Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 153 de 2008 senado - 6 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451466514

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 153 de 2008 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 153 DE 2008 SENADO. por medio de la cual se institucionaliza el día 25 de enero de cada año como el Día Nacional de la Prevención y Reducción del Riesgo en Desastres Naturales, Antropogénicos y Tecnológicos

Bogotá, D. C.,

Honorable Senador

HERNAN ANDRADE SERRANO

Presidente

Honorable Senado de la República de Colombia

Ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 153 de 2008, por medio de la cual se institucionaliza el día 25 de enero de cada año como el Día Nacional de la Prevención y Reducción del Riesgo en Desastres Naturales, Antropogénicos y Tecnológicos.

Señor Presidente:

En cumplimiento de la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Segunda, teniendo en cuenta el artículo 150 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 153 de 2008, por medio de la cual se institucionaliza el día 25 de enero de cada año como el Día Nacional de la Prevención y Reducción del Riesgo en Desastres Naturales, Antropogénicos y Tecnológicos, en los siguientes términos:

  1. Contenido del proyecto

    Así como lo presenté en el primer debate el proyecto modificado consta de 5 artículos y, según expone el autor, la finalidad del proyecto es de institucionalizar el día nacional de la prevención y reducción del riesgo en desastres naturales, antropogénicos y tecnológicos.

    El planteamiento se fundamenten la conmemoración de los diez años del terremoto del Eje Cafetero, dado el efecto y el impacto que dicho evento, para lo cual se ha propuesto asignar como fecha inicial el día veinticinco (25) de enero de cada año.

    En su artículo 1º la iniciativa legislativa busca institucionalizar el Día Nacional de la Prevención y Reducción del Riesgo en Desastres Naturales, Antropogénicos y Tecnológicos para lo cual el Gobierno Nacional promocionará, divulgará e instalará a las entidades públicas y privadas y a la ciudadanía en general mediante actos conmemorativos en las diferentes regiones del país que se afectaron por algún tipo de desastre.

    Por su parte el artículo 2º establece la necesidad de crear las cátedras periódicas en instituciones educativas, entidades y demás centros de afluencia de ciudadanos con el fin de socializar las medidas necesarias que debemos adoptar para minimizar los riesgos en caso de eventualidades que puedan afectar la vida, para cuyo efecto el Ministerio de Educación Nacional y la Oficina de Atención y Prevención de Desastres coordinarán las acciones que se requieran, se requerirá la edición de una cartilla única que permita ilustrar sobre las Normas de Prevención para...

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