Ponencia para primer debate al proyecto de ley 59 de 2002 senado 277 de 2003 cámara - 4 de Noviembre de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451269250

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 59 de 2002 senado 277 de 2003 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 59 DE 2002 SENADO, 277 DE 2003 CÁMARApor la cual se modifica el literal c) del artículo 5° de la Ley 278 de 1996.

Honorables Representantes:

Por designación de la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes, me ha correspondido rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 59 de 2002 Senado y 277 de 2003 Cámara, por la cual se modifica el literal c) del artículo 5° de la Ley 278 de 1996,iniciativa de origen parlamentario, presentada a consideración del Congreso de la República por la honorable Senadora, Leonor González de Camargo.

La presente iniciativa consta de dos artículos, refiriéndose el primero de ellos a la modificación del literal c) del artículo 5° de la Ley 278 de 1996, \"por la cual se reglamenta la composición y el funcionamiento de la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales\", en el sentido de incluir la participación, en dicha comisión de un representante de los desempleados elegido democráticamente por las asociaciones o ligas que existan en el país el cual se rotaría cada cuatro años, y el segundo artículo hace referencia a la vigencia de la ley.

Marco constitucional y legal del proyecto de ley

El Preámbulo de la Constitución Nacional expresa:

\"¿dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo¿\", (subrayas fuera de texto).

El artículo 1º agrega:

\"Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entes territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad....\", (subrayas fuera de texto).

El artículo 2º expresa:

\"Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación...\", (subrayas fuera de texto).

El artículo 25 dispuso:

\"El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas\".

El artículo 55 consagró:

\"¿Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de conflictos colectivos de trabajo\".

Por último él artículo 56 dispuso:

\"... Una comisión permanente integrada por el Gobierno, un representante de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales. La ley reglamentará su composición y funcionamiento\".

Según las anteriores disposiciones la carta constitucional de 1991 definió el Estado colombiano como democrático y participativo, estableció como uno de sus fines esenciales facilitar la participación de...

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