Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 099 de 2006 cámara - 7 de Diciembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451318798

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 099 de 2006 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 099 DE 2006 CÁMARA. PLIEGO DE MODIFICACIONES - TEXTO PROPUESTO PARA SEGUNDO DEBATE - TEXTO APROBADO EN COMISION, por la cual se dictan normas que fijan el procedimiento para suplir las faltas absolutas y temporales de Gobernadores y Alcaldes Municipales y Distritales y se dictan otras disposiciones.

Bogotá D.C., 4 de noviembre de 2006

Doctor

ALFREDO APE CUELLO BAUTE

Presidente

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Cordial Saludo:

Atendiendo la honrosa designación que nos ha hecho como ponentes para segundo debate del Proyecto de ley número 099 de 2006 Cámara,por la cual se dictan normas que fijan el procedimiento para suplir las faltas absolutas y temporales de Gobernadores y Alcaldes Municipales y Distritales y se dictan otras disposiciones, nos permitimos presentar ponencia para segundo debate que se expone a continuación.

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 099 DE 2006 CAMARA

Sometido a nuestra consideración el Proyecto de ley número 099 de 2006 Cámara,por la cual se dictan normas que fijan el procedimiento para suplir las faltas absolutas y temporales de Gobernadores y Alcaldes Municipales y Distritales y se dictan otras disposiciones, bajo la autoría de los honorables Representantes Jorge Homero Giraldo, Carlos Arturo Piedrahíta y Dixon Ferney Tapasco Triviño, a continuación rendimos el correspondiente informe de ponencia detallado y nuestra solicitud para que se le dé iniciativa favorable a segundo debate.

1. El Proyecto

El proyecto de ley en mención plantea en síntesis, crear un marco jurídico procesal para suplir las faltas absolutas y temporales de los Gobernadores y Alcaldes Municipales y Distritales, ya que sobre esta materia nuestro país posee un vacío legal de gran magnitud.

En la defensa de la democracia, de la importancia que representan los partidos y movimientos políticos, y para tratar de fortalecer la autonomía de las administraciones departamentales y locales, los nueve artículos que dispone este proyecto de ley crean los fundamentos jurídicos e institucionales que permiten definir los procedimientos a seguir para asegurar la continuidad en la gestión departamental y municipal, de acuerdo con la voluntad popular, expresada en las urnas, en el caso de presentarse vacancias temporales o absolutas en los cargos de Gobernadores y Alcaldes.

2. Importancia del Proyecto

Este proyecto de ley resulta de la mayor trascendencia para el funcionamiento eficaz de las administraciones departamentales y municipales, en los casos en que se presenten vacancias temporales o absolutas. Recientes hechos en Córdoba, Casanare y Caquetá han demostrado que es urgente llenar este vacío normativo para impedir que las administraciones regionales y locales queden a la deriva o en una interinidad indeterminada, que poco bien le hace a la gobernabilidad.

Acorde con lo dicho, el Congreso de la República profirió el Acto Legislativo número 02 de 2002, ¿por el cual se modifica el período de los gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y ediles¿, con lo cual se introducen reformas a algunos artículos de la Constitución Política que regulan la materia.

Queda sin embargo, un vacío en cuanto a los mecanismos para llenar las faltas absolutas y temporales, situación que pretende ser subsanada mediante este proyecto de ley que ahora se deja a consideración del honorable Congreso de la República. Mas, cuando después de la expedición de la Constitución en 1991, ha sido imposible que se dicte un régimen departamental acorde con nuestra Carta Magna y la legislación en esta materia es precaria, por no decir que inexistente, de suyo ya se han presentado dificultades en la interpretación de normas aisladas, en algunos casos que se pretende subsanar con el proyecto de ley puesto a la consideración del honorable Congreso de la República.

Lo anterior conlleva a que en el presente proyecto se diseñen los procedimientos para suplir las faltas absolutas y temporales de gobernadores y alcaldes, de conformidad con los perfiles trazados por el Congreso en el mencionado acto legislativo.

Adicionalmente, debe...

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