Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 151 de 2009 cámara - 6 de Mayo de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451379258

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 151 de 2009 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 151 DE 2009 CÁMARA. por la cual se reforma la integración de la Comisión Nacional de Televisión

Bogotá, D. C., marzo 6 de 2010

Doctor

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Presidente

Comisión Sexta

Cámara de Representantes

Bogotá, D. C.

Referencia: Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de ley número 151 de 2009 Cámara, por la cual se reforma la integración de la Comisión Nacional de Televisión.

Honorables Representantes a la Cámara:

En cumplimiento de la designación de la Presidencia de la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y siguientes de la Ley 5ª de 1992, someto a consideración de los honorables representantes el Informe de Ponencia para Segundo Debate, al Proyecto de ley 151 de 2009 Cámara, por la cual se reforma la integración de la Comisión Nacional de Televisión.

1. Antecedentes del Proyecto

El proyecto de leyque nos ocupa corresponde a una iniciativa presentada por el honorable Representante a la Cámara Alberto Gordon May, la cual fue radicada en la Secretaría General de la Cámara de Representantes.

En la exposición de Motivos, nos resume la conveniencia de la reforma y nos transcribe el texto, la explicación y fundamentación de los cambios que se realizan dentro de la Ley 182 de 1995.

2. Contenido del Proyecto

El proyecto en estudio se encuentra compuesto por cinco (5) artículos los cuales reforman temas de vital importancia en el régimen actual como son:

Primero, se amplía el período de los comisionados, de dos a tres años. Con la posibilidad de reelección, ellos podrían permanecer hasta tres años en el cargo. El período es inferior al presidencial, de manera que todo gobierno podrá poner sus representantes en la CNTV. Como aquí se va a elevar el perfil del comisionado, esta extensión del período va a premiar a funcionarios del mayor nivel y capacidades posibles.

Segundo, se exige cinco años de antigüedad a las asociaciones y gremios del sector, para evitar ONG de papel que se constituyen la víspera de las elecciones.

Tercero, del sector de la televisión se restringe la postulación a los actores, directores y productores; se excluyen libretistas, técnicos, periodistas y críticos de televisión, lo que constituye la garantía de que este miembro de junta representa la esencia del sector.

Cuarto, del sector de la sociedad civil también se restringe la postulación a padres de familia y facultades de comunicación social. Se excluyen las asociaciones de televidentes y las facultades de educación. Como en el caso anterior, lo que parece una restricción de la participación, en realidad es una defensa de los sectores sociales verdadera y directamente relacionados con la defensa de los televidentes o de la calidad de la televisión.

Quinto, para ser miembro de la junta directiva de la CNTV se exigen estudios de tercer ciclo, o sea que no basta con ser profesional, además el requisito de la experiencia en el sector de la televisión o de la educación no es alternativo al anterior sino simultáneo. Este es un cambio fundamental de este proyecto, que va a sacar de competencia a grises candidatos de bajo perfil.

Sexto, las dos inhabilidades adicionales buscan combatir precisamente prácticas corruptas o poco éticas, de manera que los aspirantes a comisionados compitan en igualdad de condiciones.

Séptimo, se promueve el fomento de la etnoeducación en todos los canales regionales, como función nueva de la CNTV.

Y octavo, se promueve igualmente el bilingüismo a través de Teleislas, o sea a través del canal que opera en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

3. Justificación

La Comisión Nacional de Televisión (CNTV) es un organismo de derecho público con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio, para desarrollar y ejecutar los planes y programas del Estado en el servicio público de televisión, así como también dirigir la política que en materia de televisión determine la ley, sin...

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