Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 06 de 2005 senado - 17 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451449738

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 06 de 2005 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 06 DE 2005 SENADO. por la cual se adiciona el artículo 61 de la Ley 336 de 1996 y el Decreto 171 de 2001 en materia de transporte público terrestre automotor de pasajeros por carretera y se dictan otras disposiciones.

Honorables Senadores:

Me permito rendir la ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 06 de 2005 Senado, por la cual se adiciona el artículo 61 de la Ley 336 de 1996 y el Decreto 171 de 2001 en materia de transporte público terrestre automotor de pasajeros y se dictan otras disposiciones.

Diagnóstico

El transporte terrestre de pasajeros no ha tenido en Colombia un desarrollo pleno porque quienes manejan el sector lo hacen con el criterio eminentemente comercial monopolístico y no como un servicio público.

Es necesario distinguir dos aspectos en la actividad transpor-tadora.

En primer lugar se trata de una industria regulada por el Gobierno Nacional a través del ministerio del ramo, cuyo servicio se presta a través de empresas particulares o asociaciones de pequeños transportadores alrededor de cooperativas o empresas de manejo comunitario.

En segundo término, el legislativo desde hace más de 30 años, viene buscando la equidad en el manejo de la industria como servicio público, sin menoscabo de los intereses de los empresarios que bueno es reconocerlo, invierten millonarias sumas para el mejoramiento del sector.

Ese esfuerzo de los transportadores debe ser protegido por el Estado a través de una dinámica reglamentación que garantice la igualdad de beneficios y no se generen monopolios en detrimento de los pequeños inversionistas.

El principio fundamental del servicio público debe prevalecer frente a cualquier otra consideración dentro del desarrollo normal de la actividad que crece en la medida en que crece la cadena productiva.

El Estado a través del Ministerio de Transporte debe ampliar su capacidad de vigilancia para que el transporte tanto de carga como de pasajeros fluya normalmente por la geografía colombiana, en un ambiente de seguridad, mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades y el desarrollo económico y empresarial.

Consideraciones generales

La autora del proyecto, la Senadora Claudia Janneth Wilches Sarmiento, justifica el proyecto de ley sobre la base de que algunas entidades están incumpliendo los convenios de colaboración empresarial y le birlan a los afiliados y pequeños transportadores, los dineros que depositan en los fondos especiales y que ellas manejan a su antojo haciendo caso omiso a las disposiciones sobre la materia.

Asimismo, dice la autora de la iniciativa, el Ministerio de Transporte estableció la libertad de horarios para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros, pero autorizó modificaciones e incrementos en las rutas a las empresas transportadoras habilitadas.

En su...

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