Ponencia para primer debate al proyecto de ley 254 de 2008 senado - 19 de Mayo de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451462202

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 254 de 2008 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 254 DE 2008 SENADO. por medio de la cual se adiciona un numeral (ordinal 6°) al artículo 317 de la Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal y se establece la libertad provisional para las mujeres cabeza de familia

Bogotá, D. C., 14 de mayo de 2008

Honorable Senador

JUAN CARLOS VELEZ URIBE

Presidente Comisión Primera Constitucional

Senado de la República.

E. S. D.

De conformidad con el honroso encargo que nos fuera encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado de la República, me permito rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 254 de 2008 Senado, por la cual se adiciona ¿un numeral (ordinal 6°) al artículo 317 de la Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal y se establece la libertad provisional para las mujeres cabeza de familia en los siguientes términos:

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 254 DE 2008 SENADO

por medio de la cual se adiciona un numeral (ordinal 6°) al artículo 317 de la Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal y se establece la libertad provisional para las mujeres cabeza de familia.

Fundamentos constitucionales y legales

La Convención sobre los Derechos de los Niños es un conjunto de normas aceptadas universalmente para la protección de la infancia que les otorga un papel principal en la construcción y el desarrollo de una sociedad justa y pacífica. Es un conjunto de compromisos acordados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Desde entonces ha sido ratificado por 191 Estados y tiene por base cuatro principios fundamentales:

  1. La no discriminación (artículo 2°).

  2. El interés superior del niño (artículo 3°).

  3. El derecho del niño a la vida, la supervivencia y el desarrollo (artículo 6°).

  4. El respeto por las opiniones del niño (artículo 12).

La Convención detalla los Derechos Humanos de los Menores en todas partes del mundo, como el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra las influencias perniciosas, el abuso y la explotación; y a la participación plena en la vida familiar, cultural y social.

El Congreso de la República de Colombia, ratificó la Convención sobre los Derechos de los Niños por medio de la Ley 12 de 1991 y la Asamblea Nacional Constituyente incluyó los principios de protección integral de la niñez (en los artículos 13, 44, 45, 50 y 67 de la Constitución Política de Colombia. 1991), categorizándolos como: 1. Derecho a la vida. 2. Derecho al desarrollo. 3. Derechos de identidad. 4. Derecho a la participación. 5. Derecho a ser protegido. Con fundamento en ello, se amplían los alcances de la otrora figura...

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