Ponencia para primer debate al proyecto de ley 29 de 2002 senado 293 de 2003 cámara - 22 de Agosto de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451267514

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 29 de 2002 senado 293 de 2003 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 29 DE 2002 SENADO, 293 DE 2003 CÁMARApor medio de la cual se aprueba el Protocolo Modificatorio a la Convenciónde Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España, suscritaen Bogotá, el 23 de julio de 1892, hecho en Madrid el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).

Honorables Representantes

En cumplimiento de la designación de que hemos sido objeto por parte de la Presidencia de la Comisión Segunda de la honorable Cámara, como ponente Coordinador y Ponente, respectivamente, del proyecto de ley antes citado tenemos el honor de exponer a su consideración el respectivo informe de ponencia para primer debate, haciendo para el efecto los siguientes señalamientos:

Trámite del proyecto

El proyecto de ley fue presentado al Congreso en virtud de lo normado por la Carta Política de Colombia en:

- El numeral 16 del artículo 150, que asigna al Congreso como función aprobar o improbar los Tratados que los gobiernos establecen con diferentes Estados.

- El numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, que le da al Presidente de la República la competencia para celebrar con otros Estados Convenios que como se indicó anteriormente son sometidos a la aprobación del Congreso.

- El artículo 224 ibidem, exige la aprobación del Congreso para darle validez a los tratados internacionales suscritos por el gobierno.

El doctor Guillermo Fernández de Soto en su calidad de Ministro de Relaciones Exteriores y el doctor Fernando Villalonga, Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamericana, suscribieron en Madrid el 16 de marzo de 1999, el Protocolo Modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España ¿AR¿, suscrita el 23 de julio de 1892, con objeto de acondicionarla a las necesidades y circunstancias actuales y perfeccionar algunos de sus términos facilitando así su aplicación.

Posteriormente los entonces Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, sometieron la reforma al Convenio a consideración del honorable Congreso...

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