Ponencia para primer debate al proyecto de ley 200 de 2001 - 1 de Junio de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451247586

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 200 de 2001

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2001 por el cual se crea la Comisión de Paz del Congreso de la República y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, mayo de 2001

Doctor

DARIO MARTINEZ

Presidente Comisión Primera

Senado de la República

Ciudad

Respetado Presidente:p> Cumplo con el encargo de presentar ponencia para primer debate del Proyecto de ley numero 200 de 2001, por el cual se crea la Comisión de Paz del Congreso de la República y se dictan otras disposiciones, cuyo autor es el honorable Senador Carlos Arturo Angel Arango, en los siguientes términos:

  1. Un escenario necesario

    El proceso de paz que es gestionado en la actualidad en nuestro país genera una fuerte dinámica política de la cual el Congreso de la República no puede, ni debe, marginarse. Como foro de discusión política por antonomasia, en el cual debaten los representantes de los intereses de los ciudadanos, el Congreso debe tener una participación protagónica en la discusión que sentará las bases de la Colombia de posguerra.

    Así, si bien es cierto la dirección general de los trámites de paz, así como de la conservación del orden público, le corresponde constitucionalmente al Ejecutivo, lo cual es a todas luces apropiado, no es menos cierto que el papel del Legislativo no debe restringirse a legalizar ex post facto unas fórmulas acordadas sin su participación. Lo anterior, toda vez que el proceso de paz no debe tener una carácter excluyente, limitado a unos cuantos déspotas benevolentes, sino, por el contrario, debe ser gestionado por todos los actores políticos del país, bajo la coordinación general del Presidente de la República. Un proceso de paz excluyente está fatalmente destinado a fracasar, por lo que la participación del Congreso de la República en él es un paso necesario (aunque no suficiente) para evadir tal sino.

    En este marco, surge entonces la pregunta obligada: ¿qué medidas para tornar operativa esta necesaria participación del legislativo en los trámites de paz? Pues bien, el proyecto de ley del cual rindo hoy ponencia es una respuesta afortunada a esta pregunta, ya que propone la creación de un escenario propicio para que se surta un debate profundo al interior del Congreso de la República sobre los temas relacionados a la paz. Veamos a continuación los lineamientos generales de la propuesta.

  2. El proyecto de ley:

    2.1 Antecedentes

    El autor del proyecto de ley forma parte de la actualmente existente Comisión Accidental de Paz del Senado de la República, creada el 8 de agosto de 1998 mediante proposición a la Plenaria del Senado. Tal Comisión tenía como objetivo asegurar que el Senado pueda pudiera contribuir al avance del proceso de paz y facilitar la labor legislativa del Congreso en las materias que hicieran parte de la agenda de los diálogos que estuvieran en curso. Para alcanzar tales objetivos, la Comisión contaba con ciertas funciones, tales como hacer un seguimiento al proceso de paz, recoger la información pertinente sobre el tema, apoyar la gestión de los congresistas que hicieran parte del Consejo Nacional de Paz, etc.

    Sin embargo, como bien lo anota el autor en la exposición de motivos y es conocido por todos, los resultados efectivos de las actuaciones de la Comisión Accidental de Paz han sido muy reducidos, tanto en su repercusión en el proceso de paz...

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