio de encuentro cultural constitutivo de un
Patrimonio Cultural de la Nación.
En el artículo 2º determina, que de conformidad con lo establecido en la Ley 1185
de 2008,el Ministerio de Cultura, incorporará el Cartagena Festival de Música a la
Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, previa
elaboración por parte de la entidad competente y aprobación del Plan Especial de
Salvaguardia, así mismo, autoriza al Ministerio de Cultura para asignar recursos de
su presupuesto con destino a la elaboración del Plan Especial de Salvaguardia.
Por último, señala que la instancia competente en el Distrito Turístico y Cultural de
Cartagena de Indias, podrá del mismo modo llevar a cabo el proceso de evaluación
e incorporación a la Lista de Patrimonio Cultural Inmaterial del Ámbito Distrital.
En el artículo 3º autoriza, ala Nación por intermedio de los ministerios de Cultura,
de Educación y demás entidades competentes, así como a los gobiernos distrital y
departamental, para la realización de asignaciones presupuestales a diferentes
finalidades.
Por su parte el artículo 4º reconoce, a la Fundación Salvi como gestora del
Cartagena Festival de Música y se destaca su actividad en beneficio del acceso
ciudadano al disfrute de la música universal y nacional.
A su turno en su artículo 5º, adiciona a los instrumentos musicales, partes y
accesorios al artículo 424 del Estatuto Tributario, con el fin de que los mismos sean
excluidos del IVA.
Por último el artículo 6° hace referencia a la vigencia del proyecto de ley.
I.III. EL CARTAGENA FESTIVAL DE MÚSICA
El Cartagena Festival de Música se celebra en la ciudad de Cartagena de Indias,
todos los años desde el 2007, como una actividad de formación musical, circulación
de música, un espacio que les permite a todos los ciudadanos tener acceso a una
expresión artística de calidad, pero además de un encuentro cultural.
En sus trece versiones hasta hoy, obedece al diseño de una actividad respaldada
por la trayectoria de la Fundación Salvi, con amplio reconocimiento nacional e
internacional como principal encuentro de la música académica en Colombia

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