Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 99 de 2000 senado - 24 de Agosto de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451423838

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 99 de 2000 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 99 DE 2000 SENADO. por medio de la cual se honra la hazaña de una deportista, se crean incentivos para deportistas que compiten en Juegos Olímpicos y campeonatos mundiales.

Honorables Senadores:

Por designación que me ha hecho la Mesa Directiva de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República, cumplo con el deber de rendir ponencia para segundo debate del proyecto de ley antes citado.

Antecedentes de esta iniciativa:

La iniciativa es de la honorable ex Senadora Ingrid Betancourt Pulecio.

El Proyecto había sido radicado con el siguiente título:

Proyecto de ley número 99 de 2000 Senado, por medio de la cual se honra la hazaña de una deportista, se crean incentivos para deportistas que compiten en Juegos Olímpicos, y se crea la Escuela de Atletismo y Levantamiento de Pesas María Isabel Urrutia Ocoró.

La iniciativa tenía como propósito lo siguiente:

¿ Otorgar una pensión vitalicia igual a la que recibe un congresista asumida por el Fondo de Previsión Social del Congreso a María Isabel Urrutia Ocoró como un premio al haber obtenido la primera medalla de oro en nombre de Colombia en los Juegos Olímpicos.

¿ Otorgar esta misma pensión a los deportistas que hayan obtenido la medalla de oro en el certamen de los Juegos Olímpicos de manera individual o por equipos.

¿ Crear la Escuela Femenina de Atletismo y Levantamiento de Pesas María Isabel Urrutia Ocoró.

¿ Motivó a la honorable Senadora Ingrid Betancur Pulecio la presentación de esta iniciativa, honrar a una mujer que puso en alto el nombre de Colombia en momentos difíciles; en los cuales los colombianos parecíamos perder la fe y la esperanza por la crisis política, económica y social del país.

Pero además de lo anterior, la motivó también la condición de María Isabel: una mujer negra y humilde nacida en el municipio de Candelaria en el Valle del Cauca, quien desde muy niña se destacó y salió adelante por sus propios esfuerzos, logrando éxitos para Colombia desde el año 1988.

¿ Con fecha noviembre 22 de 2000, radiqué ponencia favorable ante la Comisión Séptima del Senado de la República, sin presentar ninguna modificación al texto presentado por la autora.

¿ En la sesión del día miércoles 29 de noviembre del año 2000, fue puesto a consideración de los miembros de esta Comisión este proyecto, y después de un análisis detallado de la iniciativa, se solicitó no seguir su trámite hasta tanto no se enviara al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en consulta para su viabilidad presupuestal, propuesta que fue aceptada por todos los miembros, teniendo en cuenta que la iniciativa ordena la creación de la Escuela Femenina de Atletismo y Levantamiento de Pesas María Isabel Urrutia Ocoró.

¿ En abril 18 del 2001 se pronunció el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, en comunicación 000 198, en la cual considera que esta iniciativa no es viable ni jurídica ni financieramente, por considerar:

1 . Que ya el legislador se encargó de regular este aspecto en el artículo 45 de la Ley 181 de 1995.

  1. Que desde el punto de vista financiero en la pensión otorgada a María Isabel Urrutia existe una gran diferencia a la establecida en la Ley 181 de 1995, lo cual crearía obligaciones adicionales con cargo a la Nación que según el Ministro de Hacienda y Crédito Público no están en condiciones de asumir debido a la difícil situación fiscal por la que atraviesa el país.

  2. Considera además el señor Ministro que existe una imprecisión en el proyecto de ley cuando se habla del Fondo de Pensiones del Congreso de la República, puesto que lo que existe...

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