Ponencia para primer debate al proyecto de ley 94 de 2006 senado - 7 de Diciembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451455046

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 94 de 2006 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 94 DE 2006 SENADO. TEXTO PROPUESTO, por la cual se crean incentivos al turismo y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, noviembre 29 de 2006

Doctor

LUIS ALBERTO GIL CASTILLO

Presidente

Comisión Sexta

Honorable Senado de la República

E. S. D.

Referencia: Informe de ponencia para primer debate.

Referencia: Proyecto de ley número 94 de 2006 Senado.

Honorables Senadores:

En virtud de la honrosa designación que se nos hiciera, nos permitimos rendir Informe de Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 94 de 2006 Senado, por medio de la cual se crean incentivos al turismo y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

  1. Antecedentes del proyecto de ley.

  2. Objetivos del proyecto.

  3. Contenido del proyecto.

  4. Trámite del proyecto.

  5. Ponencia para primer debate.

  6. Pliego de modificaciones.

  7. Proposición final.

  8. Texto Definitivo.

  9. Antecedentes del Proyecto

    Este proyecto tiene su origen en el Senado de la República, presentado a consideración del Congreso de la República por el honorable Senador Germán Vargas Lleras, bajo el número 94 de 2006 Senado.

  10. Objeto del Proyecto

    El proyecto tiene por objeto crear el Consejo Superior de Turismo, dictar una serie de disposiciones creando incentivos a la industria del turismo, establece beneficios tributarios, los permisos escolares que permitirán permisos consecutivos para vacaciones, el número de aprendices para la industria del turismo y dicta otras disposiciones complementarias

  11. Contenido del Proyecto

    El proyecto, crea un Consejo Superior de Turismo, establece exenciones de arancel para la importación de muebles, equipos, materiales para la construcción y equipamiento de establecimientos hoteleros, establece otros incentivos tributarios y dicta una serie de disposiciones complementarias, de la siguiente forma:

    El artículo 1°, consagra al turismo como una verdadera industria destacando su importancia para la economía del país.

    El artículo 2°, se crea el Consejo Superior de Turismo como órgano consultivo y asesor del Gobierno y en el artículo 3° se le asignan sus funciones.

    El artículo 4°, establece que los empresarios del turismo tendrán representación en Consejo Superior de la Microempresa y de la Pequeña y Mediana Empresa, creado por el artículo 5º del Decreto 210 de 2003 por el Presidente de la Cámara Colombiana de Turismo.

    El artículo 5°, crea una exención del arancel la importación de muebles y enseres destinados a establecimientos turísticos.

    El artículo 6°, determina que serán deducibles del impuesto de renta los gastos de publicidad que efectúen las empresas turísticas en el exterior.

    El artículo 7°, le otorga el carácter de costo deducible para efectos de la determinación del impuesto a la renta y complementarios a la contribución parafiscal con destino al Fondo de Promoción Turística.

    El artículo 9°, señala que los contribuyentes que realicen donaciones al Fondo de Promoción Turística podrán deducir para efectos del impuesto sobre la renta el 125% del valor de la misma.

    El artículo 10, establece políticas públicas de democratización del crédito.

    El artículo 11, establece líneas de crédito.

    El artículo 12, establece tasas compensadas con Findeter.

    El artículo 13, establece programas educativos en las universidades e institutos técnicos y tecnológicos.

    El artículo 14, establece la participación del Sena y Colciencias en programas de desarrollo humano.

    El artículo 15, establece la obligación por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Sena, Proexport y Colciencias de fomentar la calidad de los servicios turísticos prestados a la comunidad.

    El artículo 16, modifica el artículo 387-1 del Estatuto Tributario, para establecer que serán deducibles del impuesto a la renta los pagos que realice el patrono a empresas prestadoras de servicios turísticos por concepto de servicios otorgados al trabajador o a su familia.

    El artículo 17, establece pagos no constituirán salario para efectos de liquidación de prestaciones sociales y aportes parafiscales.

    El artículo 18, crea la semana de licencia escolar, con el fin de que los padres puedan llevar a sus hijos de vacaciones con unas tarifas que sean más favorables que las de temporada alta.

    El artículo 19, se señala que el trabajo que se realice en empresas prestadoras de servicios de duración no mayor a dos meses, se considerará trabajo ocasional.

    El artículo 20, determina que los prestadores de servicios turísticos deberán contratar un aprendiz por cada 40 trabajadores y uno adicional por fracción de 10 empleados.

    El artículo 22, establece el mérito ejecutivo de las facturas.

    El artículo 23, establece estadísticas a cargo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística llevará el registro de las estadísticas relacionadas con el sector turístico.

    El artículo 24, establece la Medalla al mérito turístico.

    El artículo 25, establece el premio a la calidad de las playas.

    El artículo 26, establece los requisitos necesarios para que haya lugar a los incentivos.

    El artículo 27, Vigencia y derogatorias.

  12. Trámite del proyecto

    Este proyecto fue presentado por el honorable Senador Germán Vargas Lleras, le correspondió el número 94 Senado y fue publicado en la Gaceta del Congreso, enviado a la Comisión Sexta del Senado nombrando como ponente al honorable Senador Jorge Hernando Pedraza.

  13. Ponencia para primer debate

    La organización mundial del turismo y la Secretaría General Iberoamericana, SEGIB, en reunión del mes de septiembre de 2006, presentaron el documento ¿El turismo en Iberoamérica¿, el cual se encuentra publicado en la página web de la Organización Mundial del Turismo, señala:

    El espacio iberoamericano absorbe el 15% de las llegadas de turistas del mundo y en 2005 generó 90 mil millones de dólares estadounidenses (73 mil millones de euros) de ingresos. El turismo constituye así una herramienta importante para impulsar el desarrollo en Iberoamérica, como destaca la publicación

    Igualmente indica, que el turismo es una de las actividades económicas de mayor dinamismo a nivel internacional. Para las 22 naciones iberoamericanas, los ingresos por turismo internacional y transporte de pasajeros superan el 10% del importe total de las exportaciones de bienes y servicios y representan el 3% del Producto Interior Bruto, según la OMT.

    Establece que, Iberoamérica recibió 122 millones de llegadas de turistas internacionales en 2005 (15% del total mundial de 806 millones), generando 90 mil millones de dólares estadounidenses (73 mil millones de euros), equivalentes al 13% del total mundial (682 mil millones de dólares). Mientras que una parte importante del turismo se concentra en España, Portugal, Andorra y México, se destaca la dinámica de la región latinoamericana en los últimos quince años. En ese período, los destinos de América Central (+9%) y del Sur (+6%) crecieron ampliamente por encima del turismo mundial (+4,1%).

    Concluye que, el reto futuro radica en ¿saber utilizar el impulso actual para lograr un mayor desarrollo¿, señala ¿Turismo en Iberoamérica¿. La OMT prevé que el crecimiento se mantendrá hasta superar las 200 millones de llegadas en el año 2020. Especialmente los destinos iberoamericanos de América del Sur, seguidos de aquellos de América del Norte, Central y el Caribe crecerán más rápido. Así, el crecimiento en los destinos comparativamente emergentes complementará la diversificación de los destinos relativamente consolidados, destacando al turismo como herramienta de desarrollo económico y social de la comunidad iberoamericana ¿Turismo en Iberoamérica¿ se inscribe en el acuerdo de cooperación entre la OMT y la SEGIB y resalta la importancia y el potencial del espacio iberoamericano en materia turística.

    Igualmente, señala el documento, que existen varios factores clave que deben tomarse en consideración a la hora de abordar la evolución futura del turismo en los destinos americanos de Iberoamérica, a saber entre otros:

    La cooperación. En la esfera pública, entre los ministerios y demás instituciones que intervienen en ámbitos de importancia capital para el turismo: la economía, la cultura, el transporte, la inmigración, la seguridad, la infraestructura, etc. Entre los sectores público y privado. Entre las partes interesadas a la escala nacional, regional y local y las instituciones públicas.

    El marco institucional y jurídico, fomentar la creación de un entorno propicio, estable, efectivo, despejado y fluido para la...

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