Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 226 de 2005 cámara - 24 de Noviembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451316306

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 226 de 2005 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 226 DE 2005 CÁMARA. TEXTO POR CONSIDERAR, por medio de la cual se autoriza a la Asamblea Departamental del Vaupés para emitir la estampilla Pro-Salud Vaupés.

Bogotá, D. C., 30 de octubre de 2006.

Doctor

BERNARDO MIGUEL ELIAS VIDAL

Presidente de la Comisión Tercera

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad.

Respetado doctor:

De la manera más atenta nos permitimos presentar ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 226 de 2005 Cámara, por medio de la cual se autoriza a la Asamblea Departamental del Vaupés para emitir la estampilla Pro-Salud Vaupés.

Lo anterior para fines pertinentes de su discusión y aprobación.

Oscar Leonidas Wilchez Carreño, Coordinador Ponente, Julián Silva Meche, René Rodrigo Garzón, Ponentes.

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 226 DE 2005 CAMARA

por medio de la cual se autoriza a la Asamblea Departamental del Vaupés para emitir la estampilla Pro-Salud Vaupés.

Introducción

El Proyecto de ley número 226 de 2005 Cámara, por medio de la cual se autoriza a la Asamblea Departamental del Vaupés para emitir la estampilla Pro-Salud Vaupés,aprobado en primer debate en la Comisión Tercera de la Cámara en junio del presente año, tuvo su iniciativa en el honorable Representante Fabio Arango Torres. Tal propuesta está fundamentada en el artículo 49 de la Constitución Política, concerniente en nuestro ordenamiento superior, a las normas relativas, a los derechos económicos, sociales y culturales.

El mencionado artículo establece que ¿la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud¿.

Igualmente determina que ¿los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad¿.

Como es bien sabido, conforme a la Ley 715 de 2001, corresponde a los departamentos del país, según las voces del artículo 43: ¿43.2.2 Financiar con los recursos propios, si lo considera pertinente, con los recursos asignados por concepto de participaciones y demás recursos cedidos, la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y los servicios de salud mental¿. Igualmente:

¿43.2.4 Organizar, dirigir, coordinar y administrar la red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas en el departamento. (Y¿).

43.2.5 Concurrir en la financiación de las inversiones necesarias para la organización funcional y administrativa de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud a su cargo¿.

Es de subrayar, que estas competencias departamentales tienen la naturaleza de normas especiales, pues la ley que las contiene, reguló las disposiciones orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política. Por lo cual es de subrayar, que los departamentos tienen radicada como competencia coadyuvar al adecuado funcionamiento de la red pública hospitalaria que les corresponde administrar.

En tal sentido, examinando lo afirmado en la exposición de motivos del proyecto, se hace un balance de las condiciones del Hospital San Antonio del Sistema de Salud del Vaupés, subrayando que su naturaleza jurídica es la de una Empresa Social del Estado (según Ordenanza N° 037 de diciembre 3 de 1998, al que se le otorgó autonomía administrativa y financiera a partir del 1° de mayo de 2004) figura esta que corresponde a una entidad pública del orden departamental, desarrollada en aplicación de lo previsto en el artículo 365 de la Constitución Política y lo dispuesto en la Ley 100 de 1993.

En el balance acerca de la situación de esta Empresa, se subrayan varias características, que se pueden resumir, como sigue:

¿ Se denota una fuerte crisis financiera de la institución, que se evidencia en el atraso de sueldos a funcionarios, la carencia de medicamentos, falta de recursos para suministros, reparaciones y reposición de equipos, entre otros.

¿ El hospital cubre la salud de los habitantes del Vaupés, que en un 90% son indígenas dispersos en más de 55.000 km2 de selva, con necesidades básicas insatisfechas del 100%, una esperanza de vida de 61 años, muy por debajo del nivel nacional, y una presencia en la región de enfermedades como paludismo, tuberculosis, fiebre amarilla y otras enfermedades tropicales.

¿ Cuando nació como Empresa Social del Estado arrojaba unos índices económicos desfavorables que no le permiten ser viable hasta tanto no se saneen sus finanzas.

¿ La institución es el único hospital existente en el departamento del Vaupés responsable del cubrimiento en salud de esta sección del País; situación que afecta a todas las unidades básicas de atención que hay en los centros urbanos y comunidades rurales del Vaupés.

¿ El hospital es el eje concurrente de la red por ser el único centro asistencial del departamento a donde llegan los pacientes remitidos de los puestos de salud de Carurú, Taraira y demás comunidades.

¿ Sus deudas generales son elevadas, según se observa en el siguiente cuadro:

SITUACION

VALOR

Deuda laboral al 1º de mayo de 2004

$1.700.000.000

Deuda a proveedores

$670.000.000

Déficit presupuestal

$3.039.000.052

Deuda total a 31 de diciembre de 2004

$7.300.000.000

Funcionarios no necesarios (reestructuración)

249

En tal sentido observa el autor de la iniciativa, que la crisis financiera que vive la red hospitalaria del Vaupés en cabeza del Hospital San Antonio de Mitú ha traído como consecuencia la deficiencia en la prestación del servicio, por la falta de medios monetarios para la compra y reposición de equipos, adquisición de medicamentos y otros elementos necesarios en la prestación del servicio.

Informa igualmente, que para sortear la crisis se está trabajando en la dirección de conseguir recursos con el apoyo del Gobierno Nacional, para hacer una reingeniería institucional, que permita aliviar sus costos de funcionamiento en materia de personal, pues podría haber un personal excedente ¿no necesario¿ cercano a los 429 funcionarios. Esta sería una de las alternativas que contribuiría a sortear su crisis.

En el entorno antes descrito propone como alternativa complementaria, que mediante una ley, se ¿autorice a la Asamblea Departamental del Vaupés, para que en cumplimiento del artículo 300 numeral 4 de la Constitución Nacional, decrete mediante ordenanza la emisión de la estampilla Pro-Salud Vaupés con el fin de captar la suma de $5.000.000.000 destinados a la compra de elementos y actividades, permitiendo que el Centro Asistencial y su red de salud entren en concordancia con los avances tecnológicos en la adquisición y actualización de equipos y otros componentes propios de la prestación del servicio¿.

Teniendo en mente los elementos de juicio antes señalados, se procede en esta ponencia a examinar los fundamentos jurisprudenciales...

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