Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 94 de 2000 senado - 19 de Abril de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451423214

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 94 de 2000 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 94 DE 2000 SENADO. por medio de la cual se modifica el artículo 234 de la Ley 5ª de 1992.

Bogotá, D. C., abril 17 de 2001

Doctor

MARIO URIBE ESCOBAR

Presidente

Honorable Senado de la República

La Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 94 de 2000, por medio de la cual se modifica el artículo 234 de la Ley 5ª de 1992.

Honorable Senador:

En atención al mandato recibido por la Presidencia, tengo el agrado de rendir ponencia para segundo debate al proyecto de la referencia.

OBJETIVO DEL PROYECTO

Lograr que los funcionarios citados al congreso y sus cámaras tengan la obligación legal de dar respuesta dentro de los cinco días siguientes al recibo de la citación, para lo cual se debe reformar el artículo 234 de la Ley 5ª de 1992...

Por lo tanto se agregó en el numeral 4 del artículo 234 de la Ley 5ª, la frase: y se advertirá la necesidad de darle respuesta escrita dentro de los cinco (5) días calendario siguiente.

Lo anterior con el fin de permitir que el Congresista o Congresistas citantes e interesados puedan ¿conocer debidamente los diversos aspectos sobre la materia de citación, y para así lograr mayor ilustración sobre el tema generando un debate serio, sin improvisaciones y puedan estos servir para conocer la verdadera situación que se está presentando en las diferentes entidades según el tema a tratar, haciendo de esta forma más productivos y enriquecedores los mismos¿.

También se agrega un inciso nuevo, con el cual se establece clara y taxativamente la obligación de determinados funcionarios de dar respuesta dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la citación, los funcionarios en mención son: Los Directores de Departamento Administrativos, el Gerente del Banco de la República, los Presidentes, Directores o Gerentes de las Entidades descentralizadas del orden Nacional y la de otros Funcionarios de la Rama Ejecutiva del Poder Público deberán radicar en la Secretaría General respectiva la respuesta al cuestionario, dentro del quinto (5) día calendario siguiente al recibo de la citación, a efectos de permitir al Congresista o Congresistas interesados en conocer debidamente los diversos aspectos sobre la materia de citación y lograr sobre ella la mayor ilustración.

JUSTIFICACION DEL...

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