Ponencia para segundo debate del proyecto de ley número 380 de 2022 Senado, por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones - 17 de Junio de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 906566690

Ponencia para segundo debate del proyecto de ley número 380 de 2022 Senado, por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación17 Junio 2022
Número de Gaceta756
Página 16 Viernes, 17 de junio de 2022 G 756
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Bogotá D.C., junio 16 de 2022
Honorable Senador
JUAN DIEGO GOMEZ JIMENEZ
Presidente
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
Ciudad
Asunto: Ponencia para segundo debate del Proyecto de Ley 380 de 2022
Senado “Por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa
e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones”.
Respetado Presidente:
Procedo a rendir informe de informe de ponencia para segundo debate del proyecto
de ley del asunto, atendiendo la designación efectuada por la Mesa Directiva de la
Comisión Segunda Constitucional Permanente, en los siguientes términos:
I. TRÁMITE DEL PROYECTO
El proyecto, de iniciativa congresional, fue radicado ante la Secretaría General del
Honorable Senado de la República, con el objetivo de iniciar su trámite legislativo.
La publicación se surtió en la Gaceta del Congreso Nº 651 de 2022 Senado.
El día 7 de junio me fue designada la ponencia por parte de la mesa directiva de la
honorable Comisión Segunda Constitucional Permanente.
El día 14 de junio de 2022 fue aprobado en primer debate en la sesión de Comisión
Segunda Constitucional Permanente. La publicación se hizo en la Gaceta del
Congreso Nº 660 de 2022 Senado
II. OBJETO
La presente iniciativa legislativa tiene como principal objetivo establecer medidas
para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial, en el marco
general para el desarrollo de las actividades espaciales en Colombia, considerando
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el importante papel que el Estado debe tener en este campo para la promoción y
desarrollo del sector espacial en Colombia, así como en la ejecución de actividades
en el espacio exterior, incluido la Luna y otros cuerpos celestes, en concordancia
con la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Colombia en la
materia, procurando que las mismas se desarrollen en condiciones que no
constituyan un riesgo para la seguridad y defensa nacional, la operación aérea y
espacial, y la soberanía nacional”.
III. CONTENIDO
El proyecto originalmente constaba de seis (6) artículos, incluyendo el artículo
correspondiente a su vigencia que abarcan las disposiciones generales en cuanto
a las actividades espaciales en Colombia; el cuidado del medio ambiente espacial
y de los desechos espaciales; el registro de objetos lan
zados al espacio
ultraterrestre; el cambio de denominación de la Fuerza Aérea Colombiana y la
responsabilidad”. En el articulado propuesto se incluye un artículo con el objeto de
la ley.
El presente proyecto de ley contiene entonces una propuesta para regular al interior
del país, las actividades espaciales permitidas, con miras a que las mismas se
desarrollen en el marco de criterios de seguridad y defensa nacional, seguridad
operacional aérea y espacial, así como garantías de integridad territorial.
Dicha regulación responde a la actual necesidad de articular en todos sus aspectos
los desafíos que actualmente afronta el Sector Defensa en el escenario local,
regional y global, de cara a sus responsabilidades en escenarios poco explorados,
para lo cual se proponen además de la regulación expuesta, ajustes institucionales
necesarios para proyectar así, las Fuerzas Militares Fuerza Aérea Colombiana,
como catalizador de la capacidad espacial en pro del desarrollo de la Nación y la
coadyuvancia al cumplimiento de los fines del Estado consagrados en el artículo 2
Constitucional.
El Proyecto de Ley se desarrolla en los siguientes aspectos puntuales, los cuales
resultan beneficiosos para el país así:
1. Teniendo en cuenta el camino recorrido por otras naciones líderes en el
ámbito espacial, quienes aprovechan los beneficios que conllevan el
desarrollo de ciencia, tecnologías y aplicaciones derivadas del uso del
espacio ultraterrestre, las cuales se fomentan a través de políticas y
estrategias nacionales y reg
ionales; se hace necesario que Colombia
implemente medidas para incentivar el desarrollo de capacidades espaciales
de la Nación, que permitan promover el desarrollo de la Nación hacia el
espacio ultraterrestre, la conformación de infraestructura para el
aprovechamiento de sus beneficios y aumento del conocimiento de población
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sobre esta temática; impulsando también la cooperación público-privada para
alcanzar las ventajas que ofrecen el uso de las tecnologías espaciales.
2. Así mismo, se hace necesario que las actividades relacionadas con el
desarrollo de tecnologías espaciales en áreas como la ciencia, la
investigación e innovación, se desarrollen bajo condiciones que no afecten la
seguridad y defensa de la Nación y de la comunidad, propendiendo por el
desarrollo de las operaciones espaciales que no se constituyen en un riesgo
para el país o su conglomerado social.
3. De igual manera es evidente que el Ministerio de Defensa Nacional Fuerza
aérea Colombiana, como entidad del Estado, ha sido pionera y líder del país
en el desarrollo de capacidades, conocimiento y experticia en el ámbito
espacial, articulando no solo su misión y visión, sino también su doctrina,
organización, material y equipo, personal, infraestructura y presupuesto; para
ejercer el dominio en el espacio, desde la perspectiva de la seguridad y
defensa nacional y la integridad territorial, por lo que resulta no solo viable,
si no conveniente, migrar a la denominación de esta Fuerza como Fuerza
Aeroespacial Colombiana.
IV. JUSTIFICACIÓN
Para la Fuerza Aérea Colombiana, el ascender para alcanzar el espacio
ultraterrestre, es un privilegio que se inspira en el amor por la patria y en la pasión
para servir a todo un país, en tal sentido la institución incorporó el dominio del
espacio en el año 2019 en su misión y visión, así:
“Misión: Volar, entrenar y combatir para vencer y dominar en el aire, el espacio y el ciberespacio,
en defensa de la soberanía, la independencia, la integridad territorial, el orden constitucional y
contribuir a los fines del Estado.
Visión: Para ejercer el dominio en el aire, el espacio y el ciberespacio, la Fuerza Aérea será
innovadora, polivalente, interoperable, líder y preferente regional, con alcance global y con
capacidades disuasivas reales, permanentes y sostenibles.”
Se considera que el espacio exterior comienza a unas 62 millas (100 kilómetros)
sobre el nivel del mar en lo que se conoce como la línea de Kármán. Se trata de un
límite imaginario a una altitud en la que no hay aire apreciable para respirar o
dispersar la luz. Al pasar esta altitud, el azul empieza a dar paso al negro porque
las moléculas de oxígeno no son lo suficientemente abundantes como para que el
cielo sea azul.
El poder acercarse al espacio ultraterrestre y explorarlo, ha sido desde tiempos
inmemorables un deseo de la humanidad, del cual nuestro país no es ajeno.
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Incansable en su búsqueda para tal fin, hoy la Fuerza Aérea Colombiana cuenta
con un activo en el espacio, hito relevante para el país, pues permitió a Colombia
materializar lo que parecía imposible, alcanzar el horizonte más allá de la atmósfera
Con la “Declaración sobre la cooperación internacional en la exploración y utilización
del espacio ultraterrestre en beneficio e interés de todos los Estados”, se abrió una
importante puerta para que Colombia sentara bases sólidas en procura de
consolidar este objetivo. Hoy, con los primeros pasos en una larga carrera espacial
por delante, la Fuerza Aérea Colombiana busca articular todo su andamiaje hacia
una fructífera exploración y utilización del espacio ultraterrestre. Parte de ello,
consiste precisamente en armonizar el nombre de nuestra Fuerza Aérea
Colombiana por Fuerza Aeroespacial Colombiana, alineando así su denominación
hacia una meta a la cual se dirigen esfuerzos constantemente.
Es importante señalar que el acceso al espacio trae consigo una gran connotación
social, económica y política para nuestro país, pues crea un nuevo horizonte hasta
ahora casi inexplorado por las instituciones del Estado a través de sus propias
capacidades. Es darle a la Nación la oportunidad de mirar al futuro desde otra
perspectiva lo cual redunda en mejores posibilidades para la educación, la
investigación y el desarrollo económico.
Es importante enmarcar el contexto constitucional que gira en torno a la presente
iniciativa legislativa, pues a la luz de la Constitución Política de 1991, cabe resaltar
el origen de la Fuerza Aérea Colombiana para lo cual es pertinente mencionar los
siguientes artículos:
“Artículo 101. (…) También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona
contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el
segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde
actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de
normas internacionales.”
Artículo 217. “La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes
constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la
independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. (…)”,
La Ley determinará el sistema de reemplazos en las Fuerzas Militares, así como los
ascensos, derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera,
prestacional y disciplinario, que les es propio.”
Desde el punto de vista de las entidades del Estado, la Fuerza Aérea Colombiana,
conforme lo señala la Resolución Ministerial N° 0192 de 2021, tiene como su misión
el dominar entre otros, el ambiente espacial; mediante el desarrollo de operaciones
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 380 DE 2022
SENADO
por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito
espacial y se dictan otras disposiciones.

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