Ponencia para segundo debate 074 de 2000 senado 01 de 2001 cámara - 18 de Octubre de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451251446

Ponencia para segundo debate 074 de 2000 senado 01 de 2001 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE 074 DE 2000 SENADO, 01 DE 2001 CÁMARApor medio de la cual se modifica la denominación de la moneda legal colombiana, en desarrollo del numeral 13 del artículo 150 de la Constitución Política.

CAMARA DE REPRESENTANTES,

COMISION TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE

Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2001. En la fecha se recibió en esta secretaría en quince (15) folios útiles, la ponencia para segundo debate del Proyecto de ley numero 074 de 2000 Senado, 01 de 2001 Cámara, por medio de la cual se modifica la denominación de la moneda legal colombiana, en desarrollo del numeral 13 del artículo 150 de la Constitución Política, y se envió a Secretaría General para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso.

El Secretario General,

José Ruperto Ríos Viasus.

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 074 DE 2000 SENADO, 01 DE 2001 CAMARA

por medio de la cual se modifica la denominación de la moneda legal colombiana, en desarrollo del numeral 13 del artículo 150 de la Cons- titución Política.

INTRODUCCION

Ponemos a consideración de la Plenaria de la Cámara de Representantes el informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 074 de 2000 Senado y 01 de 2001 Cámara, donde se crea, una nueva unidad del sistema monetario de Colombia equivalente a mil pesos actuales ($1.000), denominándose nuevo peso; cuyo objetivo principal es simplificar el manejo de las cantidades en la moneda nacional.

Esta iniciativa presentada por el Senador José Jaime Nicholls SC., fue aprobada por unanimidad tanto en la Comisión Tercera, como en Plenaria del Senado de la República y cumplió con su debate correspondiente en el seno de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes; dentro de las modificaciones más importantes tenemos:

Parágrafo. Al expresar los valores como máximo con dos cifras decimales, se tendrá en cuenta el procedimiento de aproximaciones de la siguiente forma: primero, si el tercer decimal del valor considerado es mayor o igual a cinco (5), el segundo decimal de la cifra se incrementará en uno (1); y si el tercer decimal del valor considerado es menor a cinco (5), el segundo decimal del valor quedará igual.

Artículo 11. La superintendencia de Industria y Comercio, en coordinación con la autoridad de vigilancia y control competente para cada sector en particular, cuando ello sea procedente, velará porque la indicación pública de precios en los bienes y servicios ofrecidos al público en general, sea realizada, en pesos actuales y nuevos pesos.

La Superintendencia de Industria y Comercio tomará las medidas necesarias en ejercicio de todas las facultades previstas en las normas vigentes en materia de promoción de la competencia y protección del consumidor, para impedir y reprimir la especulación y alzas de precios con motivo del cambio de denominación de la moneda.

En relación con el artículo 13 durante la discusión en la Comisión, se consideró conveniente ampliar el plazo dado al Banco de la República para iniciar la puesta en circulación de los ¿nuevos pesos¿, ya que a juicio de los legisladores y basados en los estudios técnicos realizados de la vida útil de los billetes, es pertinente que el término sea ampliado en doce (12) meses, facilitando de esta forma la labor del Banco de la República.

Es importante resaltar que esta iniciativa de origen parlamentaria, fue avalada por el Gobierno Nacional y por la Junta Directiva del Banco de la República.

FUNCIONES DE LA MONEDA

Es relevante en el proceso de sustitución de una moneda conocer previamente cuál es la función y el objeto social que cumple; como medio para el proceso de transacciones de una sociedad.

La moneda tiene como funciones esenciales actuar como un medio general de cambio o de transacción, una reserva de valor y una medida de valor. Como medio de transacción la moneda sirve para negociar con otras personas; podemos vender lo que producimos a cambio de dinero y, a su vez, con éste podemos obtener bienes de consumo.

La moneda tiene la característica de permitirle a las personas almacenar capacidad de compra; en otras palabras es una forma de ahorro que admite regular las diferencias temporales entre el momento en que se reciben los ingresos y en el que se hacen las compras, y como unidad de cuenta o medida de valor, la moneda es el numerario con referencia al cual todos los valores o precios en la economía son establecidos.

ESTABILIDAD DE LA MONEDA

Para el cumplimiento de las funciones mencionadas, una de las condiciones esenciales que debe tener la moneda es su estabilidad; lo que se puede apreciar del pasado reciente de la economía colombiana es que sufrió una aguda inflación, haciendo que no funcione adecuadamente como medida de valor. Esto se manifiesta en el elevado valor nominal que han alcanzado algunas denominaciones y que lleva a hablar de cifras gigantescas de miles de millones y billones de pesos.

FORMALIZAR UNA COSTUMBRE

Por todo lo anterior, resulta de suma relevancia el ¿nuevo peso¿ como nueva unidad del sistema monetario colombiano, ya que al equipararlo a un múltiplo de la unidad actual, permite reducir el monto nominal de las sumas correspondientes a moneda nacional, es decir, un Nuevo Peso es igual a un mil actuales ($1.000). Esto facilita las transacciones en efectivo y hace más eficiente el empleo de los sistemas de cómputo y registro contable; otro efecto importante de la medida es que contribuye a fortalecer el aprecio de los colombianos por nuestra moneda.

De igual forma, se encuentra cómo los colombianos, en parte por la dificultad de manejar grandes cifras, han suprimido, de forma espontánea, los tres ceros cuando se refieren a los precios de los diversos bienes y servicios. Es por tal razón que al implementarse esta medida, se formalizaría una costumbre que se ha venido utilizando en las transacciones comerciales con fines de simplificación.

LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL

La...

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