Ponencia para primer debate al proyecto de ley 137 de 2001 senado 209 de 2002 cámara - 4 de Junio de 2002 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451255950

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 137 de 2001 senado 209 de 2002 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 137 DE 2001 SENADO, 209 DE 2002 CÁMARApor medio de la cual se regula el pago de salario y prestaciones en especie, se crea el peso vivienda y se delegan unas funciones.

Honorables Representantes

Comisión Séptima

Honorable Cámara de Representantes

La Mesa Directiva de la Comisión Séptima, nos encomendó rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 137 de 2001 Senado y 209 de 2002 Cámara cuyo autor es el honorable Senador Luis Guillermo Vélez Trujillo, la cual después de hacer las investigaciones y análisis constitucionales, legales y revisar su contenido en el articulado, sometemos a su consideración.

Recibió el proyecto su trámite tanto en la comisión séptima como en la plenaria del Senado, llega en buena hora este proyecto de ley a esta célula congresional y rendimos ponencia de acuerdo a los parámetros legales y constitucionales tendiendo en cuenta la Ley 3ª de 1992 que dice en su capítulo segundo, artículo segundo que dentro de su funcionamiento la Comisión séptima Constitucional permanente conocerá de: ¿Vivienda¿.

De acuerdo al panorama en que vivimos los colombianos y la clase trabajadora cada día el acceso a tener una vivienda digna se hace difícil.

Valga la ocasión y nombrar un aporte de la revista Dinero del 14 de mayo de 2001 donde dice que ¿El sistema de Financiación de Vivienda en Colombia sigue paralizado y las Corporaciones de Ahorro y Vivienda necesitan con urgencia un esquema viable en el futuro. Después de los alivios a los deudores del antiguo sistema Upac y de la expedición de una nueva ley de vivienda, la realidad es que nada se ha concretado. Las CAV siguen enfrentando problemas estructurales. Los años 1998 y 1999 fueron los de las grandes decisiones: alivios generalizados a las familias deudoras de Upac.

Y una Nueva Ley de Vivienda (Ley 546 de 1999) que eliminó el Upac y creó la UVR que nuevamente es la unidad de cuenta ligada a la inflación como en los primeros tiempos del Upac.

El nuevo sistema no está en funcionamiento, está paralizado ante diversas incertidumbres e imperfecciones del mercado. Primero esta el tema de la inestabilidad jurídica que aún tiene en vilo al nuevo modelo. Existe la expectativa sobre un próximo pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la UVR. Además, también están en camino pronunciamientos de la Corte sobre demandas que exigen mayor equidad en los alivios otorgados a los deudores de UPAC¿.

Por la incertidumbre que hay...

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